Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

Designan Director General Extension Agraria del INIEA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00076-2006-INIEA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2006 VISTOS:

de

La Resolucion Jefatural Nº 00037-2004-INIEA, de fecha 10 de septiembre de 2004 y la Carta Nº 001-2006INIEA/RCP, de fecha 2 de MORDAZA de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural del Visto, se designo a partir de la fecha de su publicacion, el 11 de septiembre de 2004, al Ing. MORDAZA MORDAZA Crespo Pena, como Director General de Extension Agraria del Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria - INIEA; Que, por la Carta del Vistos, el Ing. MORDAZA MORDAZA Crespo Pena, presenta su renuncia, por razones estrictamente personales, al cargo de Director General de Extension Agraria, a partir del 5 de MORDAZA de 2006, solicitando la exoneracion de comunicacion con treinta dias de antelacion a la efectividad de la renuncia; Que, la Jefatura del INIEA ha decidido aceptar la renuncia planteada por el Ing. MORDAZA MORDAZA Crespo Pena, con efectividad al 8 de MORDAZA de 2006, dandole las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la institucion; Que, estando a lo senalado resulta necesario designar al MORDAZA Director General de Extension Agraria; De conformidad con el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INIEA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 8 de MORDAZA de 2006, la renuncia del Ing. MORDAZA MORDAZA Crespo Pena, al cargo de Director General de Extension Agraria del Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria - INIEA, dandole las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la institucion. Articulo 2º.- Designar, a partir del 8 de MORDAZA de 2006, al Ing. MORDAZA ROMEL OLIVEIRA MORDAZA, como Director General de Extension Agraria del Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria - INIEA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA V. MORDAZA LANFRANCHI Jefe Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria 08299

Nacional de Recursos Naturales-INRENA, con el apoyo del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos- PRONAMACHCS, la elaboracion del Plan Nacional de Reforestacion, para que en el plazo de 30 dias contados a partir de su vigencia, presenten el proyecto correspondiente; el mismo que debe ser aprobado mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Agricultura; Que, el articulo 22º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establece que el Plan Nacional de Reforestacion es el documento de planificacion y gestion que orienta el desarrollo de las actividades de forestacion y reforestacion en todas sus modalidades, para la formacion y recuperacion de cobertura vegetal, con fines de produccion y/o proteccion, debiendo el INRENA, coordinar con los gobiernos locales, regionales y otras instituciones su elaboracion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0542-2005AG, se dispuso la publicacion del proyecto del referido Plan en la pagina web del Ministerio de Agricultura, del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA y del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos-PRONAMACHCS, y se establecio un periodo de treinta (30) dias calendario contados desde el termino del plazo anterior; Que, asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 0746-2005-AG publicada el 21 de septiembre del 2005, se dispuso ampliar en 60 dias calendario a partir de su publicacion, el plazo establecido para la evaluacion e incorporacion de los aportes de los diversos actores involucrados en la actividad forestal, a fin de sistematizarlos, validarlos e incorporarlos en el referido Plan, asi como desarrollar acciones complementarias que permitan su socializacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-2006AG se aprueba el Plan Nacional de Reforestacion (PNR) la misma que encarga al INRENA la conformacion de una Comision Especial, la cual tendra a su cargo, en un plazo de 90 dias, el diseno de la propuesta de institucionalidad, la difusion y socializacion del Plan Nacional de Reforestacion y otras acciones que permitan iniciar la implementacion del plan; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la Comision Especial, encargada del diseno de la propuesta de institucionalidad, la difusion y socializacion y otras acciones que permitan iniciar la implementacion del Plan Nacional de Reforestacion. Articulo 2º.- La Comision Especial estara integrada por: - El Intendente Forestal y de Fauna MORDAZA, quien la presidira; - Un representante de la Gerencia General; - Un representante de la Oficina de Asesoria; - Un representante de la Oficina de Planificacion y - Un representante de cada una de las organizaciones indicadas en el Articulo 3º. Articulo 3º.- Conforman la Comision Especial, por invitacion, los representantes del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos (PRONAMACHCS), Fondo de Promocion del Desarrollo Forestal (FONDEBOSQUE), Asociacion Bosques, Sociedad y Desarrollo (BSD) y del Instituto de Investigacion de la Amazonia Peruana (IIAP). Articulo 4º.- Las acciones senaladas en el articulo 1º deberan ser ejecutadas en un plazo MORDAZA de 90 dias, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 08261

Crean Comision Especial encargada del diseno de la propuesta de institucionalidad, la difusion y socializacion y otras acciones que permitan iniciar la implementacion del Plan Nacional de Reforestacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 089-2006-INRENA MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-AG, publicado el 13 de enero de 2005, se declaro de interes nacional la Reforestacion como actividad prioritaria en todo el territorio nacional en tierras cuya capacidad de uso mayor es forestal y en tierras de proteccion sin cobertura vegetal o con escasa cobertura arborea, encargando al Instituto

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