Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2002 (07/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de enero de 2002

ca (blanco y negro) asciende a la suma de CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42,000.00), incluido el IGV; Que, mediante Informe de la Oficina de Asesoria Juridica Nº 019-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, senala que desde el punto de vista legal es procedente exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa a la adquisicion de imagenes satelitales en un area de 12,000 km2 en forma pancreomatica (blanco y negro) a la empresa SPOT IMAGE S.A.; por cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 20º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM establece que las contrataciones o adquisiciones producto de la exoneracion a que se refiere el Art. 19º se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27292, Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM, Dec. Sup. Nº 013-2001-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Suprema Nº 950-DE/EP/CP-JAPE del 28 de diciembre del 2000; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Area Tecnica, Unidad de Logistica, Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva a la adquisicion de imagenes satelitales en un area de 12,000 km2 en forma pancreomatica (blanco y negro) a la empresa SPOT IMAGE S.A.; autorizando efectuar la misma mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia hasta por un valor de CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42,000.00), incluido el IGV. Articulo Segundo.- La Adquisicion a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, provenientes de la Unidad Ejecutora Instituto Geografico Nacional - IGN. Articulo Tercero.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES de su emision. Articulo Cuarto.- La Adquisicion que se efectua en virtud de la autorizacion otorgada por la presente resolucion, se regulara por las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", su Reglamento el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BOBBIO MORDAZA Jefe del IGN Instituto Geografico Nacional 0229

Autorizan adquisicion de estacion de trabajo y actualizacion de software mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 034-2001-IGN/J Surquillo, 28 de diciembre del 2001 VISTO: El Informe Tecnico Nº 016-IGN/DGAT de fecha 13 de diciembre del 2001 emitido por la Direccion General de Area Tecnica; el Informe Nº 002-IGN/COMITE ESPECIAL PERMANENTE de fecha 13 de diciembre del 2001 emitido por el Comite Especial Permanente del IGN y el Informe Nº 020-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Area Tecnica del IGN, mediante Informe Tecnico Nº 016-IGN/DGAT del 13 de diciembre del ano en curso, informa que el IGN en 1998 ad-

quirio una Estacion Fotogrametrica Digital LHSystems-LEICA compuesta de Hardware y el Software Standard, que incluye un determinado numero de modulos o programas, faltando el resto de modulos para materializar todas las aplicaciones fotogrametricas para proyectos importantes; Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado contempla los principios que regulan el procedimiento a seguir para las contrataciones y adquisiciones requeridas que permitan el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan de Trabajo Anual de la Direccion General de Area Tecnica del Instituto Geografico Nacional; por lo que el MORDAZA legal aplicable para la adquisicion de la Estacion Total requerida resulta ser el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias y modificatorias; Que, el Inc. f) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2000-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Art. 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que las resoluciones que aprueban la exoneracion de los Procesos de Seleccion al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM, requieren de un informe tecnico-legal previo emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad; dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la contratacion o adquisicion, de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia tales como costo y produccion; Que, la Direccion General de Area Tecnica del IGN, mediante Informe Tecnico Nº 016-IGN/DGAT del 13 de diciembre del ano en curso, da cuenta que la Estacion Fotogrametrica Digital LHSystems-LEICA compuesta de Hardware y el Software Standard, incluye un determinado numero de modulos o programas, faltando el resto de modulos para materializar todas las aplicaciones fotogrametricas para proyectos importantes; y con la finalidad de incrementar la produccion con mayor numero de aplicaciones, mejor precision y velocidad, recomienda la adquisicion de otra Estacion cuyas condiciones son: Actualizacion del Software, Instalacion de las dos (2) Estaciones en Red (interconectadas) y complementar la nueva Estacion con otros modulos que permitan realizar otras aplicaciones; Que, el Comite Especial Permanente del Instituto Geografico Nacional, mediante Informe Nº 002-IGN/COMITE ESPECIAL PERMANENTE de fecha 13 de diciembre del 2001, emite el informe tecnico respecto de la adquisicion de Una Estacion de Trabajo y la Actualizacion del Software, senalando que como resultado del estudio de MORDAZA se ha determinado que la empresa QUIMICA SUIZA S.A. es la unica en el Peru que distribuye el requerimiento efectuado por la Direccion General de Area Tecnica del IGN (Direccion de Cartografia); considerando entonces que el producto objeto de la adquisicion no admite sustituto, resulta desde el punto de vista tecnico-economico y de la oportunidad, que la adquisicion via MORDAZA de exoneracion se encuentra justificada, ademas que es tecnica y legalmente viable; Que, asimismo, senala que de acuerdo al considerando precedente, segun la cotizacion presentada por la firma QUIMICA SUIZA S.A., la venta del Estacion Total de Trabajo y la Actualizacion del Software Socet Set, asciende al monto de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 Nuevos Soles (S/. 136,000.00) y OCHENTISEIS MIL NOVECIENTOS SETENTICINCO CON 00/100 Nuevos Soles (S/. 86,975.00), respectivamente; Que, mediante Informe Nº 020-2001-IGN/OAL de fecha 28 de diciembre del 2001, la Oficina de Asesoria Legal senala que el Informe Tecnico Nº 016-IGN/DAGT del 13.DIC.01 emitido por la Direccion General de Area Tecnica y el Informe Nº 002-IGN/COMITE ESPECIAL PERMANENTE del 13.DIC.01 emitido por el Comite Especial Permanente del IGN, detallan y demuestran que se justifica la exoneracion de MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica en la adquisicion de Una Estacion de Trabajo y la Actualizacion del Software, conforme las caracteristicas senaladas, por cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 20º del Dec. Sup. Nº 012-2001-PCM establece que las contrataciones o adquisiciones producto de la exoneracion a que se refiere el Art. 19º se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad;

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