Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2002 (27/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 27 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Suspenden los efectos de resoluciones referidas al cambio de titular de autorizacion para la instalacion de planta de harina de pescado
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 009-2002-PRODUCE/DVM-PE
MORDAZA, 24 de setiembre de 2002 Visto el Oficio Nº 337-2001-MC-IJCTECA, de registro Nº 06730001, remitido con fecha 18 de junio del 2002 por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/DNEPP, del 10 de MORDAZA del 2001, se aprobo el cambio de titular de la autorizacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 169-99-PE/DNPP a PESQUERA ARYAL S.A. para la instalacion de una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico con una capacidad de 117 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial ubicado en Playa Norte, Lotes 1B-1 y 1B-2, Puerto de Malabrigo, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. Asimismo, se otorgo licencia para la operacion de la planta de harina de pescado MORDAZA senalada con la capacidad de 60 t/h de las 117 t/h de capacidad autorizadas, a la vez que se renovo por una sola vez y por el termino de un ano el plazo para que PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. culmine la instalacion del total de la capacidad autorizada, declarando improcedente la solicitud de inhibicion de la Administracion respecto al procedimiento MORDAZA referido, formulada por PESQUERA ARYAL S.A. EN LIQUIDACION; Que por Resolucion Viceministerial Nº 054-2001-PE, del 23 de agosto del 2001, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por PESQUERA ARYAL S.A. EN LIQUIDACION contra la Resolucion Directoral Nº 028-2001PE/DNEPP, considerando que no habian sido desvirtuados los fundamentos que dieron merito a la resolucion recurrida, al mismo tiempo que se declaro improcedente su solicitud para suspender los efectos de la citada resolucion; Que por el oficio indicado en el visto, el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo, comunica que mediante Resolucion Nº 5, del 29 de MORDAZA del 2002, dictada en el MORDAZA contencioso administrativo de Impugnacion de Resolucion seguido por PESQUERA ARYAL S.A. EN LIQUIDACION contra el Ministerio de Pesqueria, tramitado con el expediente Nº 3372001-MC, se declaro procedente la medida cautelar solicitada por la referida empresa, ordenando la suspension de los efectos de la Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/ DNEPP y la Resolucion Viceministerial Nº 054-2001-PE;

Que de la evaluacion efectuada se ha determinado que corresponde dar cumplimiento a lo ordenado por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo por la resolucion indicada en el considerando precedente, de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 638º del Codigo Procesal Civil y el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y en consecuencia, suspender los efectos de la Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/DNEPP y la Resolucion Viceministerial Nº 054-2001-PE; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 638º del Codigo Procesal Civil y el articulo 4º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Suspender, por mandato judicial, los efectos de la Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/DNEPP y la Resolucion Viceministerial Nº 054-2001-PE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 17138

Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion referida a solicitud de ampliacion de permisos de pesca presentada por Conservera Garrido S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2002-PRODUCE/DVM-PE
MORDAZA, 24 de setiembre de 2002 Vistos los escritos de registro Nº CE-00175003 del 7 de MORDAZA y 17 de MORDAZA del 2002, presentados por CONSERVERA GARRIDO S.A. CONSIDERANDO: Que con Resolucion Directoral Nº 103-2002-PE/DNEPP de fecha 27 de marzo del 2002, se declaro Infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por CONSERVERA GARRIDO S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 217-2001PE/DNEPP, la misma que declaro improcedente la solicitud de ampliacion de los permisos de pesca presentada por la

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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