Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2003 (10/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 10 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, establece las normas aplicables al procedimiento inspectivo y de defensa del trabajador, senalando las sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones legales laborales o de seguridad y salud en el trabajo; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 020-2001-TR, Reglamento de la Ley de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, ha previsto beneficios transitorios para la micro y pequena empresa, los que tienen en consideracion su importancia economica, y el interes en su desarrollo, para los que el Estado debe emitir las normas correspondientes; Que, por ello corresponde que se amplie por un periodo adicional, el beneficio transitorio para la micro y pequena empresa que preve el Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 020-2001-TR, en los terminos siguientes: Segunda.- Beneficio transitorio para la micro y pequena empresa Hasta el 31 de diciembre de 2003, las pequenas y micro empresas tienen un beneficio de reduccion de la multa del 20% adicional a lo que prescribe el articulo 45º del Reglamento. Igualmente, durante este periodo, el plazo MORDAZA para la subsanacion de las infracciones previstas en el articulo 34º del Reglamento para las inspecciones programadas especificas, es de 20 (veinte) dias habiles. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 00483

conservacion y reparacion de los puentes: Independencia, Carrasquillo y Cascajal y del Baden Querpon en los departamentos de Tumbes, MORDAZA y MORDAZA, asi como de la contratacion de los servicios de supervision de las referidas obras; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de setiembre de 2002, se publico el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, que declaro en Estado de Emergencia, ante la inminencia del Fenomeno El MORDAZA por el plazo de sesenta (60) dias a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y San MORDAZA, a efectos de que determinadas entidades, entre las que se encuentra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, puedan ejecutar al MORDAZA del referido Decreto Supremo, obras y acciones de prevencion y mitigacion de danos, previamente sustentadas por las instancias del Sistema Nacional de Defensa Civil y priorizadas por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 1172002-PCM, publicado con fecha 14 de noviembre de 2002, se ha prorrogado con eficacia anticipada al 6 de noviembre de 2002 por el termino de 60 dias adicionales el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 0882002-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 093-2002-PCM y 098-2002-PCM; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 048-2002 se suspendio la aplicacion de lo dispuesto en los articulos 6° y 10º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, respecto al cumplimiento del Ciclo del Proyecto, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica aprobados en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003"; Que, asimismo, mediante Resolucion Directoral Nº 0082002-EF/68.01, se aprobo la Directiva Nº 003-2002-EF/ 68.01 "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003", donde se establece un procedimiento especial aplicable a los Proyectos de Inversion Publica a ejecutarse en el MORDAZA del "Programa de Prevencion ante la eventual ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA 2002-2003"; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 043-2002-MTC/ 20.GMR.SUM, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Nacional -PROVIAS NACIONAL-, tiene como prioridad la conservacion del Patrimonio y de la Infraestructura vial y dentro de su Plan Operativo Anual para el presente periodo presupuestal, ha previsto la atencion de proyectos y obras de mantenimiento en cada uno de los departamentos del Peru; Que, asimismo, de acuerdo al referido Informe Tecnico, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Nacional -PROVIAS NACIONAL-, dentro de sus funciones y responsabilidades para el mantenimiento de la Red Vial Nacional encargo realizar los estudios que determinen las obras complementarias que necesariamente son imprescindibles ejecutar para que la Infraestructura Vial a su cargo pueda soportar cualquier accion o evento extraordinario que derive del Fenomeno El Nino; Que, en tal sentido, segun senala el citado Informe Tecnico, la Universidad Nacional de Ingenieria realizo los estudios de las obras de prevencion y reparacion de puentes y badenes en los departamentos de Tumbes, MORDAZA y MORDAZA, determinando los trabajos que se debian ejecutar para el mantenimiento prevencion y reparacion de los Puentes: Independencia, Carrasquillo y Cascajal asi como del Baden Querpon, los mismos que se detallan en el Informe Tecnico Nº 043-2002-MTC/20.GMR.SUM; Que, de acuerdo al referido Informe Tecnico, el costo referencial de las referidas obras de mantenimiento preventivo, conservacion y la supervision de las mismas, asciende a la suma de 4 222 754.82 (Cuatro millones doscientos veintidos mil setecientos cincuenta y cuatro con 82/100 nuevos soles); Que, de acuerdo al Informe Tecnico, es imprescindible realizar el mantenimiento previsto para mejorar la transitabilidad y la estabilidad del pavimento ante el Fenomeno del MORDAZA que se aproxima y que de no realizarse las obras de mantenimiento preventivo de emergencia y conservacion

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a PROVIAS NACIONAL realizar ejecucion de obras y contratacion de supervision de las mismas, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 831-2002 MTC/02 MORDAZA, 31 de diciembre de 2002 VISTOS: La Nota de Elevacion Nº 593-2002-MTC/20, Memorandum Nº 1975-2002-MTC/20-GMR, Informe Tecnico Nº 0432002-MTC/20GMR.SUM, Oficio Nº 7338-2002-INDECI/1.0 e Informe Legal Nº 1700-2002-MTC/08 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para la ejecucion de las obras de prevencion de emergencias,

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