Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2003 (29/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2003

Aspuzana, ubicada en los departamentos de MORDAZA, Pasco y MORDAZA, otorgandose la Buena Pro del subtramo I a AMV Virgen del MORDAZA S.R.L., del subtramo II a Maylles S.R.L, del subtramo III a Pillcomozo S.R.L., del subtramo IV a San MORDAZA S.R.L., del subtramo V a Ymelda S.R.L., del subtramo VI a MORDAZA MORDAZA S.R.L., del subtramo VII a EMC MORDAZA MORDAZA S.R.L., y del subtramo VIII a EMV La Marginal S.R.L.; Que, con fecha 6 de marzo del 2003, J & L Contratistas Generales S.R.L. interpone recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MTC/15.02.PROVIAS NACIONAL Zonal X MORDAZA, solicitando la nulidad del MORDAZA de evaluacion de propuestas y del otorgamiento de la buena pro, por no haberse dejado participar del acto de evaluacion de propuestas a los postores a pesar de haberlo solicitado y senalarse en el numeral 6.1 de las Bases que la evaluacion de propuestas se realiza en acto publico; Que, el articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que la entidad establece el valor referencial de la adquisicion o contratacion, a fin de determinar el MORDAZA de seleccion correspondiente y la asignacion de recursos necesarios; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-MTC, establece que mediante el MORDAZA de seleccion segun relacion de items, la entidad puede convocar en un solo MORDAZA la adquisicion o contratacion de bienes, servicios o ejecucion de obras distintos pero vinculados entre si. Cada uno de los items constituye un MORDAZA menor dentro del MORDAZA de seleccion principal. A ellos les seran aplicables las reglas correspondientes al MORDAZA principal; Que, el articulo 27º del Reglamento mencionado, dispone que en el caso de los procesos de seleccion convocados segun relacion de items, el valor referencial del conjunto se determinara en funcion a la sumatoria de los valores referenciales de cada uno de los items considerados. En las Bases debera especificarse tanto el valor referencial de los items como el valor referencial del MORDAZA de seleccion; Que, en las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003-MTC/15.02. PROVIAS NACIONAL Zonal X MORDAZA se ha senalado los valores referenciales del subtramo I que asciende a S/. 33,099.98, del subtramo II que asciende a S/. 35,049.98, del subtramo III que asciende a S/. 37,500.00, del subtramo IV que asciende a S/. 37,500.00, del subtramo V que asciende a S/. 37,499.59, del subtramo VI que asciende a S/. 37,499.74, del subtramo VII que asciende a S/. 37,499.53 y del subtramo VIII que asciende a S/. 37,499.57, pero no se ha senalado el valor referencial total del MORDAZA de seleccion, incumpliendose lo senalado por el articulo 27º del Reglamento; Que, se ha convocado a una Adjudicacion Directa Selectiva teniendo en cuenta los valores referenciales de los subtramos, y no teniendo en cuenta la sumatoria de dichos valores referenciales, como se senala en el articulo 16º del Reglamento concordado con el articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que debio convocarse a un Concurso Publico en lugar de una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, solo hasta MORDAZA de la suscripcion del contrato; Que, en tal sentido, y habiendose verificado la infraccion del articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa

Selectiva Nº 0001-2003-MTC/15.02.PROVIAS NACIONAL Zonal X MORDAZA, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de formulacion de Bases; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el postor J & L Contratistas Generales S.R.L.; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003-MTC/15.02.PROVIAS NACIONAL Zonal X MORDAZA, para la contratacion de microempresas que presten el servicio de mantenimiento rutinario por resultados en la carretera: La Oroya ­ MORDAZA Aspuzana, ubicada en los departamentos de MORDAZA, Pasco y MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de formulacion de Bases. Articulo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el postor J & L Contratistas Generales S.R.L. Articulo 3º.- Transcribir a los miembros del Comite Especial la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 08126

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROVIAS DEPARTAMENTAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2003-MTC/01 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2002MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 036 y 041-2002-MTC, se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte departamental; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 081-2003MTC/01, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2003; Que, mediante Memoranda Nºs. 379 y 472-2003MTC/22, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL solicito se modifique el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental; Que, mediante Memorandum Nºs. 268 y 327-2003MTC/22.03, la Gerencia de Administracion del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL solicita se apruebe la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental correspondiente al ejercicio presupustal del ano 2003;

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