Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2001 (26/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 210437

Que de autos aparece que MORDAZA Cachay MORDAZA, quien desempenaba el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Pataz, fallecio en la MORDAZA de MORDAZA el 24 de MORDAZA de 2001, tal como consta de la partida de defuncion expedida por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, corriente a fojas 5; Que, la muerte pone fin a la persona, conforme lo establece el Articulo 61º del Codigo Civil; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, corresponde asumir el cargo de Regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Somos Peru; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

nes de este organo electoral son inapelables e inimpugna bles; y, con arreglo a ley y a los principios generales de derecho; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atr buciones; RESUELVE:

Articulo Unico.- Declarar improcedente el pedido d nulidad interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 631-2001-JNE de fecha 2 de agosto del 2001, debiendo estarse a lo dispuesto po ella. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31626

Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Somos Peru, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Pataz, departamento de La MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Disponer que el representante legal del Concejo Provincial de Pataz, cumpla con presentar el comprobante de pago por derecho del tramite solicitado, segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Resolucion Nº 011-2001-JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 31629

Declaran que MORDAZA del Concejo Dis trital de Punta Negra reasume funcio nes del cargo
RESOLUCION Nº 675-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001

Declaran improcedente impugnacion contra la Res. Nº 631-2001-JNE, sobre declaratoria de vacancia en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Acolla
RESOLUCION Nº 674-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 Visto, el pedido de nulidad presentado el 6 de setiembre del ano 2001, contra la Resolucion Nº 631-2001-JNE, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA del Concejo Distrital de Acolla, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, que declaro infundado su recurso de revision interpuesto, y valido el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado Concejo; argumentando, entre otros, que no se puede dar validez a una situacion irregular al no existir un contrato absolutamente formal que subsuma el MORDAZA del inciso 7) del Articulo 23º de la Ley Nº 23853; CONSIDERANDO: Que los argumentos expuestos por el recurrente no enervan los fundamentos de la Resolucion Nº 631-2001JNE; Que estando a lo dispuesto por el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Articulo 23º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, se establece que las resoluciones de este organismo electoral son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables, no procediendo contra ellas recurso alguno; Que el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, precisa que en materia de vacancia de cargos municipales, las resolucio-

Visto, el Expediente N° 934-2001 iniciado el 7 de agost de 2001 a solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA d MORDAZA, MORDAZA Alcaldesa del Concejo Distrital d Punta Negra, de la provincia y departamento d MORDAZA, pidiendo se declare la suspension de don Lu MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA d dicho concejo por la causal de incapacidad fisica tempora y se encargue a MORDAZA el despacho de la Alcaldia; asimism el Oficio N° 200-2001-DAMDPN recibido el 3 de septiem bre de 2001 y el escrito presentado el 4 del mismo mes ano, suscritos por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jime nez, comunicando que el 1 de septiembre de 2001 reasumi las funciones de su cargo, y que los Regidores viene impidiendo su normal desempeno como titular de la MORDAZA dia, usurpando funciones y disponiendo de los recurso economicos de la comuna sin ningun control; CONSIDERANDO:

Que de autos se establece que don MORDAZA Guillerm MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital d Punta Negra, estuvo hospitalizado desde el 26 de junio d 2001 y que, el 14 de MORDAZA de 2001 comunico al Concejo s estado de salud, solicitando posteriormente la respectiv licencia, pedido del que la Secretaria del Concejo di cuenta en la sesion del 30 de MORDAZA de 2001, conform aparece en el acta de fojas 28, en la que se indica que l sesion fue suspendida sin que el Concejo resuelva nad al respecto, incumpliendo con la funcion contenida en e inciso 10) del Articulo 36° de la Ley Organica de Munic palidades N° 23853; Que, dado el estado de salud de don MORDAZA Guillerm MORDAZA MORDAZA, el Concejo Distrital de Punta Negr en la sesion del 31 de MORDAZA de 2001 acordo la suspension d este en el cargo municipal, conforme se consigna en el act que en MORDAZA corre de fojas 29 a 53, invocando la causal d suspension automatica por incapacidad fisica temporal que se refiere el inciso 1) del Articulo 29° de la Le Organica de Municipalidades; Que la suspension en el cargo es temporal y cesa un vez culminada la incapacidad fisica que la motivo; y, en ta sentido, al ser superada la incapacidad que aquejaba a MORDAZA de Punta Negra, este debe reincorporarse al Con cejo y asumir inmediatamente las funciones de su carg Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Eleccio nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar improcedente la solic tud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Tenien te Alcaldesa del Concejo Distrital de Punta Negra, de l

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