Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2001 (12/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2001 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 352-2001-PRES MORDAZA, 3 de octubre del 2001

NORMAS LEGALES

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Vistos los Oficios Nºs. 559-2001/CTAR PIURA-PGSRLCC, 158-2001/CTAR PIURA-GSRLCC-AL del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA y el Informe Nº 081-2001/CTAR PIURA-GSRLCCAL de la Asesoria Legal de la Gerencia Subregional "Luciano MORDAZA Colonna"; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado del Informe Nº 002-98/CTAR PIURA-ORCI-OSRCI-LCC-DE denominado "Examen Especial a la Subgerencia de Operaciones - Obras Ejecutadas bajo la Modalidad de Contrata Ano 1995", en la ejecucion de la obra Alcantarillado Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA Negritos - Talara, se ha determinado presunta responsabilidad civil por haberse pagado indebidamente al Contratista Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, un Adicional de Obra por el monto de S/. 20 225,39 al Sr. MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, ex Gerente Subregional; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Operaciones; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Obras; Br. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Obras e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Ing. Inspector y el Contratista Ing. MORDAZA MORDAZA Chunga; Que, la aprobacion del adicional contradice lo dispuesto por el RULCOP en sus Articulos 1.2.18 y 1.2.28, por cuanto la ejecucion de la indicada obra fue contratada por la modalidad de Adjudicacion Directa mediante el Sistema de Suma Alzada y las partidas pagadas en el adicional figuran en las especificaciones tecnicas del expediente tecnico, constituyendo un pago que favorece indebidamente al Contratista en contra de los intereses del Estado; Que, por otra parte, al haberse expedido la Resolucion Gerencial Subregional Nº 000256 de fecha 30 de junio de 1998, se ordena el recupero de S/. 4 167,17 por concepto de multa, por incumplimiento de plazo de ejecucion de la obra referida precedentemente, la misma que debe ejecutarse, al encontrarse consentida por no haber interpuesto ningun recurso impugnativo el Contratista, implementandose de esta forma la Recomendacion Nº 4.11, Conclusion 2.9 del citado Examen Especial; Que, el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, prescribe que los informes y/o dictamenes emitidos por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; Que, en tal sentido es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra el Contratista Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, segun detalle que aparece consignado en el Informe Nº 002-98/CTAR PIURA-ORCI-OSRCI-LCC-DE. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 32485

Declaran como situacion de urgencia la contratacion del servicio de vigilancia de las oficinas del PRONAP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 208-2001/PRES/VMI/PRONAP/DE MORDAZA, 24 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que en Sesion Ordinaria Nº 05-2001-SO-PRONAP del Comite Ejecutivo de fecha 24 de agosto de 2001, se ha acordado considerar como Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Vigilancia desde el 25 de junio de 2001 hasta el 20 de agosto de 2001, fecha en que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado expidio la Resolucion declarando infundado el Recurso de Revision interpuesto por el Consorcio Vicmer S.A.C. - Los Linces S.A.; Estando en las facultades conferidas a la Direccion Ejecutiva, mediante Resolucion Ministerial Nº 065-2001PRES y en el Acta de Sesion Ordinaria Nº 05-2001-SOPRONAP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar como Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Vigilancia de las Oficinas del PRONAP por el periodo comprendido entre el 25 de junio de 2001 y el 20 de agosto de 2001. Articulo Segundo.- Contratar el Servicio de Vigilancia por el periodo mencionado en el articulo precedente a la Empresa de Seguridad Vigilancia y Control S.A.C. ESVICSAC. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA ULFFE Director Ejecutivo (i) Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado 32571

PESQUERIA
Crean el "Programa de Incentivo al Consumo Popular de Pescado"
DECRETO SUPREMO Nº 034-2001-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Articulo 1º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que es objeto de dicha Ley, entre otros, promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentacion, garantizando un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que uno de los compromisos fundamentales del Gobierno, es la lucha frontal contra la pobreza en que se encuentra inmersa la mayor parte de la poblacion peruana, para lo cual se ha senalado entre los objetivos de politica nacional, el incremento de trabajo productivo digno; Que las necesidades inmediatas que tiene la mayoria de la poblacion nacional en materia de consumo de proteinas, requiere de urgentes medidas orientadas a facilitar el consumo de pescado, mejorando asi, la calidad alimenticia; Que el incremento de consumo de producto de la pesca por la poblacion y el apoyo a la seguridad alimentaria, especialmente en los sectores de menores recursos, se enmarcan dentro de la politica de reactivacion economica y lucha frontal contra la pobreza;

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