Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2005 (18/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2005 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Articulo 1º.- APRUEBESE el Cuadro para Asignacion de Personal de la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta y uno dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente 15987

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Reglamento para el funcionamiento de establecimientos comerciales dedicados a la alimentacion, alojamiento, hospedaje y recreacion publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 085-MDCH-2005 Chorrillos, 10 de septiembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal en de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia economica, administrativa y financiera en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado y esta autonomia es reiterada por la propia Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades distritales son Organo de Gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.6 del Art. 79º y Art. 83º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como funcion especifica y exclusiva de las municipalidades distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones de apertura para establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 056 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de enero del 2004, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, que contempla los requerimientos para la obtencion de la licencia de apertura y funcionamiento de establecimientos en el distrito de Chorrillos; Que, segun el Ar t. 46º de la Ley Organica de Municipalidades es de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las sanciones que aplique la autoridad Municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura transitoria o definitiva, decomiso, retencion de productos inmobiliarios, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras; Que, segun el Art. 49º de la Ley Nº 27972, la Autoridad Municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva del edificio, establecimiento o servicios cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente o constituya peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario, la autoridad Municipal puede ordenar el retiro de materiales o la democion de obras e instalaciones que ocupen las vias publicas o mandar ejecutar la orden, por cuenta del infractor, con el MORDAZA de la fuerza publica o a traves del Ejecutor Coactivo cuando corresponda; Estando a lo informado, contando con la opinion legal favorable de la Oficina de Asesoria Juridica expresada mediante informe Nº 1123-2005-OAJ-MDCH, de fecha 3 de septiembre del 2005, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Art. 9º de la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal, se expide la presente;

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Agricultura
ORDENANZA REGIONAL Nº 033-GR-HVCA/CR Huancavelica, 31 de MORDAZA del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE HUANCAVELICA Articulo 1º.- APRUEBESE el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Agricultura, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los treinta y uno dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta y uno dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente 15988

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