Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2005 (21/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 21 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Visto el recurso de nulidad e insubsistencia presentada por la Notaria Publica de Huancayo, Dra. MORDAZA Canchaya MORDAZA y otros contra la convocatoria a Concurso Publico de Meritos convocado por el Colegio de Notarios de Junin; CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA, realizada el 6 de MORDAZA de 2002, se acuerda convocar a Concurso Publico de Meritos para el ingreso al notariado y cubrir las plazas que se encuentran vacantes; Que, mediante escrito de fecha 20 de noviembre de 2002, la Dra. MORDAZA Canchaya MORDAZA y un grupo de Notarios pertenecientes al Colegio de Notarios de MORDAZA interponen recurso de revision contra el acuerdo adoptado por la Junta Directiva del mencionado Colegio; Que, por escrito de fecha 30 de MORDAZA de 2002, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Fiscal del Colegio de Notarios de MORDAZA, recomienda a la Asamblea General de dicho Colegio que se declare infundado el recurso de revision presentado contra el acuerdo de Junta Directiva de convocar a Concurso Publico de Meritos, por considerar que no se han creado nuevas plazas; Que, con respecto, a la Accion de MORDAZA interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA contra el Colegio de Notarios de MORDAZA por haber desconocido su designacion como miembro del MORDAZA para el Concurso Publico de Meritos para el ingreso a la Funcion Notarial en el Distrito Notarial de MORDAZA en representacion del Colegio de Abogados de MORDAZA, el Tribunal Constitucional declaro infundada dicha accion de amparo; Que, del analisis de todos los documentos presentados, se puede apreciar que con el fallo del Tribunal Constitucional que declara infundada la Accion de MORDAZA presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA se deja sin fundamento la solicitud presentada por la Dra. MORDAZA Canchaya MORDAZA y otros; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion del 7 de diciembre de 2004; a lo senalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado la solicitud de nulidad e insubsistencia presentada por la Notaria Publica de MORDAZA, Dra. MORDAZA Canchaya MORDAZA y otros, contra el acuerdo de Junta Directiva de convocar a Concurso Publico de Meritos para el ingreso a la funcion Notarial en dicho Colegio. Articulo 2º.- Encargar a la Decana del Colegio de Notarios de MORDAZA, concluir con el Concurso ya convocado, y asimismo, convocar MORDAZA concurso para cubrir las plazas que se encuentran vacantes.

Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a la interesada, para los fines que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI (Presidente) MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA (Consejero) MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA (Consejero) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Consejero) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Consejero) 03858

Declaran infundada solicitud de reubicacion presentada por Notaria Publica de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 057-2004-JUS/CN
MORDAZA, 7 de diciembre de 2004 Visto, el escrito de reubicacion de fecha 6 de octubre de 2004, presentado por la Notaria Publica de MORDAZA, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze Cuba; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 049-98-JUS, de fecha 22 de MORDAZA de 1998, se nombro a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze MORDAZA Notaria Publica del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de Puno; Que, conforme se desprende del escrito presentado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esposo de la mencionada Notaria fue reincorporado como Juez del MORDAZA Juzgado Laboral en la MORDAZA de Lima; Que, como consecuencia de la reincorporacion como Juez de su conyuge, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze MORDAZA ha solicitado a este Consejo su traslado como Notaria del Colegio de Notarios de MORDAZA, al Colegio de Notarios de MORDAZA, por razones de unidad familiar; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 6º de la Ley del Notariado, el ingreso al notariado se efectua por Concurso Publico de Meritos y el traslado de una MORDAZA a otra no se encuentra prevista en dicha MORDAZA legal, dado que la funcion notarial se ejerce en un solo lugar y si un Notario desea cambiar de localizacion tiene que postular a la nueva MORDAZA en la que desea ejercer su funcion notarial;

MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

REINCORPORACION DE EX TRABAJADORES LEY Nº 27803
Se comunica a todas las empresas del Estado, entidades del Sector Publico y de los Gobiernos Locales que, en el MORDAZA de la primera etapa de ejecucion del beneficio de reincorporacion y reubicacion laboral establecido en la Ley Nº 27803, el plazo MORDAZA para la culminacion de los procesos de capacitacion de los ex trabajadores vence el 15 de marzo de 2005. Concluido dicho MORDAZA de capacitacion, las empresas y entidades deberan comenzar inmediatamente el MORDAZA de seleccion, de manera que en el mas breve plazo se proceda a la reincorporacion pertinente de sus ex trabajadores, de acuerdo con lo establecido en el Plan Operativo de Ejecucion, publicado con fecha 11 de febrero de 2005. Ello permitira que pueda llevarse a cabo la MORDAZA etapa de reubicacion, dentro del plazo establecido por la Ley Nº 28299. MORDAZA, 17 de febrero del 2005 Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo 03873

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