Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2000 (04/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de junio de 2000

Que, en tal virtud, han resultado elegidos Presidente y Vicepresidentes de la Republica para el periodo 2000 - 2005, los candidatos que integran la formula de la MORDAZA citada alianza, senores MORDAZA Fujimori Fujimori, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tudela Van Breugel-Douglas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones forma parte del Sistema Electoral, cuya finalidad es asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa, segun lo establecido por el Articulo 176º de la Constitucion Politica del Peru; Que, conforme lo dispone el Articulo 181º de la Carta Constitucional, las resoluciones que dicta el MORDAZA Nacional de Elecciones en materia electoral son expedidas en instancia final, definitiva y no son revisables; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 178º inciso 5) de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 5º inciso i) de su Ley Organica Nº 26486 y la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar como resultados del computo de los sufragios de la MORDAZA eleccion presidencial realizada el 28 de MORDAZA de 2000, la siguiente votacion: Votacion Presidencial en MORDAZA Eleccion Organizacion Politica Alianza Electoral Peru 2000 Partido Peru Posible Votos blancos Votos nulos Votos 6 041 774 2 086 208 140 773 3 531 730 % Votos Emitidos 51.20% 17.68% 1.19% 29.93% % Votos Validos 74.33% 25.67%

comision del delito contra la voluntad popular en la modalidad de contra el derecho de sufragio, en agravio del Estado; La solicitud recibida el 23 de MORDAZA del 2000, remitida por MORDAZA MORDAZA Huaranca, MORDAZA del concejo distrital de Curpahuasi, quien solicita se suspenda el procedimiento de solicitud de vacancia de su cargo, por encontrarse rehabilitado; CONSIDERANDO: Que, el concejo distrital de Curpahuasi en sesion extraordinaria de fecha 29 de octubre de 1999, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; cuatro votos a favor, de un total de seis integrantes, declaro en abandono el cargo de MORDAZA correspondiente a MORDAZA MORDAZA Huaranca, por ausencia de la circunscripcion del distrito por mas de 30 dias, tal como aparece a fojas 31; Que, de autos se aprecia que los recurrentes no han aportado prueba idonea que acredite que el MORDAZA en mencion MORDAZA incurrido en la causal de vacancia de ausencia de la circunscripcion por mas de 30 dias consecutivos sin autorizacion del correspondiente concejo municipal, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, ni que los integrantes del concejo hayan seguido el procedimiento senalado en el Articulo 39º de la acotada ley organica; por tanto, el acuerdo de concejo en mencion deviene en nulo; Que, de autos aparece que, el ciudadano que desempena el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Curpahuasi, MORDAZA MORDAZA Huaranca, en fecha 21 de MORDAZA de 1998 fue sentenciado por la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por la comision del delito contra la voluntad popular en la modalidad de contra el derecho de sufragio, en agravio del Estado, a la pena privativa de la MORDAZA de un (1) ano, suspendida por el periodo de prueba del mismo plazo de la pena, tal como consta de las copias certificadas que obran a fojas 48 a 50; la misma fue confirmada por la Sala Penal de la Corte Suprema de la Republica en fecha 4 de MORDAZA de 1999, como se aprecia de la MORDAZA certificada de fojas 52; siendo que, a la fecha de MORDAZA del pedido de vacancia ante este supremo organo electoral, la referida sentencia confirmada se encuentra cumplida, la misma que se tiene como no pronunciada; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 61º del Codigo Penal, toda vez que, no se encuentra acreditado que MORDAZA cometido MORDAZA delito doloso o MORDAZA infringido las reglas de conductas que le fueron impuestas; por tanto, el referido MORDAZA no se encuentra incurso en la causal de vacancia; Que, por otro lado, los recurrentes afirman haber presentado dos (2) solicitudes para la declaratoria de vacancia del MORDAZA del citado concejo en fechas 10 de febrero y 21 de marzo del 2000, sin haber obtenido respuesta a dichos pedidos; siendo necesario establecer los tramites y acuerdos adoptados al respecto, a fin de deslindar las responsabilidades que el caso amerita; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo e insubsistente el acuerdo del concejo distrital de Curpahuasi de sesion extraordinaria de fecha 29 de octubre de 1999, que declara en abandono el cargo de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Huaranca, por no ser conforme a ley. Articulo Segundo.- Declarar infundada la solicitud de MORDAZA Tuero Bedia y otros ciudadanos, para la vacancia del cargo de MORDAZA del concejo distrital de Curpahuasi, provincia de Grau, departamento de MORDAZA, que desempena MORDAZA MORDAZA Huaranca. Articulo Tercero.- Declarar que MORDAZA MORDAZA Huaranca continua desempenando el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Curpahuasi, conforme a ley. Articulo Cuarto.- Requerir al concejo distrital de Curpahuasi para que en el termino de 5 dias de recibida la presente resolucion, a fin que informe documentadamente los motivos por los cuales no se atendieron los pedidos para la declaratoria de vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaranca, presentados por MORDAZA Tuero Bedia. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA del presente expediente al Ministerio Publico para los fines consiguientes, respecto a la conducta de los integrantes del concejo distrital de Curpahuasi al no tomar las acciones correspondientes en relacion a la sentencia condenatoria del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaranca. Articulo Sexto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 6388

Total Votos Nacional: 11 800 485 Articulo Segundo.- Proclamar como formula ganadora del MORDAZA de elecciones presidenciales del pasado 28 de MORDAZA a la alianza electoral Peru 2000. Articulo Tercero.- Proclamar al senor MORDAZA Fujimori Fujimori, Presidente de la Republica y, a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tudela Van Breugel-Douglas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer y MORDAZA Vicepresidentes de la Republica, respectivamente, para el periodo 2000 - 2005. Articulo Cuarto.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion, para los efectos a que se contrae el Articulo 367º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Quinto.- El MORDAZA Nacional de Elecciones otorgara las correspondientes credenciales en sesion publica y solemne, la cual sera convocada en su oportunidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 6387

Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de Curpahuasi continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 865-2000-JNE MORDAZA, 3 de junio de 2000 VISTOS: La solicitud recibida el 5 de MORDAZA del 2000, remitida por MORDAZA Tuero Bedia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del concejo distrital de Curpahuasi, provincia de Grau, departamento de MORDAZA, y otros vecinos del citado distrito, quienes solicitan la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del citado concejo que viene desempenando MORDAZA MORDAZA Huaranca; alegando que el citado MORDAZA ha sido condenado por la comision de delito doloso; El Oficio Nº 234-2000-SSM-CSJAP/PJ, recibido en fecha 23 de MORDAZA del 2000, del presidente de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien remite MORDAZA certificada de la sentencia condenatoria y ejecutoria suprema del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA Huaranca por la

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