Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2005 (13/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de noviembre de 2005

interesados deberan coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Extremas de Telefonica. Articulo Tercero.- Determinar que la presente Habilitacion se encuentra afecta con Zonificacion Residencial de Alta Densidad y Comercio Sectorial, y de acuerdo al Articulo 2 .- Modificado del D.S. Nº 053-98PCM en su MORDAZA parrafo indica que dichos proyectos se desarrollaran en areas zonificadas para uso residencial R3, R4, R5, R6 y R8. Asimismo pueden desarrollarse en zonas comerciales, de Vivienda Taller u Otras, en base a los parametros que correspondan, segun el presente reglamento para el nivel residencial compatible, en consecuencia afecta a los siguientes aportes:
LOTE N° 1 Area 65,853.91m2 Ficha 1157444 LOTE N° 2 APORTES Recreacion Publica Ministerio de Educacion APORTES RDA NORMATIVO PROYECTO DEFICIT SUPERAVIT C3 m2. m2. m2. m2 8% 2% 5,268.31 m2 1,317.078 m2 6,077.13 -------- 808.8172 m2 m2 -------- 1,897.615 --------

VISTOS, en Sesion Extraordinaria de fecha 10 de noviembre de 2005, el Memorando Nº 461-2005-07-GCPV/MSI de la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal, en el que solicitan se expida una ordenanza complementaria a la Ordenanza Nº 125-MSI y el Dictamen Nº 045-2005-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 125-MSI se aprobo la Constitucion y Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; Que, conforme a lo dispuesto en la mencionada MORDAZA, en su articulo 14º, aquellos vecinos que no figuren en el Padron Electoral Definitivo no podran votar en las elecciones vecinales que se llevaran a cabo el dia 20 de noviembre del 2005; Que, mediante el Memorandum del visto, la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal informa que han recibidos multiples llamadas telefonicas, asi como cartas por parte de los vecinos del distrito, en la que manifiestan que teniendo en cuenta que es competencia de las municipalidades fomentar la participacion vecinal, se deberia permitir que todas las personas que tengan un domicilio en el distrito, consignado en su documento de identidad, sufraguen en las elecciones indicadas; Que, en el Memorandum indicado, la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal manifiesta, adicionalmente, que habiendo tomado conocimiento el Comite Electoral de este tema, este acordo que la Municipalidad deberia expedir una MORDAZA que facilite, excepcionalmente, que los vecinos que no esten registrados en el Padron Electoral Definitivo voten en las elecciones vecinales del 20 de noviembre, debiendo solicitarles unicamente su documento de identidad con la direccion del subsector en el que votaran; Que, teniendo en cuenta que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales estan obligados a fomentar la participacion vecinal y teniendo en cuenta lo informado por la citada gerencia y lo acordado por el Comite Electoral para las elecciones vecinales, es necesario expedir una MORDAZA extraordinaria que facilite la participacion de todos los vecinos del distrito; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por Unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS A LA ORDENANZA Nº 125-MSI Articulo Primero.- Establecer, excepcionalmente, que las personas naturales que no figuren en el padron electoral para las elecciones de las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA, que se llevaran a cabo el 20 de noviembre del 2005, podran sufragar en estos comicios presentando su Documento Nacional de Identidad o Carne de Extranjeria; siempre que la direccion que se consigna en tales documentos se encuentre en el subsector de San MORDAZA donde pretenden votar. En el caso de las sucesiones que figuran en el Padron Electoral Definitivo, debera entenderse que solo puede votar un solo representante por cada una, para lo cual deberan acreditarse con la MORDAZA literal de su inscripcion ante los registros publicos o su equivalente. Si la sucesion tuviera mas de un integrante y en los documentos de identidad de estos figura la direccion del subsector de San MORDAZA donde desean votar, pueden acogerse a lo establecido en el primer parrafo del presente articulo. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a los miembros del Comite Electoral designados mediante Decreto de Alcaldia Nº 010-2005ALC/MSI, asi como a los miembros de mesa designados por esta Corporacion Edil. Articulo Tercero.- Encargar la difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal de la Municipalidad de San Isidro. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. En San MORDAZA, a los once dias del mes de noviembre de 2005 MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 19223

RDA NORMATIVO PROYECTO DEFICIT SUPERAVIT C3 m2. m2. m2. m2 8% 2,322.14 m2 1,988.96 m2 333.00 m2 2% 580.537 m2 -------- ---------------

Area Recreacion 29,026.851m2 Publica Ficha 1159385 Ministerio de Educacion

580.537 --------------m2

Articulo Cuarto.- El recurrente ha cancelado con recibo de Pago Nº 0000318882 la cantidad de S/. 50,616.00 correspondiente al deficit de aportes de Recreacion Publica del lote Nº 2 de 333.00 m2. y con el Recibo de Pago Nº 0000318883 la cantidad de S/. 29,110.00 Correspondiente al 1% del Valor de Obra. Articulo Quinto.- Encargar, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA por intermedio del Departamento de Catastro y Patrimonio Historico incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plano MORDAZA del distrito, y el registro de predios resultantes en la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas. Articulo Sexto.- Remitir, MORDAZA de la presente Resolucion al Ministerio de Educacion y a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fines. Articulo Septimo.- Remitir, MORDAZA de la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento de acuerdo al Articulo 19º del D.S. Nº 010-2005-VIVIENDA Articulo Octavo.- Disponer, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la inscripcion en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, a cuenta de los interesados, en un plazo MORDAZA de 30 dias de notificada la presente Resolucion. Articulo Noveno.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para su correspondiente inscripcion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19181

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen Normas Complementarias a la Ordenanza Nº 125-MSI en lo referente a las elecciones de las Juntas Vecinales
ORDENANZA Nº 135-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA

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