Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2006 (27/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2006

Articulo Decimo Primero.- Los premios podran ser recogidos por los ganadores dentro de los 30 dias habiles siguientes de realizado el sorteo, debiendo publicarse los resultados del mismo en la pagina Web de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y en un cartel colocado en las instalaciones de esta. El plazo para recoger los premios no es prorrogable. En caso los premios no fueran recogidos por los ganadores se entendera que la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA podra disponer libremente de ellos, a fin de sortearlos entre sus trabajadores ­ que presten servicios bajo cualquier MORDAZA de modalidad ­ a manera de incentivos. La entrega de premios del sorteo se efectuara en el Departamento de Recaudacion y Control sito en la Av. Brasil Nº 3501- MORDAZA MORDAZA, a los ganadores del sorteo o a sus representantes siempre que se encuentren premunidos de los poderes respectivos para el recojo de los premios, debiendose suscribir el Acta de entrega correspondiente. Articulo Decimo Segundo.- La Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas debera organizar un archivo en el que se registren los actos del sorteo, la documentacion y antecedentes que se generen a cada uno de los contribuyentes premiados. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 07441

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Autorizan la adquisicion de inmueble destinado al funcionamiento de la Division de Registros Civiles
ACUERDO DE CONCEJO Nº 14-2006-MPL Pueblo Libre, 21 de MORDAZA del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 012-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico, con relacion a la aprobacion de la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del inmueble ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 843 - 851 - Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del sector publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, la aprobacion de un MORDAZA de seleccion, se rige por lo normado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas modificatorias. Al respecto, el inciso e) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: inciso e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, senala que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante: c) Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La facultad de aprobar exoneraciones es

indelegable. Asimismo, los acuerdos senalados, requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente. Asimismo, el articulo 146º del citado Reglamento, dispone que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, el Informe Nº 265-2006-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abastecimiento y Servicios de la Oficina de Administracion, pone de conocimiento que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el presente ano, se ha considerado la adquisicion de un inmueble, para ser destinado a la operatividad de la Division de Registros Civiles. El monto propuesto por la Cooperativa de Ahorro y Credito MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pueblo Libre Ltda. Nº 482 equivale a S/.268,000.00 (Tipo de Cambio S/.3.35). Al respecto, MORDAZA las caracteristicas de ubicacion y dimension del inmueble ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 843 - 851 - Pueblo Libre, propiedad de la referida Cooperativa, este puede ser considerado como un bien que no admite sustituto, pudiendose solicitar la exoneracion del MORDAZA correspondiente; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorandum Nº 032-2006-MPL-OPP, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente para realizar el compromiso de pago disgregado en los calendarios mensuales de la Corporacion Municipal, siendo su fuente de financiamiento FONCOMUN, conforme lo senala el Memorandum Nº 117-B-2006-MPL-OPP; Que, es necesario aprobar la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion para la adquisicion del inmueble ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 843 - 851 - Pueblo Libre a la Cooperativa de Ahorro y Credito MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pueblo Libre Ltda. Nº 482, lo cual representaria una inversion aproximada de US$ 80,000.00 (Ochenta Mil y 00/100 Dolares Americanos, teniendo en cuenta los Informes Nº 0412006-MPL-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Nº 121-2006-MPL/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y cumplir las condiciones senaladas en el articulo 144º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; En uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la adquisicion del inmueble ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 843 - 851 - Pueblo Libre, segun los considerandos expuestos, por un monto referencial de US$ 80,000.00 (Ochenta Mil y 00/100 Dolares Americanos), siendo su fuente de financiamiento FONCOMUN. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion, iniciar el MORDAZA de Adjudicacion respectiva, para la compra del inmueble ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 843 - 851 - Pueblo Libre. Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, remita MORDAZA del presente Acuerdo y del informe que lo sustenta, a la Contraloria General de la Republica; asimismo, la publicacion del presente, dentro del plazo respectivo bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion, el cumplimiento del presente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 07394

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