Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2004 (15/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de octubre de 2004

de la ocupacion directa y que a la fecha mantienen una posesion continua, pacifica y publica suficiente que les ha permitido construir medianamente, invertir en ciertas comodidades por lo que resulta necesario dotarlos de los servicios basicos; Que, como consecuencia de las caracteristicas expuesta en el considerando que antecede en 85 % de la poblacion del distrito no cuenta con servicios de agua potable domiciliario y el 89% de la poblacion no cuenta con servicio domiciliario de desague por lo que urge normar el procedimiento para la aprobacion de planos de las agrupaciones informales, siempre que cumplan con los requisitos que se establecen en la presente ordenanza, sin que ello implique documento de posesion; Que, el Pleno del Concejo ha aprobado mediante Ordenanza Nº 05-2004 y Ordenanza Nº 06-2005 con las que se ha declarado en Emergencia el MORDAZA de Titulacion de los Asentamiento Humanos, asi como se ha declarado de Necesidad y Utilidad Publicas los terrenos que ocupan los Asentamiento Humanos sin titulacion en el distrito, por lo que la presente MORDAZA resulta MORDAZA, razonable y concordante que se apruebe; Que de conformidad con lo previsto en el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Pleno de Consejo ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE APROBACION DE PLANOS PARA FINES DE SERVICIOS BASICOS DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA Articulo Primero.- Los Asentamientos Humanos que requieran desarrollar y que proyecten servicios basicos de infraestructura MORDAZA como son agua, desague y electrificacion, y que cuentan con los requisitos establecidos en la presente ordenanza, deberan tramitar ante esta Municipalidad la aprobacion de sus respectivos planos, mediante Resolucion de Alcaldia, que en ningun caso constituye titulo de propiedad, pero por su naturaleza dicha Resolucion servira para solicitarles a las Empresas prestadoras de servicios de agua potable y alcantarillado y de distribucion de energia electrica la aprobacion de proyectos y ejecucion de las obras definitivas. Articulo Segundo.- Para proceder a la solicitud conforme a lo senalado en el articulo precedente, los solicitantes, representantes de los Asentamiento Humanos, deberan contar con los requisitos establecidos en los articulos 896º, 950º y 952º del Codigo Civil. Articulo Tercero.- Los Asentamiento Humanos ademas necesariamente deberan contar con los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al alcalde. 2. MORDAZA que acredita vivencia y consolidacion de la posesion o que demuestre el ejercicio de una de las atribuciones de la propiedad. 3. En el caso de personas juridicas deberan acreditar su vigencia de mandato con la ficha Registral correspondiente a la Resolucion de reconocimiento de la organizacion vecinal. 4. Certificado de zonificacion y vias otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. 5. Plano de ubicacion escala 1/100,000 con coordenadas UTM. 6. Plano perimetrico y plano de Lotizacion con su respectiva memoria descriptiva que deberan contener las especificaciones tecnicas contenidas en el inciso c) del articulo 10º del D.S. Nº 044-98-MTC, y con coordenadas UTM, actas de colindancias suscritas por los interesados de los representantes legales de los interesados del proyecto. 7. Plano catastral actualizado conforme lo dispuesto por Resolucion Ministerial Nº 179-99-MTC/15.04. Articulo Cuarto.- La presente MORDAZA no es aplicable a los terrenos a los que MORDAZA procedido a la

venta irregular de lotes para vivienda sin habilitacion urbana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18425

Facultan al MORDAZA suscribir diversos documentos destinados a regularizar la transferencia de la propiedad de terrenos en favor de adjudicatarios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 075-2004/MDP Pucusana, 11 de setiembre de 2004. VISTO: el Acta de Sesion de Concejo de fecha 11 de setiembre de 2004, y el Informe Nº 128-04/OAJ/MDP; emitido por la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 26 de agosto de 2004, se acuerda la regularizacion de la transferencia de terreno. CONSIDERANDO: Que, al dictarse la Ley Nº 16233 de fecha 13 de setiembre de 1966, se faculta al Consejo Distrital de Pucusana vender en publica subasta los terrenos eriazos ubicados fuera del area MORDAZA a precio base fijados por el Ministerio de Fomento y Obras Publicas, no pudiendo ser los lotes de terreno menores a 2,500 metros cuadrados ni mayores a 5,000 metros cuadrados, teniendose preferencia como adjudicatarios a los habitantes del distrito y pudiendo ser subdivididos con expresa autorizacion del Concejo; Que, el MORDAZA de venta por subasta publica se efectuo sobre un area de terreno de 2'032,087.50 metros cuadrados, como consta del Expediente Nº 17000908-64-2003, que sin embrago el MORDAZA de saneamiento ha sido irregular, por cuanto los terrenos eriazos del distrito de Pucusana no fueron debidamente inscritos a nombre de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, en su condicion de beneficiaria como efecto de la Ley Nº 16233, pese a ello se efectuo la traslacion de dominio mediante subasta publica, lo que se ha visto postergado por mas de 39 anos, peor si los Acuerdos de Concejo, Resoluciones Administrativas dictadas durante este tiempo no establecieron el procedimiento adecuado para la obtencion del Titulo de Propiedad de cada uno de los adjudicatarios; Asimismo la regularizacion de la propiedad facilitara la ejecucion del Plan MORDAZA y Rural Distrital, facilitando de esta manera el acceso a los servicios basicos y a una vivienda decorosa; Que, es necesario otorgar facultades especiales y generales al MORDAZA Distrital de Pucusana don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que en representacion del Concejo Distrital de Pucusana, en su condicion de beneficiaria de la Ley Nº 16233, solicite ante las entidades publicas la inscripcion primera de dominio en favor de la Municipalidad Distrital de Pucusana, suscribiendo los documentos que MORDAZA necesario, asi como firmar la minuta, escrituras publicas, ampliacion o modificacion; y posteriormente suscribir minutas y escrituras publicas a fin de regularizar la transferencia de la propiedad en favor de los adjudicatarios; Que, con el afan de regularizar la propiedad los adjudicatarios se han agrupado en una Asociacion denominada Asociacion de Propietarios y Poseedores de Cerro Colorado con personeria Juridica debidamente Inscrita en el Registro de Personas Juridicas, libro de Asociaciones, la misma que ha propuesto un plano de Habilitacion MORDAZA al MORDAZA de la Ley Nº 26876 con el que con posterioridad debera dictarse la

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