Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2006 (18/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2006

Constituyen Comision encargada de MORDAZA de seleccion de la empresa que ejecutara el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Marino"
DECRETO SUPREMO Nº 004-2006-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE, publicado el 6 de octubre del 2003, se creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", con el objeto de combatir la pesca ilegal de los recursos hidrobiologicos, cuyo financiamiento viene siendo asumido integramente por el sector pesquero privado, para reforzar las medidas de vigilancia y control de la actividad pesquera, al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 3º, numeral 3.2, del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2005-PRODUCE; Que, el numeral 8.2 del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo" vigente, establece que este tendra una duracion de dos (2) anos, pudiendo ampliarse, si los resultados obtenidos asi lo justifican. Al respecto, las operaciones del referido Programa se iniciaron el 17 de enero del 2004, fecha a partir de la cual ha entrado en vigencia el Convenio para la Ejecucion del Programa, celebrado el 12 de diciembre del 2003, entre la empresa SGS del Peru S.A.C. y el Ministerio la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 490-2003-PRODUCE; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2005PRODUCE dispuso ampliar indefinidamente la vigencia del mencionado Programa de Vigilancia y Control; y, asimismo, en virtud de lo dispuesto por el articulo 3º se constituyo la Comision encargada de convocar, elaborar los terminos de referencia y conducir el MORDAZA de seleccion de la empresa de servicios que ejecutara dicho Programa para el periodo comprendido entre el 17 de enero del 2006 hasta el 31 de enero del 2008; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 029-2005PRODUCE, se adicionaron actividades especificas al "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", aprobado con el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE y se modifico el plazo de ejecucion del Programa del 18 de marzo de 2006 al 17 de enero de 2008; Que, asimismo, por Resolucion Ministerial Nº 0162006-PRODUCE se aprobo la Adenda del Convenio para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo" suscrito con la empresa SGS del Peru SAC, por el periodo comprendido del 18 de enero al 17 de marzo de 2006; Que, la Comision encargada de convocar, elaborar los Terminos de Referencia y conducir el MORDAZA de seleccion de la empresa para que ejecute el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", a que se refiere el tercer considerando del presente decreto supremo, informo a la Alta Direccion, que en su Reunion Nº 8, de 18 de enero de 2006, se acordo declarar cancelado el MORDAZA de seleccion por las razones expuestas en el Acta correspondiente, recomendando al Despacho Ministerial se convoque a un MORDAZA MORDAZA y que, mientras tanto, se gestione la extension por un plazo prudencial del actual Convenio con la empresa SGS del Peru SAC, con el fin de evitar la interrupcion del Programa; Que, en consecuencia, se hace necesario establecer que el plazo de ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo" a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0292005-PRODUCE, asi como el plazo contenido en el articulo 4º del mismo Decreto Supremo, MORDAZA fijados mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion; Que, asimismo, es conveniente constituir una nueva Comision, que se encargue, por encargo del Ministerio

de la Produccion, de convocar y conducir el MORDAZA de seleccion de la empresa que preste los servicios para continuar con la ejecucion del citado Programa; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo modificado por Ley Nº 27779, en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; DECRETA: Articulo 1º.- El plazo de ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo" a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2005-PRODUCE, asi como el plazo contenido en el articulo 4º del mismo Decreto Supremo, seran fijados mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- Constituyase la comision encargada de convocar, elaborar las Bases y los Ter minos de Referencia y conducir el MORDAZA de seleccion de la empresa que ejecutara el "Programa de Vigilancia y control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", la misma que estara conformada por: - El Viceministro de Pesqueria, quien la presidira - El Secretario General del Ministerio de la Produccion - El Director Nacional de Pesca Artesanal - El Director de Inspecciones y Fiscalizacion de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia - Tres representantes de la Sociedad Nacional de Pesqueria. Un representante de la Oficina General de Auditoria Interna actuara como observador. Articulo 3º.- Dar por concluido el encargo conferido a la Comision constituida por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 027-2005-PRODUCE. Articulo 4º.- Mediante Resolucion Ministerial se aprobaran las Bases y los Terminos de Referencia para la seleccion de la empresa que ejecutara el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo" y el cronograma de trabajo de la comision constituida en el articulo precedente. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 03079

Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2006-PRODUCE MORDAZA, 17 de febrero del 2006 Visto el Oficio Nº DE 100-044-2006-PRODUCE/IMP del 16 de febrero del 2006, mediante el cual el Instituto MORDAZA del Peru alcanzo el informe "Reporte de la Pesqueria pelagica en la MORDAZA sur del litoral peruano, con enfasis en la incidencia de ejemplares juveniles de anchoveta (1 enero 13 de febrero 2006)" y el Informe Nº 052-2006-PRODUCE/ DNEPP-Chi, del 17 de febrero de 2006 de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero. CONSIDERANDO: Que el articulo 2º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales

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