Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2001 (22/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1123-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION DE SOLUCION DE CONFLICTOS MORDAZA & CAMBA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la ASOCIACION DE SOLUCION DE CONFLICTOS MORDAZA & CAMBA, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado ASOCIACION DE SOLUCION DE CONFLICTOS MORDAZA & CAMBA, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 31299 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 248-2001-JUS MORDAZA, 17 de setiembre de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 114652001, de fecha 24 de MORDAZA de 2001, de la asociacion civil denominada INSTITUTO NACIONAL DE ANALISIS Y RESOLUCION DE CONFLICTOS - INARC; CONSIDERANDO: Que la asociacion INSTITUTO NACIONAL DE ANALISIS Y RESOLUCION DE CONFLICTOS - INARC, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL - INARC", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del Acta de Inspeccion Ocular de fecha 21 de agosto de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1059-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion INSTITUTO NACIONAL DE ANALISIS Y RESOLUCION DE CONFLICTOS - INARC; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Regla-

mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion INSTITUTO NACIONAL DE ANALISIS Y RESOLUCION DE CONFLICTOS - INARC, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL - INARC", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 31300 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 250-2001-JUS MORDAZA, 17 de setiembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 11799, de fecha 29 de MORDAZA de 2001, de la asociacion INSTITUTO DE CAPACITACION ESPECIALIZADA Y ASESORIA SOCIAL ICEAS; CONSIDERANDO: Que la asociacion INSTITUTO DE CAPACITACION ESPECIALIZADA Y ASESORIA SOCIAL - ICEAS, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Paz y Justicia Social en el MORDAZA Milenio, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 21 de agosto de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1129-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion INSTITUTO DE CAPACITACION ESPECIALIZADA Y ASESORIA SOCIAL - ICEAS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion INSTITUTO DE CAPACITACION ESPECIALIZADA Y ASESORIA SOCIAL - ICEAS, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Paz y Justicia Social en el MORDAZA Milenio, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara

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