Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2002 (10/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 10 de junio de 2002

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 035-2002-PE MORDAZA, 4 de junio del 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00173002 del 1 de febrero del 2002, mediante el cual, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Directoral Nº 334-2001-PE/DNEPP; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 334-2001-PE/DNEPP del 17 de diciembre del 2001, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 087-2001-PE/DNEPP que declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca presentada por la recurrente para operar la embarcacion pesquera "GENESIS", en virtud que no cuenta con autorizacion de incremento de flota para el acceso a los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, asimismo, por que la autorizacion concedida por la Resolucion Ministerial Nº 477-97PE para la extraccion de los recursos cachema, suco , machete y MORDAZA con destino al consumo humano directo, ha sido caducada por la Resolucion Directoral Nº 2222000-PE/DNE; Que mediante el escrito del Visto, la recurrente fundamenta su recurso de apelacion, en que la embarcacion pesquera MORDAZA se encontraba construida en la fecha en que se otorgo autorizacion de incremento de flota por Resolucion Ministerial Nº 477-97-PE, tal como esta consignado en el certificado de matricula Nº CO-15126-CM , tambien argumenta, que no ha presentado su solicitud de permiso de pesca dentro del plazo previsto en el Decreto Supremo Nº 016-99-PE, por motivos de indole economico y por razones de salud mental y fisica, asimismo, modifica la peticion de su solicitud original, por el de permiso de pesca para los recursos cachema, suco, machete y MORDAZA con destino al consumo humano directo congruente con los recursos concedidos en su autorizacion de incremento de flota mencionada; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la Resolucion Directoral Nº 334-2001-PE/DNEPP, ha sido notificada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA el 19 de diciembre del 2001, mediante el Oficio Nº 2723-2001-PE/ SG del 18 de diciembre del 2001, por lo que el recurso de apelacion interpuesto por la recurrente deviene inadmisible, en virtud de haberse interpuesto en forma extemporanea; De conformidad con lo establecido en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, MORDAZA aplicable en virtud del inciso 1) de la primera de las Disposiciones Transitorias de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en razon de no existir en la MORDAZA Ley mencionada, adicionales derechos o facultades a favor del recurrente en el presente procedimiento; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 118º numeral 118.3 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 334-2001-PE/ DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 10247

Declaran infundada impugnacion contra la R.D. Nº 379-2001-PE/DNEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 160-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 Visto el escrito con Registro Nº 05984003 del 5 de febrero del 2002, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA LLENQUE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 379-2001-PE/DNEPP del 28 de diciembre del 2001, se declaro improcedente la solicitud via derecho de peticion presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, armador de la embarcacion pesquera PALBER 2 (Ex MORDAZA 2) de matricula Nº CE15711-PM, al haberse determinado, que tanto el escrito Nº 002075 del 16 de marzo de 1994 y el escrito Nº 09041 del 14 de MORDAZA de 1997, fueron atendidos en su oportunidad, mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 045-95PE/DNE y 263-97-PE/DNE respectivamente, actos administrativos que han quedado firmes; Que a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 379-2001-PE/DNEPP, aduciendo que de la Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/ DNE, no seria un pronunciamiento completo, pues no existiria mencion alguna sobre el extremo de la solicitud de permiso de pesca referido al consumo humano indirecto; Que el Articulo 208º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el recurso de reconsideracion se interpone ante el mismo organo que dicto la primera resolucion impugnada, debiendo sustentarse en nueva prueba; Que de la evaluacion efectuada al recurso de reconsideracion interpuesto se desprende que el mismo no se sustenta en nueva prueba, tal como lo establece el Articulo 208º de la Ley Nº 27444; por lo que el recurso de reconsideracion interpuesto deviene improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 084-2002PE/DNEPP-Dap del 11 de febrero del 2002 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 208º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 3792001-PE/DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 10248

PROMUDEH
Aprueban el Plan Nacional de Accion por la Infancia 2002-2010
DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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