Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2006 (30/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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325564

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006

Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administracion y a la Unidad de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, y a la Gerencia de Comunicaciones la difusion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 00532-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de inmueble para el servicio publico de tratamiento integral de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2006/MDA

MORDAZA, 18 de junio del 2006 VISTO: El informe Nº 003-2006-CSSS-MDA, emitida por la Comision de Saneamiento, Salud y Salubridad de la Municipalidad Distrital de Ascension; POR CUANTO: En Sesion de Concejo Ordinaria de fecha, 17 de junio del ano 2006, se ha remitido para su aprobacion la declaratoria de desabastecimiento inminente, por un plazo de 90 dias calendario, el Servicio Publico de Tratamiento Integral de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Ascension. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el Articulo 194º de nuestra Carta Magna, modificado mediante Ley Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, estando a lo previsto por la Ley Organica de Municipalidades en su Art. 80º Numeral 3.1 que establece como funcion especifica de las Municipalidades Distritales "Promover de Servicio de Limpieza Publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial del desperdicios". Que, de conformidad a la Ley General de Residuos Solidos - Ley Nº 27314, Art. 10º, numeral 10.1 establece, "Las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos, y de limpieza de vias, espacio y monumentos publicos en su jurisdiccion. Los residuos solidos en su totalidad, deberan ser conducidos directamente a la planta de tratamiento, transferencia o al lugar de disposicion final autorizado por la Municipalidad Provincial...", el mismo que es concordante con el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos en su Art. 8º numeral 2, acapite a9 y c). Que el Art. 82º de la Normas referida, en parrafo anterior, establece que la disposicion final de residuos solidos del ambito de gestion municipal se realizara mediante el metodo

de relleno sanitario, con esta referencia, y mediante Informe Nº 029-2006/GM-MDA, de fecha 10 de febrero del ano en curso, en la que se informa el vencimiento del convenio de cooperacion para la disposicion final de residuos solidos realizada con la comunidad de Pucarumi, corroborando, con informes de la Unidad de Limpieza Publica de esta entidad, en la que refieren la negativa de parte de la Comunidad de Pucarumi para la disposicion final de los residuos solidos recolectados. Que, teniendo referencia del Acta de de Constatacion del vehiculo de recoleccion de residuos solidos a horas 05:00pm, y sin haber realizado la disposicion final de residuos solidos, por no tener un lugar establecido para la esta disposicion, el mismo que guarda relacion con informe del Secretario General ya que hasta la fecha no existe autorizacion temporal de la Municipalidad Provincial para la disposicion final de residuos solidos, el mismo que se viene realizando en el Km. 15 de la Carretera Huancavelica- MORDAZA, terreno de la propiedad de la Comunidad de Sacsamarca, en merito a contrato de Alquiler Inmueble Nº 008-2006-GM/MDA. Por lo referido, y para no infringir normas de salud ambiental, y con ello causar perjuicio a la salud publica y danar el medio ambiente, por lo que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en su Articulo 19º Literal c) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; estas deben ser declaradas por Acuerdo de Concejo Municipal, y estando de conformidad con el Art. 21º del mismo cuerpo de leyes la que refiere "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda", Estando a las consideraciones esgrimidas y, con la facultad conferida por el Articulo 9.- Inc. 8, concordante con el Articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA Unanime de los Miembros del Concejo Municipal asistentes; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de Desabastecimiento Inminente por el Plazo de 120 dias calendario para la adquisicion de inmueble para el servicio Publico de Tratamiento Integral de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Ascension. Articulo Segundo.- APROBAR la implementacion del proyecto Tratamiento Integral de Residuos Solidos, debidamente aprobado por DIGESA, con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, la autorizacion respectiva por parte de la Municipalidad Provincial de Huancavelica y enmarcado dentro del PIGARS del distrito. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica y Control Patrimonial la determinacion del MORDAZA de MORDAZA de Seleccion y la elaboracion de bases Administrativas para la Adquisicion de Inmueble para el servicio Publico de Tratamiento Integral de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Ascension. Articulo Cuarto.- PUBLIQUESE del contenido del presente acto, en el diario de mayor circulacion, sin obviara los apremios de la ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00527-1

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