Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2004 (30/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2004

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derechos a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 17591

Articulo Cuarto.- El MORDAZA Nacional de Elecciones sufragara los gastos senalados a continuacion, correspondientes al viaje mencionado en el primer articulo:
Descripcion M. Sanchez-Palacios P. A. F. Ballon-Landa C. Pasaje ida y vuelta S/. 2,724.43 S/. 2,724.43 Viaticos de ley por 5 dias S/. 3,410.00 S/. 3,410.00 Viaticos adicional por S/. 682.00 S/. 682.00 gastos de instalacion y traslado Impuesto de Aeropuertos S/. 239.70 S/. 239.70

JNE
Autorizan viaje de Presidente y Secretario General del JNE para participar en calidad de invitados especiales en las Elecciones Municipales de Brasil
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 152-2004-P/JNE
MORDAZA, 28 de setiembre de 2004 VISTO: El Oficio-Circular Nº 5.073/2004/ASSINT/TSE del Ministro MORDAZA MORDAZA Sepulveda Pertence, Presidente del Tribunal Superior Electoral de Brasil, fechada el 31 de agosto de 2004. CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Tribunal Superior Electoral de Brasil ha invitado a participar al senor Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, en calidad de invitado especial, a las Elecciones Municipales que se realizaran el dia 3 de octubre del presente ano; Que, la participacion del MORDAZA Nacional de Elecciones en la actividad senalada MORDAZA posible el intercambio de conocimientos y experiencias en materias electorales, lo que es de interes institucional y nacional; Que, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en sesion privada de fecha 7 de setiembre del 2004, adopto el Acuerdo Nº 07094-019 autorizando el viaje del senor doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva, Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, y del senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA, Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Republica de Brasil, del 30 de setiembre al 4 de octubre del 2004, a fin de que participen en los comicios MORDAZA mencionados; Que, segun el articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, en caso de ausencia del Presidente, sus funciones son desempenadas por un miembro titular del Pleno, siguiendo el orden establecido en el articulo 10º de su Ley Organica Nº 26486; De conformidad con el inciso k) del articulo 15 de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Nº 28128, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que regulan la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que ocasionen gasto al Estado; El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Nº 658-2002-JNE; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, entre el 30 de setiembre y 4 de octubre del presente ano, el viaje del senor doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva, Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, y del senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA, Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Republica de Brasil, a fin de que participen, en calidad de invitados especiales, en las Elecciones Municipales de dicha Republica. Articulo Segundo.- Encargar la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo Tercero.- Dentro de los 15 dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el senor doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva y el senor doctor MORDAZA MORDAZA Ballon-Landa MORDAZA deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje.

Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones 17589

Confirman acuerdos del Concejo Distrital de Marcara que desestiman y declaran improcedente solicitudes de vacancia de regidores
RESOLUCION Nº 196-2004-JNE
Expediente Nº 433-2004 MORDAZA, 28 de setiembre de 2004 Visto, el recurso de apelacion interpuesto por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bustos contra el acuerdo del Concejo Distrital de Marcara, provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA, de fecha 14 de MORDAZA de 2004 que desestimo la solicitud de vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentada en las causales de ausencia de la jurisdiccion por mas de 30 dias sin autorizacion del Concejo e inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas, previstas en los numerales 4) y 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como por estar comprendido en un MORDAZA penal por delito de peculado; CONSIDERANDO: Que la solicitud de vacancia atribuye al Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, haberse ausentado del distrito de Marcara sin autorizacion del Concejo Municipal durante el periodo comprendido entre el 1º de febrero y el 15 de marzo de 2004, lapso en el que se celebraron las sesiones ordinarias de fechas 2, 6, 20 y 27 de febrero y 12 de marzo de 2004; Que de fojas 34 a 51 corren las copias certificadas de las actas de las referidas sesiones, advirtiendose en la correspondiente a la sesion del 20 de febrero de 2004, que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estuvo presente, habiendose acordado en dicha sesion pasar a opinion del asesor legal la solicitud de justificacion de su inasistencia a la sesion anterior por motivo de salud, procediendo a retirarse el aludido Regidor solicitando permiso al Concejo, y asi lo confirman los demas integrantes de este, en el acta de la sesion extraordinaria del 14 de MORDAZA de 2004, de fojas 121 a 123, en la que acuerdan desestimar la solicitud de vacancia; Que en consecuencia, los cargos de inconcurrencia a tres sesiones ordinarias consecutivas y ausencia del distrito de Marcara han sido desvirtuados; Que la condicion de procesado en juicio penal no constituye causal de vacancia prevista en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bustos; en consecuencia, CONFIR-

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