Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2003 (18/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 18 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES
Impuestos (Pasajes) US$ Tarifa CORPAC

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103,38 28,00

Banco de la Republica Oriental del Uruguay y el Comite Latinoamericano de Derecho Bancario, con el fin de participar en el XXII Congreso Latinoamericano de Derecho Bancario, el mismo que se llevara a cabo del 19 al 21 de marzo de 2003, en la MORDAZA de Punta del Este, Republica Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO:

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, en el citado Congreso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este organismo de regulacion, supervision y control, orientados principalmente a ampliar el conocimiento tecnico-legal de los participantes con la finalidad de afrontar mejor las nuevas exigencias del MORDAZA financiero en esta era de globalizacion economica, asi como servir de foro para el intercambio de ideas y experiencias en materia legal aplicada a la actividad bancaria entre los representantes de diversos paises de la region; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2003, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2003; Que, se ha considerado conveniente designar, en esta oportunidad, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Jefe del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que en representacion de esta Superintendencia participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 5051-2003 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM085-03; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Jefe del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, a la MORDAZA de Punta del Este, Republica Oriental del Uruguay, del 18 al 22 de marzo de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Ar ticulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente detalle

MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 05217

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INABEC
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de mensajeria, vigilancia y limpieza
INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO RESOLUCION JEFATURAL Nº 036-JI-INABEC/2003 San MORDAZA, 25 de febrero de 2003 VISTO: El Informe Nº 038-OA-INABEC, de la Oficina de Administracion; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla la situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, el Articulo 108º, inciso 2, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la exoneracion por situacion de urgencia, senalando que la misma debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones respectivas; Que, mediante el informe de visto, se sustenta la urgente necesidad de efectuar las contrataciones de los servicios en referencia, toda vez que comprometen en forma directa la continuidad de los servicios esenciales, por lo que resulta procedente contratar dichos servicios, por estas razones esta Oficina declara la situacion de urgencia por un plazo de 90 dias; Con la visacion de la Subjefatura, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoramiento Institucional, el Area de Asesoria Juridica y Responsable de Presupuesto; en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del INABEC y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 041-JI/INABEC-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en SITUACION DE URGENCIA la contratacion de los Servicios de Mensaje-

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