Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2004 (23/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 23 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a contratar el Servicio de Asesoria y Coordinacion ante el Congreso de la Republica sobre Temas que involucren a la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, cuyo valor referencial es de S/. 24,000.00 (Veinticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), por el periodo de tres (03) meses, afectandose a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESTANA Jefe 17074

sido analizados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante "GART"), a traves del Informe GART-GAS/OSINERG - Nº 025-2004, que como Anexo N I se acompana a la presente resolucion, habiendose acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la Norma; Que, cumplidas las etapas a las que se refieren los parrafos precedentes, se encuentra expedita la aprobacion de la MORDAZA "Procedimiento para la determinacion de los Costos Extras de Distribucion", por parte del Consejo Directivo; Que, con la aprobacion de la referida MORDAZA, debe quedar sin efecto lo establecido en el Articulo 3º de la Resolucion Nº 097-2004-OS/CD, para la determinacion del Costo Extra de Distribucion; Teniendo en cuenta lo senalado en los Informes de la Asesoria Legal Nº OSINERG-GART-AL-2004-123 y OSINERG-GART-AL-2004-131; y, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERG aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la MORDAZA denominada "Procedimiento para la determinacion de los Costos Extras de Distribucion" . Articulo 2º.- Incorporese el Informe GART-GAS/OSINERG - Nº 025-2004, Anexo I, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dejese sin efecto todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debera ser consignada en la pagina Web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo MORDAZA "PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACION DE LOS COSTOS EXTRAS DE DISTRIBUCION (CED)" Articulo 1º.- Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion al calculo de Costos Extras de Distribucion (CED) correspondientes a toda

OSINERG
Aprueban la MORDAZA "Procedimiento para la determinacion de los Costos Extras de Distribucion (CED)"
RESOLUCION DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 258-2004-OS/CD MORDAZA, 16 de septiembre de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") GART-GAS/OSINERG Nº 025-2004 y los informes de la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2004-123 y OSINERG-GART-AL2004-131. CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.R.L. (GNLC) contra la Resolucion OSINERG Nº 097-2004-OS/CD que fijo las Tarifas de Distribucion en Baja Presion para los consumidores ubicados dentro de la Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao, se expidio la Resolucion OSINERG Nº 183-2004-OS/CD en cuyo Articulo 3º se dispuso que las modificaciones a efectuarse en lo referente a la definicion del Costo Extra de Distribucion (CED), implican necesariamente la expedicion de un procedimiento; Que, conforme a lo senalado en el Articulo 3º de la Ley Nº 273321 Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, y el Articulo 52º, literal n) del Reglamento General del OSINERG2 , aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el OSINERG ejerce funcion normativa, teniendo la facultad de dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Que, conforme al Articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el OSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 188-2004OS/CD se publico el proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la determinacion de los Costos Extras de Distribucion" conjuntamente con su exposicion de motivos, con la finalidad de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados. Dichas sugerencias y comentarios han

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Articulo. 3º. - Funciones.3.1 Dentro de sus respectivos ambitos de competencia, los Organismos Reguladores ejercen las siguientes funciones: (...) b) Funcion reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ambito; c) Funcion normativa: comprende la facultad de dictar, en el ambito y la materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios. Comprende, a su vez, la facultad de tipificar las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas por normas legales, normas tecnicas y aquellas derivadas de los contratos de concesion, bajo su ambito, asi como por el incumplimiento de las disposiciones reguladoras y normativas dictadas por ellos mismos. Asimismo, aprobaran su propia Escala de Sanciones dentro de los limites maximos establecidos mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector a que pertenece el Organismo Regulador. Articulo. 52º. - Funciones del Consejo Directivo.(...) n) Dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia.

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