Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2007 (18/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2007

Instituto Geologico, Minero y Metalurgico INGEMMET. Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI. Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA. Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Instituto Nacional de Salud - INS. Instituto Peruano de Energia Nuclear - IPEN. Instituto Tecnologico Pesquero - ITP. Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia SENAMHI. Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Las Universidades Publicas y Privadas que cuenten con Centros e Institutos de Investigacion en CTeI que califiquen. 144396-2

Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pitipo, para la ejecucion de proyecto
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0513-2007-ED MORDAZA, 5 de diciembre de 2007 Visto el Memorando Nº 3235-2007-ME/VMGI-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0747-2006-ED se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educacion para el Ano Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007", el cual ha sido modificado por la incorporacion de nuevas Actividades, Proyectos, Creditos Suplementarios, Transferencias de Partidas, Saldos de Balance y Modificaciones Presupuestarias en el nivel Funcional Programatico; Que, el literal i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es funcion del Ministerio, liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, establece que "Cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Para el cumplimiento de lo senalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional."; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del literal g), articulo 5º de la Ley Nº 28927, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutara luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y

dicta otras medidas, incluye el literal l) dentro del parrafo 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizando al Ministerio de Educacion a efectuar por Resolucion de Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversion, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnologia educativa; la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Informe Nº 382-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto ha emitido opinion respecto a la necesidad de efectuar una transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de la Municipalidad Distrital de Pitipo de la provincia de Ferrenafe del departamento de MORDAZA, para la ejecucion del proyecto de infraestructura educativa, por una suma de hasta UN MILLON NOVECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS TRECE y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,923,713.00) por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios; De conformidad con la Ley Nº 29035, la Ley Nº 28979, la Ley Nº 28927, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de la Municipalidad Distrital Pitipo de la provincia de Ferrenafe del departamento de MORDAZA, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS TRECE y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,923,713.00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios para la ejecucion de un Proyecto de Inversion Publica declarado viable, detallado en el Anexo, que forma parte de la presente Resolucion, a partir de la suscripcion del Convenio de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Educacion y la citada Municipalidad Distrital. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo que forma parte de esta Resolucion, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al Presupuesto Institucional Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Conforme a la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, establezcase el Cronograma de Desembolsos contenido en el Anexo de la presente Resolucion, por el cual se efectuara la transferencia financiera autorizada; y de conformidad con los articulos 237º, 243º, 246º y demas normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera; se encuentran previstos en el Convenio a suscribirse entre el Ministerio de Educacion y la Municipalidad Distrital Pitipo para el financiamiento del proyecto citado en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion se encargara, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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