Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

SUNAT
Designan Intendente Regional Tacna
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 058-2004/SUNAT MORDAZA, 27 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 009-2004/SUNAT, se designaron Intendente Regional Tacna e Intendente Regional Ica a los senores MORDAZA MORDAZA Gamero MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aguayo MORDAZA, respectivamente; Que por necesidad institucional se ha estimado conveniente dejar sin efecto dichas designaciones, y proceder a designar al trabajador de esta Superintendencia que asumira el cargo de Intendente Regional Tacna; En uso de las facultades conferidas por el inciso d) del Articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 31 de agosto de 2004, las designaciones efectuadas a las siguientes personas en los cargos que a continuacion se senalan, dandoles las MORDAZA por su desempeno en la labor encomendada: - INTENDENTE REGIONAL TACNA Sr. MORDAZA MORDAZA Gamero MORDAZA - INTENDENTE REGIONAL ICA Sr. MORDAZA MORDAZA Aguayo MORDAZA Articulo 2º.- Designar, a partir del 31 de agosto de 2004, Intendente Regional Tacna al senor MORDAZA MORDAZA Aguayo Rivera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 15621

por los servicios publicos de suministro de energia electrica y agua, asi como por los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 79º de la Ley Nº 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos, califica a la distribucion de gas natural por red de ductos como un servicio publico, por lo que cabe otorgar a dicho servicio el mismo tratamiento previsto para los servicios publicos mencionados en el considerando anterior; En uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2000-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporese como inciso o) del numeral 6.1 del articulo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y modificatorias, el siguiente texto: "o) Recibos emitidos por el servicio publico de distribucion de gas natural por red de ductos, prestado por las empresas concesionarias de dicho servicio, a que se refiere el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM y normas modificatorias. El recibo incluira los cargos detallados en el articulo 106º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos y podra servir asimismo para facturar los conceptos a que se refieren los articulos 67º, 68º y 77º del citado reglamento. Para efectos de la emision de este recibo, el servicio publico de distribucion de gas natural por red de ductos no comprende a aquel que es prestado con la finalidad de ser comercializado a terceros." Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. DISPOSICION FINAL Unica.- Agreguese al anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 025-97/SUNAT y modificatorias, que aprueba la codificacion de los tipos de documentos autorizados por el Reglamento de Comprobantes de Pago, el siguiente codigo y denominacion: CODIGO 36 DENOMINACION COMPLETA Recibo de Distribucion de Gas Natural

Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 15654

Modifican el Reglamento de Comprobantes de Pago
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 197-2004/SUNAT MORDAZA, 27 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25632, modificado por el Decreto Legislativo Nº 814, establece que se considera comprobante de pago todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestacion de servicios, calificado como tal por la SUNAT; Que, el literal f) del articulo 2º del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y modificatorias, senala que se consideran comprobantes de pago los documentos autorizados en el numeral 6 del articulo 4º del citado Reglamento, entre los cuales se encuentran los recibos emitidos

Aprueban Normas sobre Recibos de Distribucion de Gas Natural
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 198-2004/SUNAT MORDAZA, 27 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25632, modificado por el Decreto Legislativo Nº 814, establece que se considera comprobante de pago todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestacion de servicios, calificado como tal por la SUNAT; Que el literal f) del articulo 2º del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y modificatorias, senala que

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