Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2003 (10/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 10 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
de la presente Ordenanza.

Pag. 256833

El acogimiento a cualquiera de las dos formas de pago senaladas en los numerales 1) y 2) del presente articulo implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria o deuda no tributaria. Articulo 9º.- CONDICIONES PARA EL PAGO FRACCIONADO Cancelar la cuota inicial establecida en el articulo 10º MONTO DE DEUDA A FRACCIONAR Hasta S/. 500.00 Nuevos Soles

Articulo 10º.- CUOTA INICIAL DE FRACCIONAMIENTO La cuota inicial de fraccionamiento se cancelara de acuerdo con el monto de la deuda a fraccionar luego de aplicar lo dispuesto en el articulo 5º de la presente Ordenanza, de la forma siguiente: NUMERO DE CUOTAS

CUOTA INICIAL MINIMA

20% del monto de la deuda materia Hasta un MORDAZA de seis (6) cuotas de acogimiento De S/. 501.00 a 15% del monto de la deuda materia Hasta un MORDAZA de seis (6) cuotas S/. 1,000.00 Nuevos Soles de acogimiento Mayor a S/. 1,001.00 Nuevos 10% del monto total de la deuda Hasta un MORDAZA de doce (12) cuotas Soles materia del acogimiento. A su eleccion, el deudor podra pagar un monto mayor de cuota inicial de fraccionamiento. Articulo 11º.- CUOTA DE FRACCIONAMIENTO Cada cuota de fraccionamiento esta compuesta por: a) La amortizacion de la deuda: La cuota de amortizacion se obtiene de dividir el saldo de la deuda acogida, despues de descontar la cuota inicial, entre un MORDAZA de seis (6) o doce (12) cuotas, segun corresponda. Las cuotas de amortizacion no podran ser menores a S/. 20.00, segun sea el caso. b) Interes de fraccionamiento: Es el interes calculado desde el dia siguiente a la aprobacion del fraccionamiento hasta la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas. En caso que se cancele una cuota de fraccionamiento, MORDAZA de su fecha de vencimiento, se aplicara el interes de fraccionamiento por los dias transcurridos entre la fecha de aprobacion del fraccionamiento y la fecha de pago. La tasa aplicable para el calculo del interes sera el 80% de la TIM vigente a la fecha de aprobacion de la solicitud de fraccionamiento. Articulo 12º.- VENCIMIENTO DE LAS CUOTAS DE FRACCIONAMIENTO La cuota inicial debera ser cancelada conjuntamente con la MORDAZA del formato. La MORDAZA cuota tendra como fecha de vencimiento el ultimo dia habil del mes siguiente. Las cuotas restantes venceran siempre el ultimo dia habil de cada mes. A la cuota de fraccionamiento que no sea cancelada en su oportunidad se le aplicara el 80% de la TIM vigente. Este interes se aplicara a partir del dia siguiente del vencimiento de la cuota hasta la fecha de pago de la misma. Articulo 13º.- APLICACION SUPLETORIA DEL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO En todo lo no regulado en la presente Odenanza se aplicaran supletoriamente las normas que regulen el fraccionamiento de deudas tributarias y deudas no tributarias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo 14º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS ANTERIORES Podran acogerse al presente Beneficio las cuotas pendientes de pago correspondientes a fraccionamientos vigentes asi como las deudas originadas por fraccionamientos cuya perdida ha sido declarada, pagando al contado las mismas, sin interes de fraccionamiento ni intereses moratorios. Lo dispuesto es aplicable a las deudas tributarias y deudas no tributarias. Articulo 15º.- SUSPENSION DE PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION COACTIVA Con el acogimiento al presente Beneficio, se suspendera los procedimientos de ejecucion coactiva que se hubieran iniciado. Articulo 16º.- DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN MORDAZA DE EJECUCION COACTIVA En el caso de las deudas tributarias que se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva sera requisito previo, para el acogimiento al presente Beneficio, la cancelacion de gastos y costas procesales generadas en dicho MORDAZA mas la acreditacion del pago, por unica vez, de trece nuevos soles (S/. 13.00). Articulo 17º.- REINICIO DE COBRANZA ORDINARIA Y COACTIVA Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procedera a ejecutar la cobranza total del integro de los tributos adeudados, reiniciandose la cobranza ordinaria y coactiva a que hubiere lugar. Articulo 18º.- DESISTIMIENTO Cuando el deudor MORDAZA iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la Administracion Tributaria u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, debera desistirse del procedimiento o presentar MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Articulo 19º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y regira hasta el 30 de diciembre del 2003.

DISPOSICIONES FINALES
Articulo Primero.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para la ejecucion de la presente Ordenanza, asi como para ampliar el plazo de vigencia de la misma. Articulo Segundo.- Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no seran materia de devolucion o de compensacion alguna. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, Subgerencia de Gestion Tecnologica y a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Publicas velar por el estricto cumplimiento y difusion de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22925

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Aprueban Amnistia General de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 014-2003-MDP/A
MORDAZA, 6 de diciembre del 2003

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