Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2000 (14/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 14 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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nas Tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 736 y Zela Nº 741, distrito, provincia y departamento de Tacna; el Informe Legal Nº 186-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 024-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 097-2000-MITINCI/VMT/ DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de febrero del 2000 la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 736 y Zela Nº 741, distrito, provincia y departamento de Tacna; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 002872-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 736 y Zela Nº 741, distrito, provincia y departamento de Tacna, con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Setenticuatro (74) maquinas tragamonedas y Veintinueve (29) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 6692

Vistos, el Expediente Nº 002873-2000-MITINCI, presentado por la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la MORDAZA Mercaderes Nº 206-208, distrito, provincia y departamento de Arequipa; el Informe Legal Nº 185-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 024-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 098-2000-MITINCI/VMT/ DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de febrero del 2000 la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la MORDAZA Mercaderes Nº 206-208, distrito, provincia y departamento de Arequipa; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 002873-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "La Cabana" ubicado en la MORDAZA Mercaderes Nº 206208, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Setentiseis (76) maquinas tragamonedas y Setentidos (72) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 199-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 5 de junio del 2000

MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 6693

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