Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2005 (26/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2005

"Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04328 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 106/INC MORDAZA, 4 de febrero de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 310, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 18 de fecha 1 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 310 de fecha 1 de MORDAZA de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos siguientes: - Sitio Arqueologico "Sapani" - (UTM: 8'820,516 N 626,156 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali - Sitio Arqueologico "Aserradero Rondon" - (UTM: 8'817,494 N - 632,100 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali. - Sitio Arqueologico Fundo Liner - (Coordenadas: 8'807,726 N - 657,250 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Monumentos Arqueologicos siguientes: - Sitio Arqueologico "Sapani" - (UTM: 8'820,516 N - 626,156 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali - Sitio Arqueologico "Aserradero Rondon" - (UTM: 8'817,494 N - 632,100 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali. - Sitio Arqueologico Fundo Liner - (Coordenadas: 8'807,726 N - 657,250 E), ubicado en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura Ucayali, la elaboracion del Expediente Tecnico (Plano, Ficha Tecnica y Memoria Descrip-

tiva) de los Monumentos Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Monumentos Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 04332 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 109/INC MORDAZA, 4 de febrero de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 689, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 38 de fecha de 16 de diciembre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 689 de fecha 16 de diciembre de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos, que a continuacion se indican: Chanapuza A - B (8342882.51 N - 381111.94 E); Ayawasi Pata (8324299.75 N - 391870.36); Katahui Ccacca (8325749.98 N - 391224.89); Iscampani 1 (8328191.30 N - 389621.18 E); Iscampani 2 (8328191.30 N 389621.18 E); MORDAZA Orco (8328153.32 N - 389611.95 E); Bosque de Sunicancha (8327094.91 N - 382194.15 E); San MORDAZA de Cuturi -Sector Central- (8333166.16 N - 37576221); San MORDAZA de Cuturi -Sector Porvenir(8333042.29 N - 375013.64); Llantapata A (8327849.85 N - 373649.91 E); Llantapata B (8327820.02 N - 373879.01 E); Lizauro Mocco (8322900.45 N - 379800.81 E); Caxani (8321851.41 N - 374850 E), ubicados en la provincia de Azangaro, departamento de Puno. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos, ubicados en la provincia de Azangaro, departamento de MORDAZA, que se indican a continuacion:

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