Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el articulo anterior se ponga a disposicion del publico en la Unidad de Abastecimiento y se remita, en el plazo MORDAZA de diez dias de ser aprobado, al CONSUCODE y a la Comision de la Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, de conformidad con lo establecido en el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2001-PCM. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Administrativa, Unidad de Planeamiento y Presupuesto, y la Unidad de Logistica el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01124

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Declaran en desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche para enero, febrero y marzo de 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2005-CM/MPR
MORDAZA, 6 de enero del 2005 VISTOS: Los Informes Nº 001-2005-UA/MPR y Nº 001-2005-AL/ MPR de los encargados de la Unidad de Abastecimiento y de Asesoria Legal respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, del informe emitido por el encargado de la Unidad de Abastecimiento se advierte la necesidad de atender de manera eficiente y oportuna en forma diaria a los diferentes beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por lo que no habiendose llevado a cabo a la fecha MORDAZA de seleccion por estar a inicios del ejercicio presupuestal, resulta necesario tomar medidas rapidas y urgentes para evitar el desabastecimiento de los insumos correspondientes; Que, de conformidad al Articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de lo mencionado en los parrafos anteriores se tiene que para que se configure la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente, deben presentarse los siguientes supuestos: a) Ausencia de bienes y/o servicios, b) la ausencia debe ser extraordinaria e imprevisible, c) La ausencia compromete servicios esenciales u operaciones productivas realizadas por la Entidad, y d) el compromiso -de los servicios esenciales u operaciones productivas- debe ser directo e inminente; Que, en este caso tratandose de insumos para el Programa del Vaso de Leche y teniendo en cuenta lo expuesto en el primer considerando, se puede determinar que: a) A la fecha no existen insumos para atender el Programa del Vaso de Leche, por no haberse llevado a cabo MORDAZA de seleccion alguno; b) La ausencia de insumos por inexistencia de un MORDAZA de seleccion por encontrarse a inicios del ejercicio presupuestal y por aprobar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones; c) La ausencia de los mencionados insumos compromete servicios esenciales, en razon de que de conformidad con el ultimo parrafo del inciso 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 27470 - Ley que

establece normas complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, modificado por el Articulo 2º de la Ley Nº 27712, establece que los recursos del Programa del Vaso de Leche financia las raciones en forma diaria que se entrega a los beneficiarios; asimismo que dicho programa debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos, dichas caracteristicas resultan suficientes para calificarlo como "servicio esencial"; y d) En cuanto a que el compromiso del servicio debe ser directo e inminente, tambien se configura, por ser necesario la entrega diaria de las raciones y los siete dias de la semana; Que, siendo asi las cosas conforme a las expuestas en los considerandos precedentes, se ha producido la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente, la misma que requiere tomar una accion rapida tendiente a adquirir los insumos indispensables para paliar dicha situacion extraordinaria, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion y adquisiciones definitivas; Por los fundamentos expuestos, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad de sus miembros presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta se adopto el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Declarar en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para los meses de enero, febrero y marzo del ano 2005, quedando exonerado de la realizacion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de dichos insumos, los mismos que deberan adquirirse a traves de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- El insumo materia de la adquisicion exonerada consiste en 87,519.00 litros de leche fresca sin MORDAZA, y cada racion de 250 ml. Articulo Tercero.- El valor referencial para la adquisicion exonerada materia del presente acuerdo es de S/. 87,519.00 Nuevos Soles proveniente de la Fuente de Financiamiento: 17 Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales con la Partida 3.1.2.001 Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Rioja. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Unidad de Abastecimiento la adquisicion de leche fresca sin MORDAZA en la cantidad establecida en el Articulo MORDAZA del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 01131

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCABAMBA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 009-2005-MDC
Colcabamba, 10 de enero de 2005 VISTO: El Informe Nº 010-2005-UL/HDP-MDC, mediante el cual se remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2005 de la Municipalidad Distrital de Colcabamba; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Ley Nº 27680 que modifica el Capitulo XIV de la Constitucion Politica del Peru, describe que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 modificado por Ley Nº 28267 y su Reglamento, como el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establecen los lineamientos para la adquisicion de bienes y servicios para las entidades, por lo que es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Colcabamba para el ejercicio 2005;

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