Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2004 (08/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2004

Que, el articulo 25º del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que las bases de una Licitacion Publica o Concurso Publico seran aprobadas por el Titular del Pliego que lo convoca o por el funcionario designado por este ultimo; y el articulo 37º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el tercer parrafo dispone que elaboradas las bases por el Comite Especial, este las elevara a la autoridad competente para su aprobacion; Que, el articulo 42º del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que la entidad podra ordenar y pagar directamente la ejecucion de las prestaciones adicionales hasta por el 15% de su monto, siempre que MORDAZA indispensables para alcanzar la finalidad del contrato; asi mismo podra reducir servicios u obras por el mismo porcentaje; Que, la tercera disposicion final de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone que solo procedera la ejecucion de obras adicionales, cuando se cuente, previamente, con disponibilidad presupuestal, con aprobacion del Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, mediante la Resolucion correspondiente y en los casos en que su valor, restandole los presupuestos deductivos vinculados a tales adicionales, no superen el 10% del monto del contrato original; Que, el articulo 135º del referido Reglamento de la Ley Nº 26850, MORDAZA que para alcanzar la finalidad del contrato y mediante Resolucion previa, el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra disponer la ejecucion de prestaciones adicionales, para lo cual debera contar con la asignacion presupuestal u ordenar la reduccion de dichas prestaciones; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, asi como sus normas complementarias y modificatorias, establecen mecanismos administrativos para la solucion de controversias e impugnaciones durante el desarrollo de los procesos de seleccion; Que, de acuerdo con el MORDAZA de economia, establecido en el articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el MORDAZA de simplicidad establecido en el articulo 4º del Titulo preliminar del la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los tramites establecidos por la autoridad administrativa deben ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; De conformidad con la Ley Nº 27860, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001 PCM, y el Reglamento de dicho Texto aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, con sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar al Comandante General del Ejercito, MORDAZA Autoridad Administrativa de la Unidad Ejecutora 003: Ejercito del Peru del Pliego 026: Ministerio de Defensa, la facultad de la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Caracter Publico del Ejercito del Peru y sus modificaciones por inclusiones y exclusiones para el Ano Fiscal 2004. Articulo 2º.- Facultar al Comandante General del Ejercito, a delegar, a los Jefes de las Unidades Operativas del Ejercito del Peru, las funciones para las Adquisiciones y Contrataciones de Caracter Publico del Ejercito del Peru, que a continuacion se indican: a) Nombrar los Comites Especiales de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica. b) Nombrar los Comites Especiales Permanentes de los procesos de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. c) Aprobar las Bases Administrativas de los Procesos de Seleccion MORDAZA indicados. d) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales o su reduccion hasta el limite establecido en la normatividad vigente. e) Cancelar los procesos de seleccion, en los casos que corresponda.

f) Suscribir los Contratos derivados de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 02643

Facultan al Comandante General del Ejercito a suscribir Convenios relativos a Proyectos de infraestructura vial, terrestre, aerea, acuatica y de apoyo a la Defensa Civil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2004-DE/EP

MORDAZA, 5 de febrero de 2004 Vista la Resolucion presentada por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, mediante la cual solicita se le otorgue facultades para suscribir, durante el presente ano, en nombre y en representacion del senor Ministro de Defensa, los Convenios relacionados con la ejecucion de Proyectos de Infraestructura Vial, Terrestre, Aerea, Acuatica y de apoyo a la Defensa Civil, con los titulares o Representantes de los Gobiernos Regionales o Locales y de los Titulares o Representantes de Organismos Publicos Descentralizados. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en el articulo 171º que, las Fuerzas Armadas y Policia Nacional participan en el desarrollo economico y social del MORDAZA y en la defensa civil de acuerdo a Ley; Que, el Decreto Legislativo Nº 437 "Ley Organica del Ejercito" senala en su articulo 3º que, el Ejercito tiene como finalidad primordial, garantizar la independencia, soberania e integridad territorial en la Republica, en el ambito de su competencia interviene en los Estados de Excepcion de acuerdo a la Constitucion Politica del Estado, y, participa en el desarrollo economico y social del MORDAZA y en la Defensa Civil de acuerdo a Ley; Que, ante los requerimientos de los Titulares o Representantes de los Sectores del Poder Ejecutivo, de los Titulares o Representantes de los Gobiernos Regionales o Locales y de los Titulares o Representantes de los Organismos Publicos Descentralizados, para la suscripcion de Convenios relacionados con la ejecucion de Proyectos de Infraestructura Vial, Terrestre, Aerea, Acuatica y de apoyo a la Defensa Civil; a fin de viabilizar los tramites, se hace necesario que el titular del Ministerio de Defensa, faculte al senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, para que en su nombre y representacion suscriba los mencionados Convenios; asi como de ser el caso, delegue en el Director de Asuntos Civiles del Ejercito y en los Comandantes Generales de las Regiones Militares, la facultad que le es conferida; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Brigada Director de Asuntos Civiles del Ejercito y a lo recomendado por el senor General de Ejercito Comandante General de Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Facultar al senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, para que en nombre y representacion del senor Ministro de Defensa, en el presente ano, suscriba los Convenios relacionados con los Proyectos de Infraestructura Vial, Terrestre, Aerea, Acuatica y de apoyo a la Defensa Civil, con los Titulares o Representantes de los Sectores del Poder Ejecutivo, de los Titulares o Representantes de los Gobiernos Regionales o Locales y de los Titulares o Representantes de los Organismos Publicos Descentralizados. Articulo 2º.- La facultad a que se refiere el articulo precedente, solo se circunscribe al acto juridico de re-

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