Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2004 (30/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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REGLAMENTO DE ORGANIZACION, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL DE COMAS
Articulo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto regular el ejercicio de la representacion y defensa del Estado a nivel de Gobierno Municipal a cargo del Procurador Publico Municipal, estableciendo disposiciones sobre sus funciones, atribuciones y obligaciones, al igual que la del Procurador Adjunto Municipal y demas personal de apoyo profesional y tecnico necesario para el cabal ejercicio de la funcion. Articulo 2º.- El Procurador Publico es un funcionario designado por el MORDAZA y depende administrativamente de la Municipalidad y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo 3º.- La Procuraduria Publica Municipal es el Organo encargado de la defensa judicial de sus derechos e intereses de la Municipalidad. Esta a cargo del Procurador Publico Municipal y cuenta con un Procurador Publico Adjunto Municipal, asi como los Abogados-auxiliares y el personal de secretaria necesario. Articulo 4º.- El Procurador Publico, el Procurador Publico Adjunto, los Abogados que le presten apoyo profesional y los Abogados en los que se MORDAZA delegado representacion, son responsables administrativa, civil y penalmente conforme a Ley y segun corresponda, por los perjuicios causados a la Municipalidad en el ejercicio de sus funciones. Articulo 5º.- El Procurador Publico Municipal tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) Ejercitar en los juicios todas las acciones y recursos legales necesarios en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad, previa autorizacion expresa del Concejo. b) Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario de cualquier organo interno de la Municipalidad para el ejercicio de su funcion. c) Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario a cualquier entidad publica para el mejor ejercicio de su funcion. d) Informar permanentemente al MORDAZA y a los regidores sobre el estado de los asuntos encomendados para su defensa. e) Coordinar acciones permanentes con la Comision de Regidores de Asuntos Legales. f) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo, correspondiente a la Procuraduria Publica Municipal. g) Asignar funciones especificas al personal a su cargo. Articulo 6º.- El Procurador Adjunto Municipal colaborara con el Procurador Publico Municipal y lo reemplazara con las mismas atribuciones en los casos de vacaciones, ausencia, enfermedad, licencia o cualquier otro MORDAZA de impedimento de este, bastando la firma del Procurador Adjunto Municipal en los escritos que presente y/o documentos que suscriba para acreditar el impedimento del Procurador Publico Municipal. Ello no obstante, el Procurador Adjunto no podra intervenir sino con el conocimiento del Procurador Publico Municipal, bajo responsabilidad. Articulo 7º.- Para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion de la Municipalidad, el Procurador Publico debera contar con la autorizacion del Concejo Municipal y podra desistirse, allanarse, conciliar o transigir mediante Resolucion de Alcaldia previo Acuerdo de Concejo. Articulo 8º.- En forma extraordinaria, cuando el caso lo amerite y por su propia iniciativa, con cargo a dar cuenta para los efectos del Acuerdo de Concejo autoritativo pertinente, el Procurador Publico Municipal podra solicitar ante los jueces o ante quien corresponda, se dicten las medidas cautelares y/o se decreten y tramiten las diligencias previas necesarias para defender o promover los derechos de la Municipalidad. Articulo 9º.- El Procurador Publico Municipal podra conferir poder en juicio mediante acta o delegar su representacion, mediante simple escrito judicial a los Abogados auxiliares de la Procuraduria Publica Municipal. 10190

Aprueban MORDAZA Normativo que Regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo para el distrito de Comas
ORDENANZA Nº 120-C/MC
Comas, 19 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA del 2004, el Acuerdo de Concejo Nº 03-2004-CCLD/ MC, de fecha 11 de MORDAZA del 2004, del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Comas y, la propuesta presentada por el Regidor MORDAZA Arcesio MORDAZA MORDAZA, relacionados con el REGLAMENTO y el MORDAZA NORMATIVO; que Regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo del Distrito de Comas, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo V, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, de conformidad con el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, de conformidad con el Articulo 53º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, mediante la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; la misma que es reglamentada con el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; Que, el MORDAZA Normativo a aprobar tiene como objetivo regular el MORDAZA de programacion, participacion, concertacion, con la finalidad de formular el Presupuesto Participativo del Distrito de Comas; el cual fortalece las relaciones Estado-Sociedad, definiendo las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participacion de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecucion de los objetivos estrategicos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR, el MORDAZA Normativo que Regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo para el distrito de Comas; el cual consta de VI Titulos, Veinte (20) Articulos y Tres Disposiciones Transitorias y Complementarias, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza; en base a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto es de su competencia a las Gerencias: Planificacion y Presupuesto, Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana, Administracion Y Finanzas y Gerencia Municipal.

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