Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2004 (13/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 2004

describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11237

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al MORDAZA, la funcionaria cuyo viaje se autoriza, debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase. Articulo 5º.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11238

Autorizan viaje de Gerente General de OSIPTEL para participar en negociaciones para la suscripcion del Tratado de Libre Comercio con EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 207-2004-PCM MORDAZA, 11 de junio de 2004 Vista, la Carta Nº 040-GPR/2004 del Gerente de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, en la Primera Reunion de Negociaciones para la suscripcion del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de MORDAZA se acordo la realizacion de una MORDAZA Reunion de Negociaciones, a llevarse a cabo en Atlanta, Estados Unidos de MORDAZA, el 14 al 18 de junio de 2004; Que, la Reunion de la Mesa de Negociacion de Servicios de Telecomunicaciones se realizara el dia 14 de junio de 2004; Que, en el Subgrupo de Negociacion de Telecomunicaciones se trataran temas de interes institucional para el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, por lo que resulta relevante la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Gerente General del mencionado organismo regulador; Que, los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto seran asumidos por el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Gerente General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la MORDAZA de Atlanta, Estados Unidos de MORDAZA, del 13 al 15 de junio de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del presupuesto del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL- de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 645,22 US$ 440,00 US$ 28,24

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de ilicitos penales en agravio del CONSUCODE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2004-PCM MORDAZA, 9 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 265-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 4182004(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el articulo 58º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE es un organismo publico descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme se aprecia de la Resolucion Nº 213-2003CONSUCODE/PRE emitida por el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE con fecha 31 de agosto de 2001, el senor MORDAZA MORDAZA Loncharich, representante legal de la empresa MORDAZA MORDAZA Contratistas Generales SRL. solicito la renovacion de la inscripcion de su representada como ejecutora de obras ante el Registro Nacional de Contratistas, la que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 1800-2001/RNC-CONSUCODE, expidiendose el Certificado de Inscripcion Nº 1185, con vigencia hasta el 26 de setiembre de 2003; Que, la citada Resolucion Nº 213-2003-CONSUCODE/ PRE de fecha 5 de agosto de 2003 indica que el representante legal de la empresa MORDAZA MORDAZA Contratistas Generales SRL. suscribio el Formulario Oficial de Declaracion Jurada de Veracidad de Documentos y de Informacion, manifestando que toda la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos y que conocia de las sanciones aplicables en caso que se comprobase que lo expresado en dicha declaracion no se ajustase a la verdad; Que, la empresa MORDAZA MORDAZA Contratistas Generales SRL. acredito como integrante de su plantel tecnico al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ergueta; Que, de las comunicaciones cursadas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ergueta, este manifesto mediante comunicacion de fecha 17 de febrero de 2002 que su relacion laboral con la referida empresa termino el 31 de agosto de 2001 y por tanto no debio considerarse su nombre en el formulario oficial denomina-

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