Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, la MORDAZA de un REGIMEN DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ADMINISTRACION MUNICIPAL, RESIDET - COMAS, va a permitir a los Contribuyentes acogerse a este Regimen y aprovechar los Beneficios Otorgados para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Asi como de los Beneficios que otorgan a los Contribuyentes para el pago tributario del Ejercicio 2002; Estando a las facultades de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prorrogar el termino para acogerse al REGIMEN DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ADMINISTRACION MUNICIPAL, RESIDET - COMAS, hasta el 31 de MORDAZA del 2002. Articulo Segundo.- Los Contribuyentes que cancelen los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines del presente ejercicio hasta el 31 de MORDAZA del 2002, tendran descuentos sobre el insoluto del Arbitrio referido de la siguiente forma: 10% para los que paguen el 1er. Trimestre. 15% para los que paguen el 2do. Trimestre. 30% para los que cancelen el saldo o el total del 2002. Registrese, comuniquese, cumplase, archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 13237

Que, con Informe Nº 206-ADMI/2002-MDEA, el Presidente del Comite Especial senala que dentro de los alcances de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, se ha determinado que el recurso de apelacion presentado por la Empresa TALSA S.A.C. cumple con los requisitos de admisibilidad descrita en el Art. 168º del Reglamento y en virtud del Informe Nº 166-2002-DIRENT-MDEA. Que, el Art. 26º del Reglamento faculta a la Entidad a declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por las causales previstas en el Art. 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por el Art. 54º del TUO de la Ley Nº 26850 y el Art. 166º, Art. 170º y el Art. 171º de su Reglamento. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundada en todos sus extremos el recurso de apelacion interpuesto por la Empresa Transandina de Alimentos (TALSA S.A.C.) por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el MORDAZA de Seleccion de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA, primera convocatoria, se retrotraiga hasta la etapa de integracion de las Bases, declarandose por tanto nulo los actuados a partir del acto de apertura de la MORDAZA de propuestas de fecha 9 de MORDAZA de 2002. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion conforme a la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran fundada apelacion contra licitacion publica destinada a adquirir productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0535-2002-A-SEGE-002-MDEA El MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: El recurso de apelacion signado con el Expediente Nº 7526 de fecha 11 de MORDAZA de 2002 presentado por la Empresa Transandina de Alimentos (Talsa S.A.C.) a la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA; CONSIDERANDO: Que, mediante la R.A. Nº 426-A-2002-SEGE-02MDEA de fecha 30 de MORDAZA de 2002, la entidad Municipal designo a los miembros integrantes del Comite Especial para conducir el MORDAZA de Seleccion de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA, Primera Convocatoria. Que, con R.A. Nº 474-A-2002-SEGE-02-MDEA de fecha 5 de junio de 2002 se aprueba las Bases Administrativas para el MORDAZA de Seleccion denominado como LPN Nº 0001-2002-CE-MDEA destinado para la adquisicion de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad Distrital de El Agustino. Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2002, la Empresa Transandina de Alimentos (TALSA S.A.C.) interpuso recurso de apelacion, por no estar conforme con el acto de notificacion referido a Integracion de las Bases, pues segun manifiestan, este atenta con el derecho que tiene todo postor a participar en los procesos de seleccion en condiciones semejantes al resto de los postores, esto es, no se habia respetado el MORDAZA de Trato MORDAZA e Igualitario consignado en el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM.

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones complementarias a la Ordenanza Nº 077-MDMM que prohibio MORDAZA comercial de vehiculos en la via publica
ORDENANZA Nº 116-MDMM MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2002 POR CUANTO: El Concejo en Sesion Extraordinaria celebrada en la fecha, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 077-MDMM, se prohibe el MORDAZA Comercial de Vehiculos en la Via Publica; Que, dicha Ordenanza solo sanciona a las personas que prestan el servicio de MORDAZA de vehiculos sin contemplarse a los propietarios y/o conductores de los mismos; Que, el objetivo de una sancion administrativa es castigar las conductas que violen Dispositivos Municipales, por lo que es preciso complementar la Ordenanza Nº 077MDMM, castigando con una multa a los propietarios y/o conductores de los vehiculos automotores que contraten el servicio de MORDAZA de vehiculos en la via publica, o que habiendo acordado que la prestacion de dicho servicio se deberia hacer dentro de un local permitan que se realice el mismo en via publica; Que, el Informe Nº 876-DAJ-MDMM, emitido por la Direccion de Asesoria Legal, se pronuncia favorablemente sobre la legalidad de la implementacion de dicha prohibicion por medio de una Ordenanza; En uso de la facultad conferida por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo aprobo por MAYORIA la siguiente:

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