Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2007 (22/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342025

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 074-2007-MPC Cajabamba, 1 de marzo del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de febrero del 2007, el Informe Tecnico Nº 024-2007- MPC/ ADM/SGA, el Informe Legal Nº 019-2007-MDC/GAL. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son Organos de Gobierno local, que tienen autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972-, concordante con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru. Que, mediante la Ley Nº 24059 se creo el Programa del Vaso de Leche destinado a la atencion de la poblacion MORDAZA infantil con derecho a la provision diaria por parte del Estado a traves de los Municipios. Que, habiendo transcurrido el mes de enero del ano 2007, aun no ha sido posible la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche por diversas razones, primero porque preliminarmente debe aprobarse y publicarse el Plan Anual de Adquisiciones y dos porque el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica requiere de un termino de un mes, cuando menos, para su culminacion. En ese orden se hace previsible la no provision oportuna del producto para los meses de enero, febrero y marzo, lo que se hace saber a fin de que adopten las medidas necesarias a fin de no dejar desabastecido del insumo a los ninos usuarios. Que, conforme al expediente de contratacion aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 066-2007-MDC, de fecha 20 de febrero del 2007, el Acta de Asamblea de fecha 9 de enero del ano en curso y Acta Nº 002-2007, las madres de los menores usuarios han acordado aprobar la adquisicion de "Quinua MORDAZA Kiwicha Enriquecida con 10% de Leche en Polvo y 15% de Azucar" y "Leche Fresca Cruda Entera", para su consumo durante el ano 2007; estableciendo la adquisicion de 17,106.02 kilos para los tres meses del producto "Quinua MORDAZA Kiwicha Enriquecida con 10% de Leche en Polvo y 15% de Azucar", que beneficiara a 2,850 beneficiarios, con una racion de 66.67 gramos diarios, teniendo un valor referencial de S/. 5.43 Kgr. por kilo, contando con un presupuesto de S/. 92,885.76 para los meses de enero, febrero y marzo; asimismo la adquisicion de 3,780 litros de "Leche Fresca Cruda Entera" que beneficiara a 168 beneficiarios diarios, con una racion de 250 mililitros diarios, teniendo un valor referencial de UN MORDAZA SOL Y 00/100 por litro, contando con un presupuesto de S/. 3,780.00 por los meses de enero, febrero y marzo. Que, el Plan Anual de Adquisiciones aprobado por R.A. Nº 032-2007 MPC, no preve la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche por Desabastecimiento Inminente para los meses enero, febrero y marzo del ano 2007 por lo que debe ser modificado. Que, mediante Informe Tecnico Nº 024-2007-MPC/ SGA, la Subgerencia de Abastecimiento sugiere que se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios de este programa durante los meses de enero y febrero.

Que, con Informe Legal Nº 019-2007-MPC/GAL, el Asesor Legal es de opinion favorable la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, para los meses arriba indicados. Agrega que, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 0832004- PCM, considera situacion de desabastecimiento inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004PCM, en su inciso c) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, el Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece, que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21° de la Ley,; no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. Que, en el presente caso puede observarse que se hace necesario declarar la Situacion de Desabastecimiento Inminente para los meses de enero y febrero del 2007, para la obtencion de insumos para el Programa de Vaso de Leche a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; para ello debe efectuarse la adquisicion en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicacion del penultimo parrafo del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; TUO aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM en concordancia con el Art. 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 35) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y a los Informes Tecnico y Legal, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, a fin de no poner en riesgo la atencion de los beneficiarios de este programa, para ello se efectuar la adquisicion en forma directa y mediante acciones inmediatas, en aplicacion del penultimo parrafo del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en concordancia con el Art. 148º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en la siguiente descripcion: 17,108.02 Kg. "Quinua MORDAZA Kiwicha Enriquecida con 10% de Leche en Polvo y 15% de Azucar" por un monto de S/. 92,885.76 para los meses de enero, febrero y marzo; asimismo la adquisicion de 3,780 litros de "Leche Fresca Cruda Entera" por un monto de S/. 3,780.00 por los meses de enero, febrero y marzo del ano 2007. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la EXONERACION del MORDAZA de seleccion conforme al inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Abastecimiento (o al Comite Especial) de la Municipalidad Provincial de Cajabamba la adquisicion de 17,108.02 Kg. "Quinua MORDAZA Kiwicha Enriquecida con 10% de Leche en

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