Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2005 (21/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2005

competencia, conforme lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanzas los Gobiernos Locales, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites de la Ley; Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos conforme al Art. 36º, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal; Que, el inciso b) del Art. 68º de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Municipalidades podran imponer las tasas por servicio administrativo o derechos, las mismas que son las tasas que deben pagar el contribuyente por concepto de tramitacion de procedimientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad; Que, el inciso a) del Art. 60º de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el Decreto Legislativo Nº 952, senala que conforme a lo establecido por el Art. 74º y el numeral 4 del Art. 195º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la Ley, mediante ordenanzas; Que, en el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades establece en el tercer parrafo que todo lo comprendido en materia tributaria tiene que ser aprobado por Ordenanza y ser ratificada por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, la Gerencia de Rentas y Comercializacion, con Memorando Nº 010-2005 -MDLP/GRC, la Gerencia de Servicios Publicos Locales a traves del Informe Nº 020-2005 MDLP/GSPL/DMA y la Gerencia de Turismo y Desarrollo MORDAZA con Memorando Nº 035-2005-MDLP/DTDU, solicitan la aprobacion de sus nuevas tasas y derechos que se describen en el anexo de la presente Ordenanza debidamente sustentada con la estructura de costos; Con las facultades que le confiere al Concejo la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por unanimidad se aprobo lo siguiente: ORDENANZA DE NUEVAS TASAS Y DERECHOS Articulo Unico.- Aprobar las nuevas Tasas y Derechos por concepto de tramitacion de procedimientos administrativos y por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad Distrital de La Punta, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA
ANEXO CUADRO DE TASAS Y DERECHOS
Nº CONCEPTO UIT% MONTO S/.

2. Defensa Civil: 01 INSPECCION TECNICA BASICA DE SEGURIDAD MORDAZA DE SEGURIDAD POR LA FECHA En Locales Cerrados: Hasta 1,000 espectadores De 1,001 a 3,000 espectadores Areas Libres: Hasta 1,000 espectadores De 1,001 a 3,000 espectadores: - GERENCIA DE TURISMO Y DESARROLLO URBANO: 1. Division de Obras -Obras Privadas: 20 AUTORIZACION PARA REFACCION Y/O ACONDICIONAMIENTO

3.00% 4.50% 2.00% 3.00%

S/. 99.00 S/. 148.50 S/. 66.00 S/. 99.00

1.50%

S/. 49.50

09466

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Otorgan facilidades a la Oficina Regional de Turismo de MORDAZA para su normal funcionamiento en la MORDAZA de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2005-MPCH La MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 118-2005-MPCH de fecha 3.5.05; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promocion de desarrollo local es permanente e integral, con el objetivo de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 118-2005MPCH de fecha 3.5.05, se acordo brindar todas las facilidades a la Oficina Regional de Turismo de MORDAZA para su normal funcionamiento en la MORDAZA de La MORDAZA provincia de Chanchamayo, teniendo en consideracion el Convenio Interinstitucional suscrito entre la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA, con la Municipalidad Provincial de Chanchamayo; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Decretos de Alcaldia, establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- Brindar todas las facilidades a la Oficina Regional de Turismo de MORDAZA para su normal funcionamiento en la MORDAZA de La MORDAZA - provincia de Chanchamayo, teniendo en consideracion el Convenio Interinstitucional suscrito entre la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA, con la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, indicado en el tercer considerando precedente. Articulo Segundo.- Notificar el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Secretaria General y al Gobierno Regional de MORDAZA, conforme corresponde. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MAYOR MORDAZA Alcaldesa 09455

- GERENCIA DE RENTAS Y COMERCIALIZACION 1- Registro Civil: 12 MORDAZA DE TRAMITE MATRIMONIAL 14 MORDAZA DE NO INSCRIPCION DE NACIMIENTO 2- Departamento de Comercializacion: 11 AUTORIZACION TEMPORAL PARA USO DE AREAS PUBLICAS, RETIRO MUNICIPAL O AREAS COMUNES b) Filmaciones ­ Filmaciones MORDAZA hab. y otros ­ Filmaciones en exteriores (Via publica) (5 horas o fraccion en area fisica solicitada) - GERENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS LOCALES: 1. Departamento de Medio Ambiente: 03 MORDAZA DE EVALUACION SANITARIA 04 GUARDIANIA DE CANES CAPTURADOS EN LA VIA PUBLICA POR DIA O FRACCION 05 EXPEDICION DE LICENCIAS DE CANES EMPADRONAMIENTO CANINO

0.5% 0.5%

S/. 15.00 S/. 15.00

10.00% 16.57%

S/.330.00 S/.550.00

1.52% 0.30% 0.15%

S/. 50.00 S/. 10.00 S/. 5.00

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