Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2004 (01/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2004

Articulo 35º.- El proyecto comprendera la MORDAZA de un plan de gestion de 3 anos, concordante con los planes institucionales, los lineamientos del mismo seran elaborados por cada comision de concurso. La comision podra solicitar al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud u otra instancia los lineamientos del proyecto de gestion. Estos lineamientos seran considerados en las bases del concurso. Articulo 36º.- Los resultados del concurso seran publicados en un cuadro de merito, para que los postulantes puedan presentar reclamos de considerarlo pertinente, de acuerdo al cronograma establecido. La publicacion se realizara a traves de la direccion de personal de cada establecimiento de salud en concurso. Articulo 37º.- Cualquier postulante podra solicitar por escrito MORDAZA del detalle de las calificaciones otorgadas, la misma que le sera entregada dentro de los dos dias habiles siguientes de presentada su solicitud. Articulo 38º.- Los cargos jefaturales que hayan sido declarados desiertos, en MORDAZA convocatoria seran concursados con caracter abierto para el pliego al cual pertenezcan, siempre y cuando correspondan a una plaza presupuestada vacante. CAPITULO VI DE LOS RESULTADOS, RECONSIDERACIONES Y APELACIONES Articulo 39º.- Los resultados seran publicados en la direccion de personal del respectivo hospital o instituto especializado y la publicacion incluira el orden en que han quedado calificados los postulantes a traves de un cuadro, donde se indicara el puntaje respectivo. Articulo 40º.- En el supuesto en que dos o mas postulantes empaten, no obstante haberse aplicado el criterio de tiempo de servicios, el ganador decidira en funcion al mayor nivel ocupacional y en caso de persistir el empate por el tiempo de permanencia en el citado nivel. Articulo 41º.- El postulante que no estuviera de acuerdo con el resultado final, luego de la publicacion del orden de meritos, tendra dos dias habiles para presentar su recurso de reconsideracion, ante la comision del concurso, la que absolvera la solicitud dentro de los tres dias habiles siguientes. Articulo 42º.- Las comisiones de concurso y/o apelacion se encuentran prohibidas de asignar puntajes de manera distinta a la propuesta por cada postulante, para efectos de lo cual cada comision de concurso debera cuidar de insertar en las bases del concurso, formatos de MORDAZA de informacion. Articulo 43º.- En todos los casos las comisiones en el acta correspondiente, deberan dejar MORDAZA de la calificacion otorgada a cada uno de los documentos presentados por cada postulante. En ningun caso, ya sea en via de reconsideracion o apelacion, las comisiones podran calificar documentacion nueva. CAPITULO VII DE LA VACANCIA Articulo 44º.- El desempeno de los cargos jefaturales concursados, puede concluir o interrumpirse por: a. Renuncia. b. Fallecimiento. c. Sancion disciplinaria de cese temporal mayor a 30 dias o destitucion. d. Inhabilitacion para ejercer la profesion. e. Sentencia judicial por delito doloso que conlleve la pena de inhabilitacion para el ejercicio de la profesion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En los casos que el cargo jefatural a concursar se encuentre comprendido en las estructuras organicas de reciente creacion, los postulantes quedan exceptuados del requisito de permanencia en el desempeno de funciones, siempre que acrediten tener titulo. Segunda.- La designacion para el desempeno de un cargo de confianza de mayor jerarquia suspende el plazo de ejercicio del cargo senalado en el articulo 3 del presente reglamento. Tercera.- Los correspondientes organos de control Interno, de ser el caso, tienen la responsabilidad de realizar las acciones de control posterior sobre el desarrollo del presente

MORDAZA de concurso que consideren pertinentes para verificar el cabal cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el MORDAZA de lo dispuesto por el presente Reglamento. Cuarta.- El Ministerio de Salud expedira mediante Resolucion Ministerial las normas complementarias del presente Reglamento. Quinta.- El Seguro Social de Salud (ESSALUD), los Institutos de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, en el MORDAZA de su autonomia administrativa, emitira las resoluciones para regular el presente MORDAZA, rigiendose por los dispuesto en el presente reglamento en lo que le fuere aplicable y el regimen laboral vigente para dicha institucion. 06548

Designan representantes titular y alterno del ministerio ante el Consejo Directivo de DEVIDA
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2004-SA MORDAZA, 31 de marzo del 2004 CONSIDERANDO: Que el articulo 2º de la Ley Nº 27629 - Ley de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas senala que la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA tiene como objetivo, entre otros, disenar y conducir la politica nacional de lucha contra el trafico ilicito de drogas y el consumo legal de drogas toxicas; Que mediante Ley Nº 28003 se establece que para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas DEVIDA cuente con un Consejo Directivo; Que el articulo 22º del Reglamento de la Ley Nº 27629, modificado por el Decreto Supremo Nº 101-2003-PCM, establece que DEVIDA debera ser conformado por un representante titular con rango de Viceministro o cargo equivalente y un representante alterno con rango no menos de Director General o su equivalente, con poder de decision para implementar la estrategia nacional de lucha contra las drogas de su sector; Que mediante Resolucion Suprema Nº 004-2004-SA se acepto la renuncia del Dr. Ysmael NUNEZ MORDAZA al cargo de Viceministro de Salud del Ministerio de Salud; Que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado su renuncia al cargo de representante alterno, del Ministerio de Salud, ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; Que en consecuencia, es necesario designar un representante titular y otro alterno como representante del sector ante el Consejo Directivo de DEVIDA; y, De conformidad con el articulo 8º literal "l" de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y el numeral 9 del articulo 1º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Promocion de la Salud, como representante del Ministerio de Salud ante el Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, como representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA al Dr. MORDAZA Henrry MORDAZA SAKODA, Viceministro de Salud, como representante titular y; como representante alterno, al Dr. MORDAZA MORDAZA DE VINATEA BELLATIN, Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 06554

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