Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2007 (06/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de diciembre de 2007

de 2007, mediante el que podran obtener su carne de sanidad por el valor de veintidos y 70/100 Nuevos Soles (S/. 22.70). Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano de esta Corporacion MORDAZA y la difusion de la misma a la Unidad de Comunicaciones. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 140154-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 5 de diciembre del 2007, visto el Dictamen Nº 0112007-MDSL-SR-CEPAL del 04 de diciembre del 2007 de la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales - CEPAL; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 40º, faculta a las Municipalidades a que mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los limites establecido por ley; Que, el Articulo VI del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D. S. Nº 13599-EF, regula la potestad que tiene los gobiernos locales en materia tributaria, prescribiendo que mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme lo dispone el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 981, que modifica el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; asi como los montos insolutos en el caso de tasas y contribuciones; Estando a los Informes Nº 133-2007-MDSL-GM de la Gerencia Municipal, Nº 154-2007-MDSL-GAL de la Gerencia de Asesoria Legal, No. 052-2007-MDSL-GR, de la Gerencia de Rentas, y, Nº 852-2007-MDSL-GR-SGART de la Subgerencia de Administracion y Recaudacion Tributaria, y, de conformidad a lo establecido en los Incs. 8) y 9) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y, con el MORDAZA por UNANIMIDAD de sus miembros y la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA BENEFICIO TEMPORAL PARA PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo 1°.- La presente Ordenanza regula disposiciones concediendo un beneficio tributario temporal a los contribuyentes y/o administrados del Distrito de San MORDAZA, respecto a las Obligaciones Tributarias (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales) y No Tributarias (Multas Administrativas), siempre que el pago se realice dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza. Del mismo modo, podran acogerse al presente beneficio aquellas personas naturales o juridicas que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes, detectadas o no por la Administracion Tributaria. Articulo 2º.- Los contribuyentes y/o administrados que deseen acogerse a los alcances de la presente Ordenanza gozaran de los siguientes beneficios: 2.1.- Condonacion del pago de reajustes, intereses moratorios y costas por procedimiento de ejecucion coactiva, generados por el incumplimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales generados hasta el ano 2007 inclusive. 2.2.- Condonacion del monto insoluto de los Arbitrios Municipales generados en los periodos comprendidos entre los anos 2002 al 2005, en un cuarenta por ciento (40%). 2.3.- Condonacion del monto insoluto de los Arbitrios Municipales del periodo 2006 en un treinta por ciento (30%). 2.4.- Condonacion del monto insoluto de los Arbitrios Municipales del presente periodo 2007 en un veinte por ciento (20%).

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan viaje de regidor a la MORDAZA del Cuzco para asistir a invitacion efectuada por la Defensoria del Pueblo y la Direccion General de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional del Cuzco
ACUERDO DE CONCEJO Nº 141-2007/MSI San MORDAZA, 5 de diciembre de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, la solicitud del regidor senor MORDAZA A. Isola de MORDAZA, para que se le autorice asistir a una invitacion efectuada por la Defensoria del Pueblo y la Direccion General de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional del Cuzco, para realizar una exposicion referida a la Ordenanza Nº 208 que aprueba las Normas de Accesibilidad Urbanistica y Arquitectonica en el distrito de San Isidro; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 27), Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en Comision de Servicios del regidor senor MORDAZA A. Isola de MORDAZA a la MORDAZA del Cuzco los dias 7 y 8 de diciembre del ano en curso, para asistir a una invitacion efectuada por la Defensoria del Pueblo y la Direccion General de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional del Cuzco. Articulo Segundo.- Autorizar el pago de los viaticos por los dias que correspondan de acuerdo a ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 140238-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan beneficio temporal para pago de deudas tributarias y no tributarias en el distrito
ORDENANZA N° 075-MDSL San MORDAZA, 5 de diciembre de 2007

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