Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2001 (25/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2001

sus licencias de conducir suspendidas siendo pasibles a la sancion administrativa de CANCELACION de sus licencias de conducir e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nuevas licencias de conducir, conforme lo establece el literal F-4 del Articulo 314º concordado con el Articulo 316º del ultimo reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion Vial en Memorandos Nºs. 1763, 1761 y 1762-2001-MTC/ 15.18.05 y de la Oficina de Asesoria Legal en informe Nº 1469-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lenin, VILLENA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA COLONIA, MORDAZA Seberiano, con la CANCELACION de sus Licencias de Conducir Nºs. Q-279892/AI, G-308499/2D y E-009516/2B2 y con la INHABILITACION para obtener nuevas licencias de conducir por el periodo de tres (3) anos contados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ADRIAZOLA MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 35068

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA WEBB DUARTE Presidente 35074

CONASEV
Aprueban el Reglamento de Operaciones en el Mecanismo Centralizado de Negociacion de Instrumentos de Emision No Masiva - MIENM
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 139-2001-EF/94.11 MORDAZA, 23 de noviembre de 2001 VISTO: El Informe Nº 088-2001-EF/94.45 de fecha 25 de octubre del ano en curso, y el Memorando Nº 263-2001-EF/94.45 de fecha 22 de noviembre de 2001, presentados por la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 111º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, CONASEV establece los requisitos que deben cumplir los organizadores de los mecanismos centralizados de negociacion, autoriza su funcionamiento, aprueba sus reglamentos internos y supervisa las operaciones que en ellos se realizan; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 124º y 125º los mecanismos centralizados de negociacion distintos a la MORDAZA de bolsa, deben contar con reglamentos internos que especifiquen aspectos minimos tales como los tipos de valores que pueden ser objeto de negociacion; la duracion diaria de cada sesion de negociacion; las condiciones de la concertacion, conciliacion y liquidacion de operaciones, asi como las responsabilidades que de ellas se deriven; los tipos de agentes de intermediacion que participan en el mecanismo; y, las obligaciones de informar de los emisores, de los agentes de intermediacion participantes en el mecanismo y de los responsables de la conduccion del mismo; Que, la regulacion de la actividad de los mecanismos centralizados de negociacion a traves de sus reglamentos internos se realiza sin perjuicio de las facultades de normatividad, supervision y control que corresponden a CONASEV de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de su Ley Organica, Decreto Ley Nº 26126 y el Articulo 7º de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 132º, incisos b) y c) de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, son funciones de las bolsas de valores fomentar la transaccion de valores y proponer a CONASEV la introduccion de nuevas facilidades y productos en la negociacion bursatil; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Gerencia General Nº 045-2001-EF/94.11 aprobo el Reglamento Interno del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Instrumentos de Emision No Masiva (MIENM), el mismo que fue modificado por la Resolucion Gerencia General Nº 091-2001-EF/94.11; Que, el Articulo 3º de la Resolucion Gerencia General Nº 045-2001-EF/94.11 establece que de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 111º y 145º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, las disposiciones que complementen o modifiquen el reglamento interno del MIEMN en los aspectos considerados en el Articulo 125º de la Ley del MORDAZA de Valores, requeriran previa aprobacion de CONASEV para su entrada en vigencia; Que, en atencion a las disposiciones anteriores, la Bolsa de Valores de MORDAZA ha presentado a CONASEV para su aprobacion, la solicitud de modificacion del reglamento interno del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Instrumentos de Emision No Masiva (MIENM), acordada en la sesion de su Consejo Directivo Nº 719/01, denominandolo ademas como Reglamento de Operaciones en el Mecanismo Centralizado de Negociacion de Instrumentos de Emision No Masiva MIENM; Que, mediante acuerdo de sesion de Directorio de CONASEV de fecha 5 de noviembre de 2001, se delego en el Gerente General la facultad para aprobar las modificaciones al reglamento interno del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Instrumentos de Emision No Masiva (MIENM), solicitadas por la Bolsa de Valores de Lima; Estando a lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del Articulo 7º y el Articulo 145º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo acordado

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Presidente de la institucion a los EE.UU. para participar en diversos eventos organizados por el Banco Mundial, el BID y el FMI
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 029-2001 MORDAZA, 20 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO QUE: El Peru es miembro del Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo y del Banco Mundial, y el Banco Central de Reserva representa al MORDAZA para los fines establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Que en tal sentido, se considera necesaria la participacion de la entidad en las reuniones y conferencias que se realizaran en la MORDAZA de MORDAZA D.C.: - Third Lac Meets the Market Encounter que organiza el Banco Mundial; - XV Meeting of the Latin American Network of Central Banks and Finance Ministries que organiza el Banco Interamericano de Desarrollo; y, - Second Annual Research Conference que organiza el Fondo Monetario Internacional. De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM y estando a lo acordado en su sesion de 25 de octubre de 2001 el Directorio resolvio: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Webb Duarte, Presidente de la Institucion, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 27 de noviembre al 1 de diciembre del presente ano, a fin de participar en las reuniones y conferencias indicadas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes: Viaticos: Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: TOTAL US$ 4 176,24 US$ 1 100,00 US$ 25,00 --------------------US$ 5 301,24

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