Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2004 (22/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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- Clausula 18 de los Contratos de Concesion aprobados por Decreto Supremo Nº 11-94-TC y sus modificatorias, de los que es titular Telefonica del Peru S.A.A., y - "Reglamento General de Infracciones y Sanciones", aprobado por Resolucion del Consejo Directivo Nº 002-99CD/OSIPTEL, asi como sus normas complementarias, modificatorias y sustitutorias. V. GLOSARIO ABONADO o SUSCRIPTOR: Es el usuario que ha celebrado un contrato de prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones con una empresa explotadora de dichos servicios. AJUSTE TARIFARIO: Modificaciones periodicas, realizadas cada trimestralmente, de las tarifas de los servicios de telecomunicaciones de Categoria I que prestan la empresa concesionaria de acuerdo a los mecanismos previstos en los contratos de concesion y dentro de los plazos que los mismos contratos preven. CANASTA: Es una agrupacion de servicios y su clasificacion se deriva de lo previsto en la clausula 9 de los contratos de concesion. CARGO UNICO DE INSTALACION: Pago que debe realizar el abonado por una sola vez al establecimiento de una conexion nueva de servicio de telefonia fija local. CONTRATO DE CONCESION: En este instructivo, "contrato de concesion" se referira a los contratos de concesion aprobados por Decreto Supremo Nº 11-94-TC y sus modificatorias, de los cuales es titular Telefonica del Peru S.A.A.. ELEMENTO TARIFARIO: Denominacion de los componentes de cada canasta de telefonia fija que presta la empresa concesionaria, por el cual se cobra una tarifa especifica. Cada elemento tarifario corresponde a algun servicio clasificado como de Categoria I. EMPRESA CONCESIONARIA: Para efectos del presente instructivo la empresa concesionaria es Telefonica del Peru S.A.A.. LINEAS DE CONSUMO ABIERTO: Estas son lineas que permiten el acceso automatico para llamadas locales. En el caso de las llamadas locales fijo-fijo, una vez consumido el tiempo libre incluido en la renta mensual por la conexion del servicio de telefonia fija, el abonado puede seguir efectuando llamadas locales fijo-fijo a traves de acce-

so automatico. Las llamadas de larga distancia y cualquier otro MORDAZA de llamada pueden ser efectuadas a traves de acceso automatico y tarjetas de pago. LINEAS DE CONSUMO CONTROLADO: Estas son lineas que solamente permiten el acceso automatico para las llamadas locales fijo-fijo correspondientes al tiempo libre incluido en la renta mensual por la conexion del servicio de telefonia fija . Las llamadas locales fijo-fijo adicionales, las llamadas de larga distancia y cualquier otro MORDAZA de llamada pueden ser efectuadas unicamente a traves de tarjetas de pago. LLAMADA TELEFONICA LOCAL FIJO-FIJO: Es la llamada telefonica establecida entre dos equipos terminales, perteneciente a un red de telefonia fija, ubicados en la misma MORDAZA de tasacion local. MEDIOS DE ACCESO: En el caso de llamadas locales los medios de acceso son acceso automatico y tarjetas de pago. En el caso de las llamadas de larga distancia nacional e internacional, los medios de acceso seran acceso automatico a traves de preseleccion y/o llamada por llamada, tarjetas de pago y via operadora. PERIODO BASE: Se refiere al periodo base utilizado para el reporte de las unidades de consumo de cada elemento tarifario. El periodo base estara conformado por el trimestre que finaliza dos meses MORDAZA de la fecha efectiva propuesta para el ajuste de tarifas. PLAN TARIFARIO: Un plan tarifario es un producto ofrecido por la empresa concesionaria para la prestacion de sus servicios. A traves de los planes tarifarios se brindan diferentes opciones para la utilizacion de los servicios prestados por la empresa concesionaria. RATIO TOPE PROPUESTO: El ratio tope propuesto para cada elemento tarifario resulta de dividir la tarifa propuesta (para el trimestre "n") entre la tarifa establecida en el trimestre "n-1" o la tarifa de partida correspondiente. TARIFA PROMEDIO PONDERADA: Resulta de la sumatoria de los productos de las tarifas de los elementos tarifarios por sus respectivos factores de ponderacion dentro de cada servicio. TARJETA DE PAGO: Para efectos de este instructivo, se entiende por tarjeta de pago al medio de acceso que permite realizar comunicaciones utilizando un codigo de identificacion personal asignado para cada usuario por la empresa concesionaria que presta el servicio.

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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