Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2005 (14/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2005

Que mediante el escrito del visto, INDUSTRIAL PESQUERA DE CONGELADOS S.A.C. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 185-2004PRODUCE/DNEPP argumentando que la Resolucion Ministerial Nº 218-2001-PE no prohibe expresamente la instalacion de plantas de harina de pota residual ni siquiera como actividad principal e indica que nadie esta impedido a hacer lo que la Ley no prohibe, aduciendo que "el Ministerio no puede hacer extensiva la MORDAZA a su gusto al procesamiento de otras harinas que no MORDAZA de pescado"; Que el recurso de Apelacion interpuesto por la recurrente en contra de la Resolucion Directoral Nº 185-2004PRODUCE/DNEPP, no ha desvirtuado la legalidad de la resolucion recurrida puesto que del analisis de la Resolucion Ministerial Nº 218-2001-PE, se determina que solo esta permitido el acceso a la actividad de procesamiento para consumo humano indirecto mediante la instalacion de plantas de harina de pescado residual que deberan tener caracter accesorio; por lo tanto las instalaciones de plantas de procesamiento de harina provenientes de los demas recursos hidrobiologicos para consumo humano indirecto no estan permitidas; Que el MORDAZA de Legalidad del Derecho Administrativo establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estan atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas, tiene su propia interpretacion por la doctrina y por la jurisprudencia, ya que con acierto se senala que mientras los sujetos de derecho privado, pueden hacer todo lo que no esta prohibido, los sujetos de derecho publico solo pueden hacer aquello que le sea expresamente facultado; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PRODUCE y por el literal m) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de apelacion interpuesto por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA DE CONGELADOS S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 185-2004-PRODUCE/DNEPP, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 00661

del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; De conformidad con la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos, doctor MORDAZA MORDAZA Borea MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente ante el Gobierno de San MORDAZA y las Granadinas, con sede en MORDAZA D.C., Estados Unidos de America. Articulo Segundo.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00802

Nombran Consules Generales del Peru en ciudades de EE.UU., Bolivia y Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2005-RE
MORDAZA, 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomatico, cualquiera sea su categoria, sirven alternadamente seis anos en el exterior y tres anos en el MORDAZA, conforme lo establece la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; Que la proteccion y atencion a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Politica Exterior del Peru; De conformidad con los articulos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 62º, 63º B) y 64º literal a) y 90º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003RE; el articulo 121º del Reglamento Consular, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE; asi como de los articulos 132º y 133º del citado Reglamento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General del Peru en Atlanta, Estados Unidos de America. Articulo Segundo.- La jurisdiccion consular sera establecida por la Resolucion Suprema correspondiente. Articulo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Articulo Cuarto.- La fecha en que el citado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Articulo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00803

RELACIONES EXTERIORES
Nombran a Representante Permanente ante la OEA para que se desempene simultaneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente ante el Gobierno de San MORDAZA y las Granadinas
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2005-RE
MORDAZA, 11 de enero de 2005 Vista la Resolucion Suprema Nº 050-2004-RE, de 16 de febrero de 2004, que nombra Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos, con sede en MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, al doctor MORDAZA MORDAZA Borea Odria; De conformidad con el inciso 12. del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad

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