Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2002 (09/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2002

Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 151IGP/01 del 21-12-01 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27-12-01 se autorizo exonerar del MORDAZA de Licitacion Publica la contratacion con la Universidad Nacional de Ingenieria para la ejecucion de la referida obra; Que, en la parte considerativa de la mencionada Resolucion se consigna que el valor referencial de la construccion de la obra era de S/. 6'400,000.00 Nuevos Soles; Que, en efecto, de los informes tecnicos emitidos por el Arquitecto Consultor con fechas 14-12-01 y 111-02, respectivamente, se infiere que se ha considerado en la indicada Resolucion el monto total por concepto de construccion de S/. 3'611,439.28 mas el de equipamiento que es de S/. 2,788,560.72, lo que da un total de S/. 6'400,000.00; Que, dado a que la Universidad Nacional de Ingenieria solamente ejecutara el total de las obras civiles, es necesario precisar que el precio a pactar por dicho concepto es de S/. 3,611,439.28, no incluyendo el equipamiento de la misma; Que, asimismo, debe precisarse en el Articulo 1º de la Resolucion de Presidencia Nº 151-IGP/01 del 21-12-01 que la modalidad de ejecucion es a precios unitarios; De conformidad con el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM del 12-2-01 y con Decreto Legislativo Nº 136, Ley del Instituto Geofisico del Peru y con el informe de la Asesoria Legal del Instituto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisase en el Articulo 1º de la Resolucion de Presidencia Nº 151-IGP/01 del 21-12-01 que el valor referencial en la contratacion con la Universidad Nacional de Ingenieria (UNI) para la ejecucion de las Obras Civiles del Laboratorio Central de Mayorazgo, es de 3'611,439.28 (tres millones seiscientos once mil cuatrocientos treintinueve y 28/100 Nuevos Soles), bajo el sistema a precios unitarios, conforme a lo previsto. Articulo 2º.- Mantengase la vigencia de la Resolucion de Presidencia Nº 151-IGP/01 del 21-12-01 en todo lo demas que no se oponga a la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente Ejecutivo 4715

Que, el Valor Referencial del Servicio de Supervision de acuerdo a las Especificaciones Tecnicas es de S/. 110,000.00 Nuevos Soles (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con precios al mes de diciembre del 2001; Que la fuente de financiamiento para la ejecucion de la Obra proviene de recursos ordinarios; Que, el Comite Especial designado luego de evaluar el Informe Tecnico - Economico y el Informe Legal Nº 02-AL-IGP/02 de fecha 11-2-02 de la Oficina de Asesoria Legal, considera que para la supervision de la Obra "Construccion del Laboratorio Central de Mayorazgo" debe ser realizado en base a lo previsto en el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que dispone la exoneracion de Licitacion Publica de las Contrataciones para la ejecucion de Obras entre Entidades del Sector Publico; Que, de conformidad al Articulo 116º las exoneraciones de los procesos de seleccion conforme al Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicaciones de Menor Cuantia a traves del cual la autoridad competente que se encargue de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que de producido los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley y determinada la necesidad, se debera efectuar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, a traves del cual la entidad MORDAZA las contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos por la Entidad; Que, la exoneracion del Concurso Publico debe ser aprobada por Resolucion de Presidencia publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, habiendose propuesto contratar la Supervision de la Obra con la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA Facultad de Ingenieria Agricola; y, En aplicacion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 136 - Ley del Instituto Geofisico del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico la Supervision de la Obra con la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA - Facultad de Ingenieria MORDAZA, para la Supervision de la Obra "Construccion del Laboratorio Central de Mayorazgo" conforme al inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 108,343.18 Nuevos Soles incluido IGV para la modalidad de Locacion de Servicios. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion de Administracion para que a traves de su Oficina de Logistica inicie las gestiones necesarias para contratar la supervision de la Obra con la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA - Facultad de Ingenieria MORDAZA, con el financiamiento de recursos ordinarios y directamente recaudados, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA WOODMAN POLLIT Presidente Ejecutivo 4716

Exoneran de MORDAZA de concurso publico la contratacion de servicios de supervision de la obra "Construccion del Laboratorio Central de Mayorazgo"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 023-IGP/02 MORDAZA, 28 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 150IGP/02 de fecha 21-12-01 se aprobo el Expediente Tecnico de la Obra "Construccion del Laboratorio Central de Mayorazgo" y la ejecucion de la misma en la modalidad de Contrata, con un valor Referencial de S/. 3'611,439.28 Nuevos Soles; designandose a los integrantes del Comite Especial que llevaran a cabo la evaluacion y el MORDAZA de seleccion que corresponda para la ejecucion de la referida obra;

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