Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2006 (18/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2006

y que participan del Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 356-2006-PRODUCE. Articulo 2º.- Publicar la relacion de embarcaciones arrastreras de mayor escala (industrial) con permiso de pesca vigente y en estado operativo, seleccionadas para participar en la Operacion Merluza IX, las mismas que se encuentran autorizadas a desarrollar operaciones de pesca segun las subareas que se indican en la relacion y que forma parte integrante de la presente resolucion. Cuando por causa de problemas tecnicos la embarcacion pesquera no pueda participar en la presente operacion, debera comunicar al IMARPE dicho inconveniente, de manera que esta Institucion adopte las acciones del caso. Articulo 3º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras seleccionadas a participar en la Operacion Merluza IX, deberan cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operacion, el cual ha sido fijado en S/. 567.00 (Quinientos sesenta y siete y 00/100 Nuevos Soles) por embarcacion, monto que debe pagarse al IMARPE a traves de la Cuenta Corriente Nº 0000-281654 del Banco de la Nacion. Articulo 4º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras que participen en la Operacion Merluza IX, se encuentran obligados a cumplir las indicaciones y directivas que dicte el IMARPE en el MORDAZA de la referida operacion. Articulo 5º.- La Operacion Merluza IX autorizada en el articulo 1º de la presente resolucion debera sujetarse a las siguientes medidas: a) La actividad extractiva debera desarrollarse fuera de las cinco (5) millas marinas de la linea de costa y fuera del area circundante a la MORDAZA Lobos de Tierra, determinada por el radio de ocho (8) millas nauticas medida desde el faro. Para tal efecto, las embarcaciones pesqueras deberan desplazarse directamente desde los puertos base, hacia la MORDAZA de operacion designada y viceversa, asi como mantener rumbo y velocidad de navegacion constante; b) Las embarcaciones pesqueras deberan contar a bordo con las plataformas / balizas del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir senales de posicionamiento GPS (Global Positioning System); c) Los armadores de las embarcaciones pesqueras embarcaran a requerimiento del IMARPE, un tecnico cientifico de investigacion; debiendo en tal caso, brindar las facilidades necesarias para el cumplimiento de las labores asignadas, asi como cumplir las indicaciones que dicte durante las operaciones de pesca. El personal cientifico designado debera estar debidamente acreditado como inspector a bordo; y, d) Disponer de un sistema de preservacion a bordo debidamente operativo y/o MORDAZA con hielo en cantidad adecuada para la preservacion del recurso.

Articulo 6º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes instruiran a los respectivos capitanes o patrones de pesca acerca del cumplimiento de las pautas que dicte el IMARPE en el MORDAZA de la presente Operacion Merluza IX. Articulo 7º.- Precisese que el volumen del recurso merluza extraido por cada una de las embarcaciones que participen en la Operacion Merluza IX, debera ser considerado como parte de la cuota individual de pesca asignada a cada armador o empresa pesquera conforme a lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 002-2006PRODUCE/DNEPP. Articulo 8º.- Los recursos hidrobiologicos extraidos de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolucion, podran ser procesados en los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion vigente para la elaboracion de productos de consumo humano directo, y que hayan suscrito el convenio a que se refiere el literal b.1) del articulo 13º de la Resolucion Ministerial Nº 356-2005-PRODUCE. Articulo 9º.- Las embarcaciones pesqueras que incumplan las obligaciones previstas en las disposiciones contenidas en la presente resolucion, seran excluidas de la Operacion Merluza IX autorizada en el articulo 1º, asi como de posteriores actividades cientificas (Operaciones Merluza) durante el periodo de un ano. Para cuyo efecto, el IMARPE informara a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero el nombre de la embarcacion pesquera incursa en lo senalado en el parrafo precedente. Articulo 10º.- El IMARPE presentara a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion el informe final de los resultados obtenidos en la presente evaluacion del recurso merluza, asimismo informara diariamente los volumenes de desembarque de la flota arrastrera y otros indicadores biologicos-pesqueros que permitan efectuar el seguimiento de dicha pesqueria. Articulo 11º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales de Produccion de Tumbes, MORDAZA y MORDAZA, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-2006-PRODUCE RELACION DE EMBARCACIONES PESQUERAS QUE PARTICIPARAN EN LA OPERACION MERLUZA IX SUBAREA AMPLITUD EMBARCACION A 03° 30' 00'' S a 04° 00' 00'' S Poseidon B1 04° 00' 01'' S a 04° 29' 59'' S MORDAZA Pescador B2 04º 30' 00'' S a 05º 00' 00'' S Union I C1 05° 00' 01'' S a 05° 29' 59'' S Don MORDAZA C2 05º 30' 00'' S a 06º 00' 00'' S MORDAZA D1 06° 00' 01'' S a 06° 29' 59'' S Orca D2 06º 30' 00'' S a 07º 00' 00'' S MORDAZA 3 Relacion enviada con Oficio Nº DE-100-101-2006-PRODUCE/IMP. MATRICULA PT-1771-CM CO-6180-CM PT-0935-CM CO-11576-CM PT-3809-CM PT-6718-CM PT-4613-PM ARMADOR O EMPRESA INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. PESQUERA MORDAZA NEGRA S.A. PESQUERA HAYDUK S.A. TASSARA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONSORCIO CORPESCA - DEXIM S.R.L. ARMADORES Y CONGELADORES DEL MORDAZA S.A. CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.

06760
VISTOS: el Oficio Nº 904- 2006-MTPE/4/10.1, del 10 de MORDAZA de 2006 de la oficina de Administracion, el Oficio Nº 125-2006-MTPE/4/10.120 del 10 de MORDAZA de 2006 de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, el Informe Nº 102-2006-MTPE/4/9.220 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 191-2006-MTPE/9.110, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 904-2006-MTPE/4/10.1, dirigido el 10 de marzo de 2006 a la Oficina de Asesoria Juridica, la Oficina de Administracion solicita informe legal sobre la viabilidad juridica de aprobar la exoneracion del servicio de

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de telefonia fija
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2006-TR
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006

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