Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2004 (15/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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documentacion tecnica elaborada por la Direccion de Conservacion del Patrimonio Cultural Museos - Departamento de Arquitectura de la Direccion Regional de Cultura La MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura sobre la Propuesta de Delimitacion de MORDAZA Monumental Protegida, MORDAZA Natural Protegida, Integrada al Paisaje Monumental de la MORDAZA de la Antigua Hacienda de Sojo; Que, con fecha 4 de MORDAZA de 2003 la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos emitio el Acuerdo Nº 08, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. El Oficio s/nº del senor MORDAZA MORDAZA Checa MORDAZA de fecha 11/03/2003 mediante el cual anexa documentacion referente a la MORDAZA de arboles de algarrobo y nivelacion de terreno en la MORDAZA anexa al contexto de la Casona de la Antigua Hacienda de Sojo y solicita se delimite el area intangible. 2. El Oficio Nº 301-2003/INCPIURA del 25/03/2003 mediante el cual el antropologo MORDAZA MORDAZA Chaparro MORDAZA remite el Informe Nº 0052003-DP. PT. AE2 de la Defensoria del Pueblo. 3. El Memorandum Nº 145-2003-INC/DGPA-D del Mag. MORDAZA Guarisco Canseco mediante el cual adjunta el Informe Nº 357-2003-INC/DGPMH-RAF. 4. Los Informes Nºs. 002-2003-DDC/LL-DCPCM-DA del 15/01/2003 y 0452003-DDC/LL-DCPCM-DD del 22/02/2003 de la Arq. MORDAZA Pechon MORDAZA, profesional de la DRC - La Libertad. 5. El Oficio Nº 576-2003-INC/PIURA mediante el cual en Antropl. MORDAZA Chaparro MORDAZA, Director Regional de Cultura MORDAZA remite la propuesta de delimitacion del area intangible elaborada por la Direccion de Conservacion del Patrimonio Cultural y Museos de la Direccion Regional de Cultura La Libertad. CONSIDERANDO: 1. Que, el inmueble se encuentra directamente ligado al paisaje por medio de una terraza con arqueria hacia la fachada principal y otra de similares caracteristicas, hacia la parte posterior con vista a los algarrobos y el rio Chira, constituyendo la MORDAZA y el entorno paisajistico una unidad indisoluble debiendo ser la proteccion total. 2. Que, la Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion en su articulo 4º dispone que la proteccion de los bienes inmuebles comprende el suelo y subsuelo en que se asientan, los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesita para cada caso. 3. Que, el inmueble se encuentra en mal estado de conservacion. 4. Que, el Informe Nº 38-2002/UC-INC-PIURA de la DRC - MORDAZA da cuenta de la verificacion de la nivelacion con maquinaria pesada de aproximadamente 1.24 Has. a 20.00 m. de la casona y de la constatacion de la MORDAZA de arboles de algarrobo en la MORDAZA oeste parte baja, realizadas por la Empresa Energoprojekt alterando el entorno paisajistico de la Antigua Hacienda Sojo. 5. Que, en el material fotografico se puede apreciar la cobertura arborea que tenia la MORDAZA asi como los trabajos de la maquinaria de Energoprojekt alterando el entorno paisajistico de la Antigua Hacienda de Sojo. 6. Que, el Proyecto Especial Chira-Piura como propietario de las obras de la III Etapa que ejecuta la Empresa Energoprojekt no superviso los trabajos adecuadamente. 7. Que, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico senala que en la inspeccion realizada por el Arqlo. MORDAZA MORDAZA de la Direccion Regional de Cultura MORDAZA se han identificado 05 zonas arqueologicas y manifiesta la evidencia arqueologica del Periodo Intermedio MORDAZA correspondiente a un complejo arqueologico. SE ACORDO: 1. Delimitar el Area Intangible de la Antigua MORDAZA Hacienda Sojo de acuerdo al Plano DAI-026/INC, elaborado por la Direccion Regional de Cultura La MORDAZA, el cual forma parte del presente Acuerdo. 2. Disponer que los propietarios lleven a cabo obras de apuntalamiento a fin de prevenir mayores danos al inmueble y presenten un proyecto integral de restauracion del Monumento que considere la MORDAZA y entorno paisajistico. 3. Que, el Proyecto Especial Chira-Piura restituya el material extraido indebidamente a fin de contrarrestar posibles riesgos de inundacion y luego proceda a restituir las especies arboreas que existan MORDAZA de producirse la MORDAZA no autorizada en un plazo de sesenta dias. 4. Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA coordine la realizacion de un proyecto de evaluacion arqueologica con fines de delimitacion mediante pozos de excavacion a fin de deter-

