Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2006 (20/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo

Articulo Segundo.Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado mencionado en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza, asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y Articulo Tercero.y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado TOCCSO-SAURI, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 5760-8

Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de los Centros Poblados, debidamente autorizadas, esto en tanto se promulgara el Reglamento de las Inscripciones en el

y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, en donde ademas se precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, asi como los organos de apoyo, asesoramiento y control del Registro y acorde con Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, los Registros de Estado Civil, para su funcionamiento tecnico operativo, carecian de un organo rector que estableciera mecanismos basicos de capacitacion, desarrollar sus actividades los Registradores de Estado Civil del MORDAZA y, que el MORDAZA de integracion a que se requeria para su debida implementacion, de la eliminacion de la informalidad registral civil existente en el pais; se Registro no autorizadas, ubicadas en las Municipalidades de los Centros Poblados de la Republica, el mismo que a

MINISTERIO PUBLICO
Modifican Circular N° 001-2004-MP-FN sobre disposiciones aplicables en casos de denuncias sobre supuesto mal uso de recursos del Estado
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1455-2006-MP-FN

VISTO Y CONSIDERANDO: funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que localidad, el mismo que se encuentra debidamente complementado y cuenta con el visto MORDAZA de la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional que la normatividad vigente dispone, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el establece entre las atribuciones del Ministerio Publico el defensa de la legalidad y de los intereses publicos tutelados por el derecho; representar en los procesos judiciales a la sociedad; conducir desde su inicio la investigacion del delito; establece que el Juez devolvera la denuncia si estima que le falta algun elemento de procedibilidad expresamente senalado por Ley;

de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en y Estado Civil, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion, a que se Municipalidad del Centro Poblado de:
CENTRO POBLADO TOCCSO-SAURI DISTRITO HUACCANA PROVINCIA CHINCHEROS DEPARTAMENTO MORDAZA

deben solicitar el informe resultante de la accion de control iniciada o que se encuentren en curso en la Contraloria General de la Republica o Sistema Nacional de Control, a efectos de ser incluido en la investigacion de su competencia; en ese sentido, dicha exigencia en la actualidad, viene generando que los diversos Juzgados del Poder Judicial, devuelvan las denuncias formalizadas, sustentando el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la citada directiva; Que estando a la jerarquia de leyes, solo corresponde establecer requisitos de procedibilidad a traves de una Ley, la referida Circular; De conformidad con las atribuciones conferidas en el del Ministerio Publico; SE RESUELVE: el literal 2) de la Circular

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