Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2005 (14/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2005

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran improcedente retiro de condicion de Monumento de inmueble ubicado en el distrito de Lurigancho-Chosica, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1493/INC MORDAZA, 4 de noviembre de 2005 Visto los Expedientes Nºs. 8030/2004, 07131/2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Solicitud de fecha 14 de junio de 2004 el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hospital "Jose MORDAZA MORDAZA de Chosica", solicita Retiro de la Condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214-218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA tad, distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 785/INC2002 de fecha 23 de agosto de 2002 y conformante de la MORDAZA Monumental de Lurigancho-Chosica, declarada mediante Resolucion Jefatural Nº 548/INC-93 de fecha 11 de MORDAZA de 1993; Que, mediante Oficio Nº 870-2004-INC/DREPHDPHCR de fecha 22 de junio de 2004 la Direccion de Patrimonio Colonial y Republicano solicita la MORDAZA de fotografias de interiores y fachadas del sector antiguo del Monumento, planos de levantamiento arquitectonico entre otros del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 1305-DE-HJATCH-2004 de fecha 27 de diciembre de 2004 el Dr. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, remite la documentacion requerida mediante Oficio Nº 870-2004-INC/DREPH-DPHCR; Que, mediante Oficio Nº 468-2005-DE-HJATCH-2005 de fecha 23 de MORDAZA de 2005 el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hospital " MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Chosica", solicita el Retiro de la Condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 065-2005-INC/DPHCRSDR-EAB la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la solicitud de retiro de condicion de Monumento; Que, mediante Informe Nº 086-2005-INC/DPHCRSDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano opino en relacion a lo requerido; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 05 de fecha 24 de junio de 2005, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. Los antecedentes, la Resolucion Directoral Nº 027/INC-DREPH del 23 de enero de 2004. 2. La documentacion presentada por el recurrente: memorial de autoridades y organizaciones del distrito de Lurigancho-Chosica y aledanos, planos de levantamiento del estado actual del sector antiguo y del hospital, plantas, cortes y elevaciones, fotografias actuales del interior y exterior del inmueble, informe del diagnostico de vulnerabilidad de la edificacion elaborado por el Arq. MORDAZA Tincopa Bendezu. 3. El Informe Nº 067-2005-INC/SDCR de la Arq. MORDAZA MORDAZA Capelli, Subdirectora de Conservacion y Restauracion. 4. El Informe Nº 065-2005-INC/DPHCR-SDR-EAB de la Arq. MORDAZA Agois Barbier, profesional de la Subdireccion de Registro, registro fotografico, propuesta de delimitacion del area intangible, el Informe Nº 086-2005-INC/DPHCR-SDR de la Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, el antiguo pabellon del hospital data de las primeras decadas del siglo XX, construido con muros de adobe en el primer piso y quincha en el MORDAZA nivel, entrepiso de MORDAZA, el techo del MORDAZA nivel posee estructuras de par y nudillo, farolas y carpinteria de MORDAZA en sus vanos, en la fachada de composicion neoclasica se aprecian dos balcones de MORDAZA de

antepecho hacia los jirones MORDAZA y Libertad. 2. Que, la fabrica original fue concebida como hospital, manteniendose a la fecha el mismo uso, se encuentra en regular estado de conservacion, las fisuras en los muros son leves, los danos que presenta han sido ocasionados por falta de mantenimiento y de labores de refaccion, el edificio de dos niveles no presenta riesgo de colapso, siendo factible realizar intervenciones de restauracion, adecuacion a las necesidades actuales de consultorios externos, oficinas y rehabilitacion de sus componentes estructurales y arquitectonicos que presenten mayor dano. Las edificaciones posteriores de factura contemporanea han ocupado parte de las areas libres exteriores del antiguo pabellon desvirtuando la volumetria y afectando parte de sus componentes. 3. Que, las intervenciones que se realicen deben propender la conservacion del edificio principal del hospital y la liberacion de las estructuras que se adosan a este, siendo factible realizar obra nueva en las areas externas del Pabellon. SE ACORDO: 1. No procede el retiro de la condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de LuriganchoChosica, provincia y departamento de Lima. 2. Delimitar el Area Intangible del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de LuriganchoChosica, provincia y departamento de MORDAZA, conservando la totalidad del Pabellon A en sus dos niveles, la liberacion de las construcciones de un piso adosado a este, ubicados en las areas libres exteriores con frente hacia los jirones MORDAZA y MORDAZA, considerando un retiro de 6.00 m. libre de edificacion contados desde la fachada principal hacia el interior del predio, segun el Plano DAI-010-2005-INC/DPHCR. 3. Solicitar a los recurrentes tomar las medidas preventivas de seguridad y proteccion de los sectores del inmueble que presentan danos; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; RESUELVE: Articulo 1º.- ACUMULAR los Expedientes Nºs. 8030/ 2004, 07131/2005, por las razones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar Improcedente el retiro de la condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214-218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Delimitar el Area Intangible del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 214-218 esquina Jr. 28 de MORDAZA, Jr. MORDAZA, distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de MORDAZA, conservando la totalidad del Pabellon A en sus dos niveles, la liberacion de las construcciones de un piso adosado a este, ubicados en las areas libres exteriores con frente hacia los jirones MORDAZA y MORDAZA, considerando un retiro de 6.00 m. libre de edificacion contados desde la fachada principal hacia el interior del predio, segun el Plano DAI-010-2005INC/DPHCR, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- SOLICITAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hospital "Jose MORDAZA MORDAZA de Chosica", tomar las medidas preventivas de seguridad y proteccion de los sectores del inmueble que presentan danos; Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 21014

Retiran la condicion de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nacion a inmueble ubicado en MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1556/INC MORDAZA, 11 de noviembre de 2005 Visto el Expediente N° 06358/2005; y,

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