minar el area arqueologica y establecer las medidas de proteccion de la misma e iniciar las investigaciones pertinentes a fin de determinar a los presuntos autores de danos producidos en los monticulos arqueologicos; Que, mediante Oficio Nº 1246-2003-INADE-PECHP8401 de fecha 14 de agosto del 2003, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Chira-Piura, realiza el descargo correspondiente a la Notificacion Nº 001-2003/INCPIURA de fecha 11 de agosto del 2003; Que, mediante Informe Nº 155-2003-INC/DCRM la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos, solicita continuar con los tramites de delimitacion del area intangible de la MORDAZA Antigua de la MORDAZA Hacienda Sojo - Piura; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos emitio el Acuerdo Nº 03 de fecha 29 de octubre del 2003, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: El Oficio Nº DP-P 1435-03 de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Defensoria del Pueblo. 2. El Informe Nº 155-2003-INC/DCRM de la Arq. MORDAZA MORDAZA Capelli, Directora de Conservacion y Restauracion de Monumentos. 3. El Acuerdo Nº 08 del 04/07/2003 de la CNTCPA. CONSIDERANDO: 1. Que, es prioritario se delimite la MORDAZA intangible de la Antigua Hacienda de Sojo a fin que no se continue depredando la zona. 2.Que, mediante Acuerdo Nº 08 del 04/07/2003 en el punto 3 se dispuso que el proyecto especial Chira-Piura restituya el material extraido indebidamente y proceda a restituir las especies arboreas preexistentes. 3. Que, el proyecto especial Chira-Piura mediante Oficio Nº 1246/2003-INADE-PECHP-8401 ha hecho el descargo correspondiente manifestando que el responsable de las obras es la Empresa Contratista Energoproyekt, habiendose solicitado a la DRC-PIURA se le notifique al respecto (Oficio Nº 1521-2003-INC/DREPH). SE ACORDO: 1. Ratificar los considerandos 1, 2, 3 y 7 del Acuerdo Nº 08 del 04/07/2003 de la CNTCPA. 2. Delimitar la MORDAZA Monumental de amortiguamiento de la MORDAZA Hacienda Sojo de acuerdo al Plano DAI-026-2003/INC elaborado por la Direccion Regional de Cultura La MORDAZA, el cual forma parte del presente Acuerdo. 3. Disponer que los propietarios lleven a cabo obras de apuntalamiento a fin de prevenir mayores danos al inmueble y presenten un proyecto integral de restauracion del Monumento que considere la MORDAZA y el entorno paisajistico. 4. Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA coordine la realizacion de un proyecto de evaluacion arqueologica con fines de delimitacion mediante pozos de excavacion a fin de determinar el Area Intangible y establecer las medidas de proteccion de las mismas e iniciar las investigaciones pertinentes a fin de determinar a los presuntos autores de danos producidos en los monticulos arqueologicos; Con las visaciones de la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que Dispone Medidas de Proteccion que debe Aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la Ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI, que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Directoral Nacional Nº 350/INC, que dispone las funciones de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico; Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACUMULAR los Expedientes Nºs. 01276/2003, 00517/2003, 02762/2003, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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