Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2001 (10/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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g.- Cuando obtengan Un par, el que tenga el par de mayor valor y, si coincidiesen, se atendera a la carta de mayor valor de los restantes. h.- Cuando obtengan As y MORDAZA, el que tenga la carta de mayor valor de las restantes. Cuando se comparen dos manos de igual valor conforme a lo dispuesto en el Articulo 4º y en este articulo o que no tengan las combinaciones indicadas en estos articulos, la mano que contenga la carta de mayor valor segun lo dispuesto en el Articulo 3º que no se encuentre en la otra mano, sera considerada la mano de mayor valor. Si las manos son de igual valor despues de aplicar esta regla se considerara que hay empate. Articulo 13º.- Del procedimiento cuando el dealer no tiene juego: Cuando la mano del dealer tiene una combinacion menor a un As ("A") y una "K", el dealer anunciara "No hay mano" y pagara los ante a los jugadores que queden en la partida, en proporcion 1 a 1. Los Bet seran consideradas nulas y el dealer no recogera ni pagara tales apuestas. Articulo 14º.- De las apuestas ganadoras: Si al comparar la mano del dealer con la de un jugador este tiene una combinacion de mayor valor y no ocurre la situacion descrita en el Articulo 13º del presente Reglamento, el jugador habra obtenido una apuesta ganadora de ANTE y BET. El explotador pagara cada apuesta ganadora en el juego de Caribbean Stud Poker, en una proporcion igual a la que se indica a continuacion: I.- ANTE: Independientemente de la combinacion obtenida, el ante ganador tiene un premio de proporcion 1 a 1. II.- BET: Sujeto a la limitacion de pago MORDAZA previsto en el Articulo 15º del presente Reglamento, de acuerdo a la combinacion obtenida, se aplica la siguiente proporcion: a.- Escalera real de color: 100 a 1. b.- Escalera de color: 50 a 1. c.- Poker: 20 a 1. d.- Full: 7 a 1. e.- Color: 5 a 1. f.- Escalera simple: 4 a 1. g.- Trio: 3 a 1. h.- Dos pares: 2 a 1. i.- Un par o menos: 1 a 1. Asimismo, el jugador que obtuvo una escalera real de color, escalera de color, poker, full o color e independientemente del resultado obtenido por el dealer recibira el siguiente premio: a.- Escalera real de color: 100% del MORDAZA progresivo. b.- Escalera de color: 10% del MORDAZA progresivo. c.- Poker: US $ 500.00 dolares americanos. d.- Full: US $ 100.00 dolares americanos. e.- Color: US $ 50.00 dolares americanos. Articulo 15º.- Del pago maximo: No obstante las proporciones de pago minimas establecidas en el Articulo 14º del presente Reglamento para las Bet ganadoras, el explotador podra establecer un pago MORDAZA el cual debera estar indicado en el pano de la mesa o en un letrero ubicado encima de esta. Articulo 16º.- De la formula para determinar el pago MORDAZA agregado: Si en una mesa de Caribbean Stud Poker se ha establecido un pago MORDAZA y hay diferentes ganadores en una partida, de manera que el total de la suma de sus premios exceda el limite de la mesa, se aplicara la siguiente formula para establecer el porcentaje de pago MORDAZA que correspondera a cada jugador: a.- Se calcula cual seria el pago individual que corresponderia a cada jugador si en la mesa de Caribbean Stud Poker no hubiera una limitacion en el pago. b.- Se calcula la suma de los pagos individuales y esta cifra en adelante es denominada SUMA. c.- Al pago MORDAZA permitido en la mesa se le denomina LIMITE y se divide el LIMITE entre la SUMA, resultando un factor. d.- Para determinar el pago que corresponde a cada jugador se multiplica el factor resultante conforme lo dispuesto en el inciso c) del presente Articulo por el pago

individual que le corresponderia si en la mesa de Caribbean Stud Poker no hubiera una limitacion en el pago. Articulos 17º.- De las reglas para el funcionamiento del MORDAZA progresivo: Para el funcionamiento del MORDAZA progresivo del Caribbean Stud Poker se aplican las siguientes reglas: a.- El MORDAZA progresivo se iniciara con un valor minimo de U.S.$ 10,000.00 dolares americanos. b.- El MORDAZA progresivo se incrementara en 71% por cada MORDAZA registrado por el Aceptador de Monedas. c.- El MORDAZA progresivo debe contar con un sistema que permita informar los bonos ingresados y el monto total de premios pagados por cada dia de operaciones, asimismo, el monto de dinero con que se inicia y finaliza el MORDAZA progresivo cada dia. CAPITULO IV DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Articulo 18º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego: El personal de la sala de juego procurara corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no este de acuerdo con la decision del personal de la sala de juego podra solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Direccion Ejecutiva explicando los hechos y las razones que sustentan su reclamo. El dealer debera seguir los siguientes procedimientos cuando ocurran los siguientes errores en la conduccion del juego: a.- Si al dealer le es repartido un numero incorrecto de cartas, se anulara la partida. b.- Si a cualquier jugador le es repartido un numero incorrecto de cartas, se anulara su mano. CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Articulo 19º.- De la informacion sobre las reglas del juego de Caribbean Stud Poker: En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa de juego donde se practique el Caribbean Stud Poker deberan estar a disposicion de los usuarios en forma gratuita cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego y la indicacion del pago MORDAZA que admita la mesa en caso que el explotador haga uso de la opcion establecida en el Articulo 15º del presente Reglamento. Articulo 20º.- De la informacion sobre los limites de las apuestas: Los limites minimo y MORDAZA para las apuestas deberan exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se practique el Caribbean Stud Poker. Estos limites podran modificarse durante las horas de funcionamiento de la sala de juego, previa comunicacion a los jugadores que se encuentran en la mesa y despues de concluir dicha partida. 28868

Autorizan a Inversiones Turisticas 3H S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en local ubicado en la provincia de Chiclayo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 758-2001-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2001 Vistos, el Expediente Nº 003263-2000-MITINCI, presentado por la Empresa INVERSIONES TURISTICAS 3H S.A.C., en el que solicita autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juegos del Bingo: "Bagdad", ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 498, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, y los Informes Tecnico Nº 0412001-DEJCMT/DICF/F.A.P., Financiero Nº 022-2001-

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