Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2006 (10/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 326-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 21 de setiembre del 2006

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nombre de titular de la licencia de operacion otorgada a EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. ­PESCA PERU, mediante Resolucion Ministerial Nº 380-95-PE, a favor de PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada la referida Licencia; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L. representada por ORDENAMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL ­ ORDEM S.AC. solicita cambio de titular de la licencia de operacion en virtud al contrato de compra venta del 100% de las acciones de la empresa PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A., de la planta ubicada en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; con una capacidad instalada de 132 t/h de procesamiento de materia prima; Que a traves del Oficio Nº 2594-2006-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, recibido el 13 de MORDAZA de 2006, segun consta en el cargo de notificacion obrante a fojas 122 del expediente, se notifico a la empresa ORDENAMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL ­ ORDEM S.A.C., representante Liquidador de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. para que comuniquen a la brevedad posible la disponibilidad de sus instalaciones para la ejecucion de la inspeccion tecnica de verificacion de capacidad de la citada Planta, como parte de los requisitos del procedimiento solicitado, dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que a la fecha, la empresa solicitante no ha cumplido con atender lo requerido en el citado Oficio, en consecuencia, habiendo transcurrido mas de treinta (30) dias desde el requerimiento al administrado, sin obtener respuesta por parte de este, procede declarar el abandono del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3202006-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 1 de septiembre del 2006, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de cambio de titular de la Licencia de Operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 380-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 020-2000-PE/DNPP, a favor de PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A., iniciado por la empresa ORDENAMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL ­ ORDEM S.A.C. como representante liquidador de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de Ica, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 5097-3

Visto el escrito con Registro Nº 00024838 de fecha 17 de MORDAZA del 2006, presentado por la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 227-97PE de fecha 13 de MORDAZA de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA KALINICOS E.I.R.L., para operar entre otros, la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "PEGUISA 4" de matricula Nº CO-1454-CM; la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo, en el ambiente del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras y utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 ½ ( 38 mm ) con volumen de bodega de 89.23 m3 con sistema de preservacion C.S.W; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 225-2000PE/DNE de fecha 27 de setiembre del 2000; se aprueba el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 227-97-PE modificada por Resolucion Directoral Nº 077-99-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" con matricula Nº CO-1454-CM, de 89.23 m3 de volumen de bodega, en los mismos terminos y condiciones, a favor del armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGERGYI; Que, por Resolucion Directoral Nº 196-2002-PE/ DNEPP de fecha 22 de MORDAZA del 2002, se amplio el permiso de pesca contenido en la Resolucion Directoral Nº 225-2002-PE/DNE, a favor del armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGERYI, para que en su condicion de propietario de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" con matricula Nº CO-1454-CM, de 89.23 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion R.S.W a bordo, via sustitucion de igual capacidad de bodega con la ejecucion de derechos pesqueros otorgados, opere dicha embarcacion pesquera, en la extraccion de los recursos anchoveta, sardina con destino al consumo humano indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm); en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas de la costa segun corresponda; Que, mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A., solicito el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula Nº CO-1454-PM, en virtud a un contrato de arrendamiento financiero celebrado con el BANCO CONTINENTAL; Que, a traves del Oficio Nº 1422-2006-PRODUCE/ DNEPP-Dchi, recibido por la empresa el 4 de MORDAZA del 2006, segun consta en el cargo de notificacion obrante a fojas 58 del expediente, se solicito a la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A., la MORDAZA del Certificado Compendioso de Dominio de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4", donde se precise que la citada embarcacion se encuentre bajo Contrato de Arrendamiento Financiero a favor de PESQUERA RIBAUDO S.A.. Asimismo, la empresa recurrente debera solicitar la modificacion de resolucion autoritativa por cambio de matricula de la citada embarcacion de matricula Nº CO-1454-CM a CO-1454PM, mediante el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que a la fecha, la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A., no ha cumplido con presentar la documentacion requerida a traves del oficio MORDAZA mencionado, habiendose paralizado el Procedimiento Administrativo por causas imputables al administrado por mas de treinta (30) dias habiles, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento;

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