Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2001 (08/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Resolucion Ministerial Nº 153-2000-PRES; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion y en observancia de lo dispuesto en el Informe Especial Legal Nº 002-2000-CTAR-AYAC-ELBA, (Auditoria Financiera - 1999) al Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Ayacucho. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos del caso al Procurador Publico mencionado, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 21498

trativos del Ministerio de Pesqueria y acredita haber realizado faenas de pesca del recurso anchoveta, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE, sin embargo, no sustenta con la debida documentacion haber realizado faenas de pesca por el periodo de un ano en los recursos sardina, jurel y caballa, por lo que deviene improcedente ese extremo de su solicitud; asi mismo, procede aceptar la renuncia formulada respecto del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 688-97-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920 su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 588-98-PE y 143-2000-PE y demas normas complementarias, el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas a traves del Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en consecuencia dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 688-97-PE y excluir la mencionada Resolucion y la embarcacion pesquera denominada "JABET" con matricula Nº HO-13537-CM, del literal H) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE. Articulo 2º.- Declarar improcedente el extremo de la solicitud de permiso de pesca presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera denominada "JABET" en la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera construida en MORDAZA denominada "JABET" con matricula Nº HO-13537-CM de 50,21 m3 de volumen de bodega y 11,45 de AN, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm.) de longitud minima de abertura de malla para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas y fuera de las cinco (5) millas de la linea de costa. Articulo 4º.- El permiso de pesca otorgado por el Articulo 3º de la presente Resolucion queda sujeto a la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y el ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion cuando la autoridad pesquera lo determine y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido por el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas normas complementarias y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado a traves del Articulo 3º de la presente resolucion en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 102-2001-PE, excluyendo a la embarcacion pesquera "JABET" del literal A) del Anexo II de la citada Resolucion. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21526

PESQUERIA
Otorgan permiso de pesca a persona natural para operar embarcacion de MORDAZA en la extraccion del recurso anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2001 Visto los escritos de registro Nºs. CE-00094003 y 00757002 con escritos de fechas 19 de MORDAZA, 4, 5 y 10 de MORDAZA y 8 de noviembre del 2000, 19 de enero, 8 y 15 de marzo del 2001, respectivamente, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUNGA. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 688-97-PE de fecha 4 de noviembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "JABET" de matricula Nº HO-13537CM, con 50,21 m3 de volumen de bodega, para extraer los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm.) y como sistema de preservacion a bordo MORDAZA con hielo; Que por Ley Nº 26920 se establece un regimen de excepcion para los armadores de embarcaciones pesqueras construidas en MORDAZA con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 que realizan faenas de pesca, el que exceptua de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y los faculta a solicitar directamente el permiso de pesca, estableciendose en su Reglamento y demas normas complementarias los plazos, terminos, condiciones y requisitos para su aplicacion; Que mediante los escritos del visto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de MORDAZA propietario solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "JABET" con matricula Nº HO-13537-CM, de 50,21 m3 de volumen de bodega y 11,45 de AN, con el uso de MORDAZA con hielo como sistema de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para extraer los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; asimismo, alcanza la renuncia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA al permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 688-97-PE, asi como la Resolucion Nº 8 del 22 de MORDAZA del 2000, expedida por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo por la cual se aprueba el desistimiento al MORDAZA contencioso administrativo iniciado contra el Ministerio de Pesqueria con el expediente Nº 654-99, declarandose concluido el mismo; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud y documentos proporcionados por el recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 1, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Adminis-

Modifican numero de matricula de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2001

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