Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2007 (10/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2007

Disponen la rectificacion de area, perimetro, linderos y subdivision del predio denominado La Chalaca de propiedad municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 22-2007-MPI Ilo, 3 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 2 de MORDAZA del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Ilo es propietaria de un predio denominado La Chalaca, ubicado en MORDAZA Abtao Nº 123 Centro MORDAZA, del distrito y provincia de Ilo Region MORDAZA con un area inscrita de 805.18 m2, cuyos linderos y medidas perimetricas se describen ampliamente en la Ficha Registral Nº 3,659. Que, con el objetivo de llevar a cabo el Saneamiento Fisico Legal del Predio de Propiedad Municipal se encargo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Ambiental el estado actual del predio arriba detallado y al haberse realizado la inspeccion tecnica mediante levantamiento topografico se verifica que existe discrepancia con los datos que obran en la ficha registral expedida por Registros Publicos con el area fisica real de 805.18 m2 y se ha determinado como resultado un area de 824.21 m2. La diferencia que existe del area es por error de calculo debido a que el area inscrita se realizo mediante un MORDAZA manual y geometrico. Que, la rectificacion de area, perimetro, linderos del MORDAZA Abtao Nº 123 no afecta ni superpone de modo alguno con los predios colindantes. Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado dispone que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; anadiendo en el inciso 3 de su Articulo 195º que son competentes para administrar sus bienes. Que, nuestra Carta Magna senala en el inciso 1 de su Articulo 196º que son bienes de las Municipalidades los inmuebles de su propiedad. Que, el Articulo 55º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 dispone que el Patrimonio Municipal esta constituido por los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad; el que debe ser concordado con el inciso 2 del Articulo 56º de la misma MORDAZA que senala: "Son bienes de las Municipalidades los adquiridos, construidos y/o sostenidos por la Municipalidad". Que, nuestra legislacion nacional ha emitido una serie de disposiciones a fin de facilitar a las instituciones publicas y los gobiernos locales la obtencion del saneamiento fisico legal de los inmuebles de su propiedad respecto a la

rectificacion de areas, linderos y medidas perimetricas y, replanteo de lotizacion, estableciendo el procedimiento a seguir a fin de cautelar que terceros no MORDAZA perjudicados con la rectificacion efectuada, como es la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion donde se ubique la Municipalidad. Que, la Ley Nº 26512, extensiva a los gobiernos locales e instituciones del sector publico por disposicion de la Ley de Saneamiento Fisico- Legal de las Entidades del Sector Publico Nº 27493, declara de necesidad y utilidad el saneamiento fisico- legal de los bienes inmuebles del sector publico. Que, las disposiciones reglamentarias para poder cumplir con el Saneamiento Tecnico Legal de Bienes de Propiedad Estatal, se encuentran contenidas en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, disponiendose expresamente la facultad de Rectificar Areas, Linderos y/o Medidas Perimetricas y; la de modificar la lotizacion de sus predios en los incisos e) y f), respectivamente, de su Articulo 7º; extendiendose estas facultades a las Municipalidades en merito a lo normado por el Decreto Supremo Nº 136-2001-EF. Que, los Decretos Supremos arriba citados son complementados con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. Que, luego del debate respectivo y sometido a votacion conforme al Reglamento de Sesiones, por unanimidad los senores Regidores en merito a lo dispuesto en el Articulo 58º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDAN: Articulo Primero.- Disponer la RECTIFICACION DE AREA, PERIMETRO, LINDEROS Y SUBDIVISION DEL PREDIO DENOMINADO LA CHALACA DE PROPIEDAD MUNICIPAL, ubicado en Jr. Abtao Nº 123, el mismo que se encuentra inscrito en la Ficha Registral Nº 3,659. Articulo Segundo.- Presentar la solicitud de Rectificacion de Area, Linderos, Perimetro y Subdivision del predio descrito en el Articulo Primero a la Oficina de Registros Publicos de Ilo, cumpliendo con adjuntar los documentos solicitados en el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF. Articulo Tercero.- Publiquese el presente Acuerdo en el Diario El Peruano y en uno de mayor circulacion de la provincia de Ilo, encargandose a Secretaria General el diligenciamiento de la publicacion del presente Acuerdo en el tiempo mas breve posible. Articulo Cuarto.- Cumplido el plazo de 30 dias despues de publicado el presente Acuerdo y, en caso de no existir oposicion por parte de terceros, solicitese por intermedio del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ilo, a la Oficina de Registros Publicos de Ilo la inscripcion definitiva del derecho de propiedad de la Municipalidad. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 57486-1

PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de Resolucion que aprueba formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de EPS TACNA S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2007-SUNASS-CD MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2007 VISTOS: La Resolucion Nº 003-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de la Entidad Prestadora de Servicios De Saneamiento Tacna Sociedad Anonima, EPS TACNA S.A., conforme a lo establecido en el articulo 20º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASSCD; El Memorandum Nº 069-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el

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