Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2005 (03/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2005

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del articulo 241º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para que en representacion del Poder Judicial, viaje a la MORDAZA de La Antigua, Republica de Guatemala, del 3 al 6 de MORDAZA del 2005, y participe en la Primera Ronda de Talleres de la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana; concediendosele licencia con goce de haber por tales fechas. Articulo Segundo.- Los gastos de pasaje aereo, impuestos aereo, viaticos y traslados no cubiertos por la entidad organizadora del referido evento, estaran a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aereo Impuestos aereo Viaticos Gastos de traslado TOTAL US$ 1,625.32 US$ 28.29 US$ 500.00 US$ 200.00 -----------------US$ 2,353.61

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera sea su clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, a la Secretaria Permanente y de las Secretarias Pro Tempore de la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 08179

Que, como resultado de la Accion de Control practicada a la Municipalidad Provincial de Huancayo, la Comision Auditora ha determinado que en Junio del 2001, ex funcionarios de la Entidad efectuaron la contratacion directa con una empresa para la adquisicion de una central telefonica por S/. 34 864,51, sin realizar el correspondiente MORDAZA de seleccion, y en Octubre del mismo ano, con el fin de simular un MORDAZA de seleccion elaboraron e insertaron un Cuadro Comparativo de Cotizacion y Acta de Otorgamiento, con propuestas de empresas realizadas en MORDAZA del 2001; asimismo, se contrato de manera directa la instalacion de la central con la misma empresa por S/. 59 784,94, a pesar que el expediente tecnico indicaba que la adquisicion e instalacion debia contratarse de manera conjunta por el importe de S/. 77 077,35, monto que correspondia a la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, a ello se suma los intereses por financiamiento, habiendose en consecuencia desembolsado el monto de S/. 44 581,66 en exceso a lo previsto en el mencionado expediente tecnico; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de los delitos de Negociacion Incompatible con el Cargo y Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previstos y penados en los Articulos 397º y 428º del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, se ha determinado que durante el ano 2001, se efectuo un MORDAZA de Seleccion para la compra de partes y componentes de semaforos, con irregularidades en el requerimiento de los bienes, siendo que las propuestas presentadas no cumplian con indicar la informacion solicitada en el requerimiento, a pesar de lo cual se otorgo la Buena Pro por un importe de S/. 21 180,00 a uno de los postores que no cumplia con las formalidades de ley ni ofrecia las garantias necesarias en salvaguarda de los intereses de la entidad edil; asimismo, se autorizo la participacion de un tercero que no integraba el Comite Especial, con el proposito de completar el quorum y otorgar la Buena Pro, hechos que constituyen indicios razonables de la comision del delito de Negociacion Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el Articulo 397º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Articulo 22º, inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08349

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de ilicitos penales en agravio de la Municipalidad Provincial de Huancayo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 210-2005-CG
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2005 VISTO, el Informe Especial N° 111-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Huancayo, periodo comprendido de MORDAZA del 2001 a diciembre del 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, acorde al Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control Huancayo, dispuso la ejecucion de un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Huancayo, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente;

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban Informe Defensorial Nº 91 "Afectaciones a la MORDAZA y presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes atribuidas a efectivos de la Policia Nacional"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 009-2005/DP
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2005

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