Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2006 (10/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 10 de setiembre de 2006

4. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Diario El Peruano 5. Grupo La Republica S.A. - Diario La Republica - Diario Libero - Diario El Popular 6. Editora Novolexis S.A.C. - Revista Caretas Que, de acuerdo con la Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 03-05-00000305 la contratacion del servicio de publicidad en prensa escrita se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ejercicio 2006. Que, mediante Informe Legal Nº 004-082-00000521, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneracion para la contratacion por servicios personalisimos de los medios de comunicacion masiva indicados precedentemente, bajo los alcances de la causal prevista en el inciso f) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo Primero .- Exonerar el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, la contratacion del servicio de difusion de publicidad en prensa escrita para el mes de agosto de 2006, por tratarse de un servicio personalisimo, teniendo en cuenta la parte considerativa de la presente resolucion, de conformidad con lo siguiente: Prensa escrita: 1. Empresa Editora El Comercio S.A. 2. Sindesa S.A. 3. Empresa Periodistica Nacional S.A. 4. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. 5. Grupo La Republica S.A. 6. Editora Novolexis S.A.C. Articulo Segundo.- El valor referencial para la contratacion indicada en el articulo precedente asciende a la suma de S/. 21,171.96 (Veintiun mil ciento setenta y uno y 96/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de ley; de acuerdo al siguiente detalle: Empresa Editora El Comercio S.A. Sindesa S.A. Empresa Periodistica Nacional S.A. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Grupo La Republica S.A. - Editora Novolexis S.A.C. S/. S/. S/. S/. 7,668.24 3,217.88 2,241.54 1,237.60

seleccion referido en el articulo anterior se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ano fiscal 2006. Articulo Quinto.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y adicionalmente en el SEACE, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ONETO Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 01960-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Reglamento de Regulacion y Otorgamiento de Autorizacion para la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre Propaganda Electoral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 120-MDCH Chaclacayo, 29 de agosto del 2006 POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de agosto del 2006, bajo la presidencia del Senor MORDAZA y con el quorum reglamentario, CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM el Presidente de la Republica ha convocado a elecciones regionales y municipales para el MORDAZA 19 de noviembre del 2006. Que, en tal sentido, el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante Resolucion Nº 1233-2006-JNE, ha aprobado el Reglamento de Difusion y Control de la Propaganda Electoral, la misma que en el Art. 13º precisa la obligacion de las Municipalidades de formular la Ordenanza Correspondiente. Que, nuestra Constitucion Politica del Estado establece en el Art. 194º que las Municipalidades Provinciales, y Distritales son los organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades. Que, los Articulos 79º y 80º de la Ley acotada, establecen que las Municipalidades tienen competencia en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, asi como en el ornato de la MORDAZA y del medio ambiente. Que, estando a la vigencia de la normatividad mencionada, resulta necesario regular la propaganda electoral en el distrito, con el fin de no perjudicar el ornato de la MORDAZA, proteger el medio ambiente y sobre todo la seguridad del vecindario cuidando que los paneles,

S/. 2,820.20 S/. 3,986.50

Articulo Tercero.- El monto que demande la contratacion indicada en el numeral anterior sera afectado con cargo al presupuesto del ano fiscal 2006. Articulo Cuarto.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Asimismo, el MORDAZA de

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