Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2006 (26/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de febrero de 2006

Que, de acuerdo al Certificado de Zonificacion y Vias Nº 593-2004-MML-DMDU-OPDM de fecha 21 de diciembre del 2004, emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, especifica que el terreno se encuentra calificado con una zonificacion "C-E", conforme esta aprobado por Ordenanza Nº 158-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en el aspecto Vial segun el Plan de Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 6 de diciembre del 2001, La Avenida MORDAZA es una Via Colectora de seccion transversal de 29.00 metros lineales, la misma que el presente MORDAZA de habilitacion esta respetando y la MORDAZA Encinas es una Via Local de 11.40 metros lineales de ancho y Alameda El MORDAZA de 10.80 metros lineales; Que la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion: a. MORDAZA de la Partida electronica Nº 11761883 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, a favor de BANCO WIESE SUDAMERIS. b. MORDAZA del certificado Negativo de Cargas y Gravamenes, inscrita en la fica electronica Nº 11761883 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. c. MORDAZA del Certificado de Registro y Vigencia de nombramiento de Gerente General Adjunto y otorgamiento de poder inscrito en el libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas correspondientes a la sociedad denominada Banco Wiese Sudameris S.A.A. inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. d. Certificado de Zonificacion y Vias Nº 593-2004MML-DMDU-OPDM de fecha 21 de diciembre del 2004, donde especifica que el terreno tiene una zonificacion C-E. Asi mismo en el aspecto Vial segun el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341, el terreno respeta la seccion correspondiente determinada en el certificado indicado. e. MORDAZA del suministro de energia electrica y servicios de Edelnor que senala que el lote generado cuenta con energia y se ubican en MORDAZA electrificada contando con redes del Subsistema de distribucion secundaria e instalaciones de alumbrado publico y privado Nº 0243880. f. MORDAZA del suministro Nº 3212552-8 de Agua Potable y Alcantarillado de Sedapal, que senala que el lote generado cuentan con servicios de Agua Potable y Alcantarillado y se ubican en MORDAZA con redes de distribucion. g. Recibo Nº 1200525 de fecha 23 de noviembre del 2004por el monto de S/. 567.74 nuevos soles acreditando la cancelacion de los derechos administrativos que gebera el presente tramite. h. Declaracion Jurada de que no existen MORDAZA de riego dentro del lote. Estando al Informe Nº 005-06-MPL-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y al informe de la Asistenta Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Nº 069-006-MPL-ALGDU, de la Municipalidad de Pueblo Libre. De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, Decreto Supremo Nº 022-97-MTC, Decreto Supremo Nº 001-98-MTC, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 011-2005-VIVIENDA y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR DE OFICIO, la Habilitacion MORDAZA de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 011-2005-VIVIENDA, disponiendo la inscripcion registral del cambio de uso de MORDAZA a MORDAZA, de conformidad con el plano signado Nº 013-05-MPL-GDU, para el Uso de Comercio Especializado "C-E" del terreno de 20,887.20 m2 ubicado en la avenida MORDAZA Nº 2150 y 2250 esquina con la MORDAZA

J. Encinas, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima; y en consecuencia autoricese la libre venta del lote que lo constituye. La presente Habilitacion MORDAZA que se aprueba, no modifica los Planes Urbanos aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- Del area total del terreno de 20,887.20 m2., que se recepcionan en el articulo anterior, corresponde al area util 20,887.20 m2. Asi mismo de aucredo a la Ordenanza Nº 836 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 15 de septiembre del 2005, los Aportes Reglamentarios para Habilitaciones Urbanas Especiales (Programas con financiamiento Fondo de Mi Vivienda). Que le corresponde a la presente Habilitacion es como a continuacion se detalla: MORDAZA Habilitac Residencial Total Area (m2) 20,887.20 20,887.20 Recreacion Ministerio Publica Educacion (m2) 1,670.98 * 417.74 * 1,670.98 * 417.74 *

* Han sido redimidos en dinero de acuerdo al articulo 10º de la Ordenanza Nº 836 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por ser lote unico. Articulo Tercero.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion al Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados en un plazo MORDAZA de 30 dias, que correra a partir de la expedicion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion a los Registros Publicos para la inscripcion correspondiente y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su conocimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 03361

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan viaje del MORDAZA a MORDAZA para participar en el evento "Mesa Redonda sobre Narcotrafico y Terrorismo"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2006-MSI San MORDAZA, 24 de febrero de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, El Documento Simple Nº 250163806 presentado por el diario El Comercio, en el que se invita al senor MORDAZA a participar en una Mesa Redonda sobre Narcotrafico y Terrorismo, los dias 1 y 2 de marzo de los corrientes en la MORDAZA de MORDAZA y el Informe Nº 2492006-10-GAJ/MSI. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA Salmon MORDAZA, para que participe en el evento denominado Mesa Redonda sobre Narcotrafico y Terrorismo, que se llevara a cabo entre los dias 1 y 2 de marzo del 2006, en la MORDAZA de Cusco; todo ello teniendo en cuenta que el referido evento se encuentra estrechamente ligado a las competencias y funciones que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 le asigna a los gobiernos locales; De conformidad con lo establecido en los articulos 9° y 41º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y estando a lo reglado por el Decreto Supremo Nº 181-89EF; adopto por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta el siguiente:

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