Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2006 (19/02/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
MORDAZA, MORDAZA 19 de febrero de 2006
Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI
NORMAS LEGALES
TITULO N° COLEGIO 60105 COMITE/ENTIDAD QUE LO PRESENTA Comite Regional MORDAZA MORDAZA
Pag. 312853
UBICACION GEOGRAFICA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO COMITE ASIGNADO
13
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22402806
INGENIERO MECANICO
MORDAZA
Regional Provincial
14
MECHAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA
16636004
INGENIERO CIVIL
44900
Comite Provincial MORDAZA MORDAZA Provincial
15
MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22422428
INGENIERO CIVIL
61556
Comite Regional MORDAZA MORDAZA Regional
15
MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22422428
INGENIERO CIVIL
61556
Comite Provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial Distrital
16
MORDAZA MORDAZA MORDAZA
07743888
INGENIERO QUIMICO
58200
Comite Provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMBO SAN MORDAZA Provincial Distrital
17
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
40075059
INGENIERO AGRONOMO
77945
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regional Provincial MORDAZA MORDAZA Distrital
18
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22404884
INGENIERO CIVIL
63232
Comite Provincial MORDAZA MORDAZA Provincial
19
SAMILLAN ALACHE MORDAZA MORDAZA
08095637
INGENIERO CIVIL
43996
Comite Provincial MORDAZA MORDAZA Provincial
20
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22514557
INGENIERO METALURGICO
45557
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regional Provincia
03070
RESOLUCION JEFATURAL Nº 099-2006-INDECI 13 de febrero del 2006 Visto, el Informe Nº 019-2006-INDECI (13.0) de la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 1 de febrero del 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorizacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 0742005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de MORDAZA Callao ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil dirigido a los Organos del SINADECI, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quienes cumplen con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Tecnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempenan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en cinco folios) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempenen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil de Lima-Callao. Articulo Segundo.- Los Inspectores Tecnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolucion, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedaran facultados para efectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion indicada. Articulo Tercero.- El reconocimiento y autorizacion senalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un ano, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion de los Inspectores mencionados en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las credenciales respectivas. Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de Prevencion y la Oficina de Estadistica y Telematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil. Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, efectuara su publicacion en el diario Oficial "El Peruano" y remitira MORDAZA fedateada de la misma a la Direccion Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y Telematica, Direccion Regional de Defensa Civil de MORDAZA Callao y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil